DISPONE CORRECCION DE ERRORES, TRANSCRIPCION Y SALVANSE LAS OMISIONES EXISTENTES EN EL DECRETO EXENTO No. 120, DE 1989

    Núm. 182 exento.- Rancagua, 07 de Febrero de 1989.- Considerando:
1.- Que, por Decreto Exento No. 120, de fecha 26 de enero de 1989, se aprobó la Ordenanza de Derechos Municipales por Permisos, Concesiones y Servicios Municipales de la Comuna de Rancagua.
2.- Que, en la transcripción material de los textos se deslizaron algunos errores que es menester corregir.
3.- Lo informado y solicitado por el Departamento de Rentas a través del Oficio Ord. No. 033, de primero de febrero último, y por la corporación Municipal de Servicios Públicos Traspasados de Rancagua, mediante el Oficio D.A.G. No. 088, de 02 de febrero del año en curso, y Vistos: Lo dispuesto en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, contenida en la Ley No. 18.695y en la Resolución No. 1.050, de 1980, de la Contraloría General de la República.

    D e c r e t o:

    Dispónese la corrección de los siguientes errores de transcripción y sálvanse las omisiones existentes en el Decreto Exento No. 120, de 26 de enero de 1989, que con tiene la Ordenanza de Derechos Municipales por Permisos Concesiones y Servicios Municipales de Rancagua, publicado en el Diario Oficial del 31 de enero de 1989:
a) Artículo 12°, No. 4.1. letra a) Dice: "a) Valor de venta 3 metros cuadrados en Cementerio No. 1... 10,82 UTM". Debe decir: "a) Valor de venta 3 metros cuadrados en Cementerio No. 1... 32,46 UTM".
b) Artículo 12°, debe incluir el siguiente No. 13:
"Derechos por transferencias.- Por enajenación de sepulturas de familia, se pagará un 10% sobre la tasación practicada por la Administración del Cementerio".,
c) Artículo 14, No. 2, letra a).- Dice: "a) Letreros, carteles y avisos "no luminosos", por metro cuadrado ocupado o fracción, anual... 0,75 UTM". Debe decir: "a) Letreros, carteles y avisos "no luminosos", por metro cuadrado o fracción, anual:

a.1) Sector céntrico                              0,70 UTM
a.2) Sector Periférico                            0,40 UTM"

    Anótese, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial de la República de Chile y archívese.- Alfonso Orueta Ansoleaga, Alcalde de Rancagua.- Pedro Retamal Acuña, Secretario Municipal (S).