1.- Promúlgase la Modificación Nº 6 Ajustes Uso de Suelo al Plan Regulador Comunal de Providencia 2007, aprobado por decreto alcaldicio Ex. Nº 131, de fecha 19 de enero de 2007, publicado en el D.O. el 23 de enero de 2007, con su Fe de Erratas y sus modificaciones, en el sentido de modificar algunos artículos de la Ordenanza Local, como consta en la Memoria Explicativa de la Modificación Nº 6 Ajustes Uso de Suelo Plan Regulador Comunal Providencia 2007, que en este acto se aprueba.
    Modifíquese la Ordenanza Local de la siguiente forma:
     
    1.1. Modifíquese el cuadro del artículo 5.6.04 "Normas de uso de suelo ZEMol y ZIM" del capítulo 5.6 "ZONAS METROPOLITANAS PROTEGIDAS." del título 5 "ÁREAS, ZONAS E INMUEBLES PROTEGIDOS" de la Ordenanza Local, en el sentido de agregar la actividad "black-kitchen, dark-kitchen, cocinas fantasmas, cocinas negras, restaurantes virtuales y similares", en la fila correspondiente al equipamiento clase comercio y en la columna de actividades específicas prohibidas; y en el sentido de modificar la columna de actividades específicas permitidas, eliminando la actividad "salas para pilates, yoga y disciplinas similares" de la fila correspondiente a equipamiento clase deporte, y añadiéndola en la fila correspondiente a equipamiento clase servicios, precedida del texto "Solo como complemento a equipamientos de educación, salud, culto y cultura, se admitirán edificaciones destinadas a:".
    1.2. Modifíquese el cuadro 32 del artículo 6.2.12 "Zona de uso residencial, UR" del capítulo 6.2 "NORMAS DE LAS DISTINTAS ZONAS DE USO DE SUELO" del título 6 "DE LAS NORMAS DE USOS DE SUELO" de la Ordenanza Local, en el sentido de agregar la actividad "black-kitchen, dark-kitchen, cocinas fantasmas, cocinas negras, restaurantes virtuales y similares", en la fila correspondiente al equipamiento clase comercio y en la columna de actividades específicas prohibidas; y en el sentido de modificar la columna de actividades específicas prohibidas, eliminando la actividad "salas para pilates, yoga y disciplinas similares" de la fila correspondiente a equipamiento clase deporte, y añadiéndola en la fila correspondiente a equipamiento clase servicios.
    1.3. Modifíquese el cuadro 34 del artículo 6.2.14 "Zona de uso preferentemente residencial y equipamiento restringido, UpR y Er" del capítulo 6.2 "NORMAS DE LAS DISTINTAS ZONAS DE USO DE SUELO" del título 6 "DE LAS NORMAS DE USOS DE SUELO" de la Ordenanza Local, en el sentido de agregar la actividad "black-kitchen, dark-kitchen, cocinas fantasmas, cocinas negras, restaurantes virtuales y similares", en la fila correspondiente al equipamiento clase comercio y en la columna de actividades específicas prohibidas; en el sentido de modificar la columna de actividades específicas prohibidas, eliminando la actividad "salas para pilates, yoga y disciplinas similares" de la fila correspondiente a equipamiento clase deporte, y añadiéndola en la fila correspondiente a equipamiento clase servicios y a la columna correspondiente a actividades específicas permitidas; y en el sentido de modificar la fila correspondiente al tipo residencial, eliminando los "apart-hoteles" de la columna de actividades específicas permitidas y añadiéndolos en la columna de las actividades específicas prohibidas.
    1.4. Modifíquese el cuadro 35 del artículo 6.2.15 "Zona de uso preferentemente residencial y equipamiento, UpR y E" del capítulo 6.2 "NORMAS DE LAS DISTINTAS ZONAS DE USO DE SUELO" del título 6 "DE LAS NORMAS DE USOS DE SUELO" de la Ordenanza Local, en el sentido de agregar la actividad "black-kitchen, dark-kitchen, cocinas fantasmas, cocinas negras, restaurantes virtuales y similares", en la fila correspondiente al equipamiento clase comercio y en la columna de actividades específicas prohibidas; en el sentido de modificar la columna de actividades específicas permitidas, eliminando la actividad "salas para pilates, yoga y disciplinas similares" de la fila correspondiente a equipamiento clase deporte, y añadiéndola en la fila correspondiente a equipamiento clase servicios; y en el sentido de modificar la fila correspondiente al tipo residencial, eliminando los "apart-hoteles" de la columna de actividades específicas permitidas y añadiéndolos en la columna de las actividades específicas prohibidas.
    1.5. Modifíquese el cuadro 35 Bis del artículo 6.2.15 "Zona de uso preferentemente residencial y equipamiento restringido, UpR y Er" del capítulo 6.2 "NORMAS DE LAS DISTINTAS ZONAS DE USO DE SUELO" del título 6 "DE LAS NORMAS DE USOS DE SUELO" de la Ordenanza Local, en el sentido de agregar la actividad "black-kitchen, dark-kitchen, cocinas fantasmas, cocinas negras, restaurantes virtuales y similares", en la fila correspondiente al equipamiento clase comercio y en la columna de actividades específicas prohibidas; y en el sentido de modificar la columna de actividades específicas prohibidas, eliminando la actividad "salas para pilates, yoga y disciplinas similares" de la fila correspondiente a equipamiento clase deporte, y añadiéndola en la fila correspondiente a equipamiento clase servicios.
    1.6. Modifíquese el cuadro 36 del artículo 6.2.16 "Zona de uso preferentemente residencial y equipamiento de comercio restringido, UpR y ECr" del capítulo 6.2 "NORMAS DE LAS DISTINTAS ZONAS DE USO DE SUELO" del título 6 "DE LAS NORMAS DE USOS DE SUELO" de la Ordenanza Local, en el sentido de agregar la actividad "black-kitchen, dark-kitchen, cocinas fantasmas, cocinas negras, restaurantes virtuales y similares", en la fila correspondiente al equipamiento clase comercio y en la columna de actividades específicas prohibidas; en el sentido de modificar la columna de actividades específicas permitidas, eliminando la actividad "salas para pilates, yoga y disciplinas similares" de la fila correspondiente a equipamiento clase deporte, y añadiéndola en la fila correspondiente a equipamiento clase servicios; y en el sentido de modificar la fila correspondiente al tipo residencial, eliminando los "apart-hoteles" de la columna de actividades específicas permitidas y añadiéndolos en la columna de las actividades específicas prohibidas.
    1.7. Modifíquese el cuadro 37 del artículo 6.2.17. "Zona de uso preferentemente de equipamiento comercial, UpEC" del capítulo 6.2. "NORMAS DE LAS DISTINTAS ZONAS DE USO DEL SUELO" del título 6 "DE LAS NORMAS DE USOS DE SUELO" de la Ordenanza Local, en el sentido de agregar la actividad "black-kitchen, dark-kitchen, cocinas fantasmas, cocinas negras, restaurantes virtuales y similares", en la fila correspondiente al equipamiento clase comercio y en la columna de actividades específicas prohibidas; en el sentido de modificar la columna de actividades específicas permitidas, eliminando la actividad "salas para pilates, yoga y disciplinas similares" de la fila correspondiente a equipamiento clase deporte, y añadiéndola en la fila correspondiente a equipamiento clase servicios; y en el sentido de modificar la fila correspondiente al tipo residencial, eliminando los "apart-hoteles" de la columna de actividades específicas permitidas y añadiéndolos en la columna de las actividades específicas prohibidas.
    1.8. Modifíquese el cuadro 38 del artículo 6.2.18. "Zona de uso preferentemente de actividades productivas e industria restringida, UpAP e Ir" del capítulo 6.2. "NORMAS DE LAS DISTINTAS ZONAS DE USO DEL SUELO" del título 6 "DE LAS NORMAS DE USOS DE SUELO" de la Ordenanza Local, en el sentido de agregar la actividad "black-kitchen, dark-kitchen, cocinas fantasmas, cocinas negras, restaurantes virtuales y similares", en la fila correspondiente al equipamiento clase comercio y en la columna de actividades específicas prohibidas; en el sentido de modificar la columna de actividades específicas permitidas, eliminando la actividad "salas para pilates, yoga y disciplinas similares" de la fila correspondiente a equipamiento clase deporte, y añadiéndola en la fila correspondiente a equipamiento clase servicios; y en el sentido de modificar la fila correspondiente al tipo residencial, eliminando los "apart-hoteles" de la columna de actividades específicas permitidas y añadiéndolos en la columna de las actividades específicas prohibidas.
    1.9. Modifíquese el artículo 6.2.20. "Usos en Zona Especial ExCCU" del capítulo 6.2. "NORMAS DE LAS DISTINTAS ZONAS DE USO DEL SUELO" del título 6 "DE LAS NORMAS DE USOS DE SUELO" de la Ordenanza Local, en el sentido de agregar en el punto b) Usos Excluidos, a continuación de Industria molesta "; black-kitchen, dark-kitchen, cocinas fantasmas, cocinas negras, restaurantes virtuales y similares; apart-hoteles".
     
    2.- Publíquese el presente decreto alcaldicio en el Diario Oficial.