REGULARIZA SUSPENSIÓN DE LAS OPERACIONES EN LAS UNIDADES DE CRÉDITO DE ARICA; TEMUCO Y PUERTO MONTT
    Santiago, 1 de agosto de 2022.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 249 exenta.
     
    Vistos:
     
    1. La Ley N° 18.575 Orgánica Constitucional, sobre Bases Generales de la Administración del Estado.
    2. La Ley N° 19.880, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos.
    3. El DFL N° 16, de 1986, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaría del Trabajo.
    4. El decreto N° 6.465, de 1951, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de préstamos de la Dirección General del Crédito Prendario.
    5. La resolución N° 6, de 2019, de la Contraloría General de la República.
     
    Considerando:
     
    1. Que, las unidades de crédito son los órganos ejecutivos locales del Servicio, asignándole la misión, entre otras, de llevar a cabo las operaciones de crédito prendario que realice la Institución.
    2. Que, para el cumplimiento de dicho objetivo, las unidades de crédito deben desarrollar funciones operativas, administrativas y de apoyo, entre las que se encuentran la tasación de especies ofrecidas como garantía, la custodia de las especies dejadas como garantía, como también el correcto funcionamiento de las áreas de contabilidad y cajas de cada unidad.
    3. Que es deber de cada Unidad de Crédito, resguardar las condiciones de seguridad, infraestructura e higiene de todas sus dependencias, asegurando el bienestar tanto físico como psicológico, como también a los usuarios/as que concurren cada día a las Unidades del Servicio.
    4. Los correos electrónicos de fecha 18 de julio de 2022 del Jefe del Departamento de Crédito y de la Asesora en Prevención de Riesgo, dando a conocer de varios casos de COVID de Funcionarios/as de la Unidad de Crédito de Arica, lo que implica que se debe realizar un cierre preventivo por 5 días, esto tiene como consecuencia que la Unidad de Crédito cerrará los días lunes 18, martes 19 y miércoles 20 de julio de 2022.
    5. El correo electrónico con fecha 21 de julio de 2022 del Jefe del Departamento de Crédito, dando a conocer varios casos de COVID de funcionarios/as de la Unidad de Crédito de Temuco, en consecuencia, por protocolo sanitario, la Unidad de Crédito estará cerrada el jueves 21 y viernes 22 de julio 2022.
    6. El correo electrónico con fecha 20 de julio de 2022 del Administrador (s) de la Unidad de Crédito de Puerto Montt, informando y adjuntando el aviso de la Empresa de Agua Potable ESSAL por el corte de suministro de agua el día 20 de julio de 2022 hasta las 14:00 hrs. autorizándose para realizar el cierre de la Unidad de Crédito.     
    7. Que, en razón de lo anterior, los usuarios/as de las Unidades de Crédito de Arica; Temuco y Puerto Montt, se vieron impedidos, por una causa no imputable a ellos, realizar cualquier operación, incluida la renovación de créditos, la amortización, el cobro de excedentes y el rescate de créditos a punto de vencer.
    8. La facultad conferida al Director General del Crédito Prendario en la letra I), K) y M) del artículo 10 del decreto con fuerza ley N° 16, de 1986, que fija texto refundido, sistematizado y coordinado de las disposiciones legales a la Dirección General del Crédito Prendario, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
    9. Lo dispuesto en el artículo 52 de la ley 19.880 sobre Procedimiento Administrativo, que permite excepcionalmente otorgar efectos retroactivos a los actos administrativos cuando produzcan consecuencia favorable para los interesados y no lesionen derecho a terceros.
     
    Resuelvo:


    1. Regularícese, la suspensión de las operaciones de la Unidad de Crédito Arica, los días lunes 18, martes 19 y miércoles 20 de julio de 2022, por razones de protocolo sanitario COVID.
    2. Regularícese, la suspensión de las operaciones de la Unidad de Crédito Temuco, los días jueves 21 y viernes 22 de julio de 2022, por razones del protocolo sanitario COVID.
    3. Regularícese, la suspensión de las operaciones de la Unidad de Crédito de Puerto Montt, el miércoles 20 de julio de 2022 por corte del suministro de agua potable en la Unidad de Crédito.
    4. Suspéndase, asimismo, el devengo de intereses por el mismo periodo, respecto a los créditos garantizados con especies que se encuentren vigentes a la fecha de suspensión de actividades en las Unidades de Crédito de Arica, Temuco y Puerto Montt, en el caso de la Unidad de Crédito Temuco desde el jueves 21 al domingo 24 de julio de 2022.
    5. Suspéndase, la expiración del derecho de cobro de excedentes dentro del periodo de suspensión de actividades las Unidades de Crédito de Arica, Temuco y Puerto Montt.
    6. Aplíquese en forma retroactiva, lo resuelto anteriormente conforme a la norma del artículo 52 de la ley 19.880 sobre Procedimiento Administrativo.
    7. Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial de conformidad a lo dispuesto en la letra b) del artículo 48 de la ley N° 19.880.
     
    Anótese, comuníquese y archívese.- Jon Andoni Elorrieta Abásolo, Director General, Dirección General del Crédito Prendario.