La presente ley tiene por objeto conmemorar a todas las personas que han perdido la vida como consecuencia de los efectos de la pandemia del COVID-19 en el país, declarando el 21 de marzo de cada año como su Día Nacional. En la moción parlamentaria que dio origen a esta ley, se señala que el día 21 de marzo se registró el primer deceso asociado al virus SARS-CoV-2, de doña Sonia Valdivia, una mujer mayor de 82 años, residente de la comuna de Renca en la región Metropolitana. Por lo anterior, y según se señala, esta legislación se orienta no solo a promover en esta fecha el recuerdo y homenaje de todas las víctimas de esta enfermedad, sino que también a la realización de prácticas sociales de memoria.

LEY NÚM. 21.460
     
DECLARA EL DÍA 21 DE MARZO DE CADA AÑO COMO EL DÍA NACIONAL DE CONMEMORACIÓN DE LAS PERSONAS FALLECIDAS PRODUCTO DE LA PANDEMIA DE COVID-19
     
    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley iniciado en una moción de los diputados Patricio Rosas Barrientos, Alejandro Bernales Maldonado, Jaime Mulet Martínez, Raúl Soto Mardones; de la diputada Carolina Marzán Pinto; de la exdiputada Cristina Girardi Lavín, y de los exdiputados Marcelo Díaz Díaz, Tucapel Jiménez Fuentes, Luis Rocafull López y Víctor Torres Jeldes,
     
    Proyecto de ley:

    "Artículo único.- Declárase el 21 de marzo de cada año como el Día Nacional para la Conmemoración de las Personas Fallecidas producto de la Pandemia por COVID-19.".


    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
     
    Santiago, 11 de julio de 2022.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- María Vegoña Yarza Sáez, Ministra de Salud.- Izkia Siches Pastén, Ministra del Interior y Seguridad Pública.
    Transcribo para su conocimiento Ley N° 21.460 - 11 julio de 2022.- Por orden de la Subsecretaria de Salud Pública.- Saluda atentamente a Ud., Yasmina Viera Bernal, Jefe de la División Jurídica, Ministerio de Salud.