PROMULGA EL ACUERDO CON COLOMBIA SOBRE RECONOCIMIENTO RECÍPROCO DE LICENCIAS DE CONDUCIR
    Núm. 114.- Santiago, 30 de septiembre de 2021.
     
    Vistos:
     
    Los artículos 32, N° 15 y 54, N° 1), inciso primero, de la Constitución Política de la República.
     
    Considerando:
     
    Que con fecha 21 de marzo de 2019 se suscribió, en Santiago, República de Chile, el Acuerdo entre la República de Chile y la República de Colombia sobre Reconocimiento Recíproco de Licencias de Conducir.
    Que dicho Acuerdo fue aprobado por el Congreso Nacional, según consta en el oficio N° 16.925, de 23 de septiembre de 2021, de la Honorable Cámara de Diputados.
    Que se dio cumplimiento a lo establecido en el artículo 15 del referido Acuerdo y, en consecuencia, éste entrará en vigor el 28 de octubre de 2021.
     
    Decreto:

    Artículo único: Promúlgase el Acuerdo entre la República de Chile y la República de Colombia sobre Reconocimiento Recíproco de Licencias de Conducir, suscrito en Santiago, República de Chile, el 21 de marzo de 2019; cúmplase y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.


    Anótese, tómese razón, publíquese y archívese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Andrés Allamand, Ministro de Relaciones Exteriores.- Gloria Hutt Hesse, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- José Antonio González Sese, Director General Administrativo (S).