1. Modifícase la letra f del Resuelvo Nº1, quedando el referido Resuelvo Nº1, letra f, con el texto que sigue:
     
    "f) Sábado: No podrán circular vehículos cuya P. P. U. terminen en número par y 0.".
     
    2. Modifícase el Resuelvo Nº 2, incorporándose al listado de vehículos exceptuados de la prohibición dispuesta en el Resuelvo Nº1 los siguientes: vehículos de funcionarios públicos, funcionarios judiciales, auxiliares de la administración de la justicia y funcionarios municipales, solo en cumplimiento de sus funciones y turnos laborales, lo que debe ser debidamente acreditado; vehículos de empresas de servicios esenciales, tales como luz, agua, telecomunicaciones, seguridad o gas, en sus turnos de emergencia y vehículos de prensa, que acrediten encontrarse en cumplimiento de sus labores.
    3. Modifícase el Resuelvo Nº 2, en el sentido de añadir, a continuación de "vehículos de reparto de mercadería" lo siguiente: ", entendidos como todo vehículo privado con su debido logo o acreditación, que deba repartir productos esenciales, como delivery y que podrá circular siempre que se encuentre realizando su labor propia, lo que deberá acreditar en caso de ser solicitado.".
    4. La presente resolución se hará efectiva a partir de su publicación en el Diario Oficial.
    5. En lo no modificado, se mantienen íntegramente las demás disposiciones contenidas en la resolución exenta Nº 46, de 13 de enero de 2021, de esta Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Maule.
    6. Notifíquese la presente resolución al Jefe de la Defensa Nacional de la Región del Maule, para que adopte las medidas pertinentes.