MODIFICA RESOLUCION N° 439 EXENTA DE FECHA 3 DE JUNIO DE 2020, DE ESTA SEREMI MINVU, EN EL SENTIDO QUE INDICA

    Núm. 540 exenta.- Rancagua, 22 de julio de 2020.
     
    Visto:
     
    1. El decreto supremo N° 27 (V. y U.), de 2016 y sus modificaciones, que regula el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, en especial lo dispuesto en su Artículo 24.
    2. Decreto supremo N° 34, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de fecha 18 de abril de 2018, que nombra al Sr. Seremi a contar del 22 de marzo del 2018, cuyo trámite de toma de razón, data de fecha 24 de octubre de 2018.
    3. Las facultades que me confiere el decreto supremo N° 397, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, del año 1976, publicado en el Diario Oficial el 8 de febrero de 1977, que establece el Reglamento Orgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo, incluidas todas sus modificaciones.
    4. Ley 19.880 sobre bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.
    5. Lo dispuesto en la resolución N° 7 de 2019, de la Contraloría General de la República.
    6. La res. ex. N° 439 de fecha 3 de junio de 2020, de esta Seremi Minvu, que llama a postulación en condiciones especiales 2020 para el desarrollo de proyectos del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, Capítulo III, para la atención de proyectos de condominios de viviendas de la región de O'Higgins.
    7. La res. ex. N° 481 de fecha 24 de junio de 2020, que modifica la res. ex. N° 439 de fecha 3 de junio de 2020 en el sentido que indica.
     
    Considerando:
     
    a) Que, en res. ex. N° 439, individualizada en el visto N° 6), hace llamado en condiciones especiales para el desarrollo de proyectos del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, Capítulo III, para la atención de proyectos de condominios de vivienda de la región de O'Higgins.
    b) Que, por medio de la resolución exenta N° 481 citada en el Visto N°7 se modifican los plazos del llamado, señalados en la ya mencionada resolución N° 439, sin embargo, debido a la emergencia sanitaria existente en nuestro país, se hace necesario volver a modificar los plazos del proceso.
    c) Que, de acuerdo a lo solicitado por Serviu existe la necesidad de modificar y complementar el anexo incluido en el resuelvo N° 6 de la res. ex. N° 439.
    d) Que, de la interpretación armónica de los vistos y considerandos precedentes, dicto lo siguiente;
     
    Resolución:
   
    I. Modifíquese los plazos correspondientes a los procesos y fases de postulación y selección descritos en el resuelvo N° 2 de la res. ex. N° 439 de fecha 3 de junio de 2020, por los siguientes:
     
   
     
    II. Modifíquese el anexo que se individualiza en el Resuelvo N° 6 de la res. ex. N° 439 de fecha 3 de junio de 2020, por el nuevo anexo adjunto en la presente resolución exenta.
    III. En todo lo no modificado por el presente acto administrativo, la res. ex. N° 439 del año 2020 de la Seremi Minvu de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, y sus modificaciones, mantiene su total vigencia.

     
    Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Francisco Javier Ravanal González, Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
     
    ANEXO: Contenidos Presentación de Proyectos a Serviu
     
    La Entidad Patrocinante deberá presentar los siguientes antecedentes como parte de la Carpeta del Proyecto. La reiteración de parte de los documentos requeridos en cada uno de las letras establecidos a continuación, implica efectivamente la presentación de copias a fin de procesar más ágilmente la revisión del proyecto en las distintas unidades técnicas Serviu.
     
    a) Antecedentes para Revisión de Aspectos Técnicos:
     
    a. Ficha resumen antecedentes vivienda, con nombre y firma de representante legal de Egis.
    c. Eliminado.
    d. Archivo Fotográfico Digital, debe graficar la situación original del entorno y del equipamiento comunitario a intervenir.
    e. Inscripción Contratista Vigente, emitido por la Seremi Minvu vía internet.
    f. Itemizado Técnico Complementario Serviu (Res. Ex. 2070/2009).
    g. Resumen Presupuesto de Obras (DS 27), debe estar firmado por el contratista, Representante Legal del Grupo y EGIS, e incluir fecha.
    h. Presupuesto de obras (DS 27), debe estar firmado por el contratista, Representante Legal del Grupo y EGIS, e incluir fecha.
    i. Análisis de precios unitarios 2020, según formato Serviu, incluir fecha. Se deben agregar desglosadas aquellas partidas que no figuren en el formato existente.
    j. Plano de ubicación de viviendas a intervenir.
    k. Planos de las obras a ejecutar; todos los elementos gráficos necesarios para el entendimiento total de las obras a ejecutar, en caso de realizar proyectos de instalaciones presentar proyectos de especialidades, incluir fecha.
    l. Plano de Loteo aprobado por CBR o Plano con timbre DOM, debe indicar claramente deslindes de copropiedad.
    m. Certificado de Informes Previos vigente emitido por DOM (cuando corresponda).
    n.Resolución 712 EXENTA,
VIVIENDA
Anexo
D.O. 23.09.2020
Permiso edificación cuando proceda.
    o. Especificaciones Técnicas.
    p. Indicar Descripción del Proyecto.
    q. Las EE.TT a lo menos deben cumplir con lo indicado en el Itemizado Técnico Complementario, formato proporcionado por Serviu Regional. Anexar Fichas de cumplimiento a Normativa Térmica, Fuego y Acústica cuando corresponda. Todo el legajo de EE.TT. debe estar en concordancia con el presupuesto de la obra.
    r. Declaración Jurada simple donde manifieste no tener ampliaciones irregulares (Sólo si se complementa subsidio base con subsidio Adicional de Acond. Térmico o Eficiencia energética).
    s. Copia de Certificado de Recepción Municipal que acredite que la superficie original y año de la vivienda.
    t. Permiso edificación cuando proceda (proyectos de ampliación).
    u. Copia de Contrato de Construcción.
    v.Resolución 712 EXENTA,
VIVIENDA
Anexo
D.O. 23.09.2020
Medio de verificación que acredite el acuerdo de los copropietarios para la aprobación del proyecto técnico y social, claramente detallado (Acta según formato).
    w. Formato de cumplimiento de Estándares Técnicos mínimos (Res. Ex. 2880 del 05.05.2016). Sólo si se complementa subsidio base con subsidio Adicional de Acond. Térmico o Eficiencia energética.
    x. Memoria de cálculo / Permiso de edificación (En caso de proyectos de mejoramiento estructural, adjuntar además permiso de edificación si procede).
    y. Factibilidad de Servicios (dotación, boleta, factibilidad, etc), en caso de proyectos de mejoramiento de instalaciones sanitarias/eléctricas, ampliación o adecuación.
    z. Autorización jurada simple del jefe de hogar (ocupante) que permita el ingreso a la unidad por parte de la constructora para realizar los trabajos (cuando corresponda).
    z.1)Resolución 712 EXENTA,
VIVIENDA
Anexo
D.O. 23.09.2020
Acreditación para solicitar incrementos.
     
    b) Antecedentes para Revisión de Aspectos Administrativos y Socio Familiares:
     
    a. Ficha resumen antecedentes vivienda (Formato Serviu), con nombre y firma de representante legal de EGIS.
    c. Certificado de avalúo fiscal simple. Para acreditación de rol de propiedad.
    d. Acta de asamblea de copropietarios, debe constar la aprobación del reglamento de copropiedad y nombramiento de Comité de Administración (en caso de copropiedad formalizada).
    e. Fotocopia RUT de la copropiedad.
    f. Eliminado.
    g. Resumen Presupuesto de obras (DS 27), debe estar firmado por el contratista, Representante Legal del Grupo y EGIS, incluir fecha.
    h. Resolución 712 EXENTA,
VIVIENDA
Anexo
D.O. 23.09.2020
Comprobante que acredite el ahorro (copia). Se solicitará el documento original una vez que el proyecto sea seleccionado.
    i. Fotocopia vigente cédula de identidad del representante legal del grupo. Por situación de pandemia Covid 19 según decreto N° 32 del 18 de marzo de 2020.
    j. Fotocopia de acta en que conste la elección de la directiva del comité de administración vigente (en caso de postulación no formalizada, directiva provisoria o de organización funcional).
    k. Fotocopia Resolución que aprueba Convenio Marco PSAT.
    l. Certificado de Vigencia PSAT (www.registrostecnicos.cl).
    m. Certificado de Vigencia de la Constructora o Contratista (www.registrostecnicos.cl).
    n. Nómina de Contratos de Obras de cualquier naturaleza que esté ejecutando el contratista.
    o. Declaración Jurada Simple de los ocupantes para acceder a su inmuble en caso que la ejecución de la obra lo requiera. Será exigible para proyectos seleccionados.
    o)Resolución 712 EXENTA,
VIVIENDA
Anexo
D.O. 23.09.2020
Autorización jurada simple del jefe de hogar (ocupante) que permita el ingreso a la unidad por parte de la constructora para realizar los trabajos (cuando corresponda).
     
    c) Antecedentes para Revisión de Aspectos Jurídicos:
     
    a. Ficha resumen antecedentes vivienda. Con nombre y firma de representante legal de PSAT.
    b. Plano de la Copropiedad.
    c. Acta de aprobación de copropietarios.
    d. Acreditación calidad de condominio de vivienda social o vivienda económica.
    e. Acreditación de la antigüedad del condominio de vivienda social (mayor a 5 años) o condominio de viviendas económicas (mayor a 15 años).
    f. Informe legal de la Entidad Patrocinante.
    g. Reglamento de Copropiedad.
    h. Personalidad Jurídica de grupo organizado.
    i. Fotocopia vigente de Cédula de Identidad del Representante Legal del Grupo.
    j. Contrato de Prestación de Servicios de Asistencia Técnica suscrito ante Notario.
    k. Certificado de Vigencia de la PSAT y escritura de la Sociedad.
    l. Fotocopia Resolución que aprueba Convenio Marco PSAT.
    m. Contrato de construcción autorizado ante Notario Público.
    n. Certificado de inscripción vigente de la Empresa Constructora.
    o. Informe de estado situación de la empresa constructora.
    q. Eliminado.
     
    d) Antecedentes sociales (Res. Ex 1.237 del 24.05.2020)
    1. Reunión Informativa dirigida a los copropietarios y/o residentes del Condominio y/o representantes de la comunidad de copropietarios donde deberán tratarse al menos los siguientes temas:
     
    a) Fundamentos, objetivos y características del programa del capítulo de mejoramiento de condominio de vivienda.
    b) Derechos y Deberes de los postulantes y del grupo u organización postulante, de la EP, empresa constructora, Municipalidad, Serviu y otros actores asociados.
    c) Tipologías de proyectos y tipos de obras contenidas en el capítulo.
    d) Tipos de postulación al capítulo de mejoramiento de condominios de Vivienda.
    e) Estructura de financiamiento del capítulo y las exigencias de postulación.
    f) Características y objetivos del proceso de diagnóstico.
     
    2. Reunión de trabajo dirigida a informar y comprometer a los copropietarios y/o residentes del condominio y/o representantes legales de la comunidad de copropietarios respecto de las exigencias del proceso de intervención físico, jurídico y social a desarrollar, donde deberán tratarse al menos, los siguientes temas:
     
    a) Regulación de la administración, uso y mantención de bienes comunes.
    b) Descripción de los órganos de administración establecidos en la Ley de Copropiedad Inmobiliaria.
    c) Requisitos y características del proceso de conformación de los órganos de administración establecidos en la Ley de Copropiedad Inmobiliaria mediante intervención del Programa, obtención de la personalidad jurídica del grupo cuando corresponda.
     
    e) Antecedentes Asistencia Técnica
     
    a. Carátula de postulación colectiva, para proceso de postulación no es necesario con firma. Será exigible firmado por presidente o administrador una vez seleccionado el proyecto.
    b. Vigencia de Entidad Patrocinate (antigüedad máxima 2 meses previo al ingreso a Serviu).
    c. Copia autorizada por Notario, de Título profesional de quienes prestarán Servicios de Asistencia Técnica, Jurídica y Social.
    d. Carta compromiso por profesional, asegurando participación y responsabilidad para cada una de las áreas y actividades que compromete ejecutar.
    e. Presupuesto de Asistencia Técnica.
    f. Programación Financiera de los Estados de Pago de Asistencia Técnica y Social a cursar por la EGIS.
    g. Carta Gantt del proyecto incluyendo como ítem final la ejecución de PHS. con programación física y financiera de la obra.
    h. Contrato de Asistencia Técnica, debe estar suscrito por EGIS y comité.
    i. Carta suscrita por EGIS, donde manifiesta compromiso de gestionar ingreso de Boleta de Garantía post conocimiento de selección del proyecto.
    j. Convenio Serviu - Cooperativa Cerrada de Vivienda, regulada por el DFL N° 5 del Ministerio de Economía de 2003 (cuando corresponda).









NOTA
      El Anexo de la Resolución 712 Exenta, publicado el 23.09.2020, modifica en la letra a) del presente anexo, Antecedentes para Revisión de Aspectos Técnicos, en el sentido de señalar: "se elimina: b) y c) será en enviado por Seremi", razón por la cual se actualiza el presente texto dejando la referida letra c) en los términos señalados.
NOTA 1
      El Anexo de la Resolución 712 Exenta, publicado el 23.09.2020, modifica en la letra b) del presente anexo, Antecedentes para Revisión de Aspectos Administrativos y Socio Familiares, en el sentido de señalar: "se elimina: b) será enviado por Seremi y f)", razón por la cual se actualiza el presente texto dejando la referida letra b) en los términos señalados.
NOTA 2
      El Anexo de la Resolución 712 Exenta, Vivienda, publicada el 23.09.2020, modifica la presente norma en el sentido de agregar una letra o) en el literal b) Antecedentes para Revisión de Aspectos Administrativos y Socio Familiares de su anexo, Contenidos Presentación de Proyectos a Serviu. Sin embargo, la presente norma ya contenía una letra o, razón por la cual se agrega inmediatamente después de la primera.