APRUEBA ORDENANZA DE USO DE MASCARILLA
     
    Núm. 173.- María Pinto, 30 de abril de 2020.
     
    Vistos:
     
    1.- Lo dispuesto en los artículos 1 inciso 4º, artículo 5 inciso 2º, artículo 19 numeral 9º, artículo 118 y siguientes de la Constitución Política de la República;
    2.- Los artículos 3 y demás pertinentes de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado;
    3.- El artículo 4º y demás pertinentes del Código Sanitario;
    4.- Decreto Nº 4, de 5 de enero de 2020, del Ministerio de Salud, que decreta Alerta Sanitaria por el periodo que se señala y otorga facultades extraordinarias que indica por Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional, por brote del nuevo Coronavirus y su modificación dispuesta mediante decreto Nº 6, de fecha 6 marzo de 2020; resolución Ex. Nº 180, de 16 de marzo de 2020, que dispone medidas sanitarias que indica por brote de Covid-19;
    5.- Lo establecido en los artículos 1 y artículo 65 letra l) y demás pertinentes de la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades;
    6.- El Acuerdo Nº 383, adoptado por el Honorable Concejo Municipal de María Pinto en Sesión Extraordinaria Nº 183-5, celebrada con fecha 30 abril de 2020; y
    7.- El decreto alcaldicio Nº 114, de fecha 18 de marzo de 2020, la Municipalidad de María Pinto, que declara emergencia comunal.
     
    Considerando:
     
    1.- Que, como es de público conocimiento, a partir del mes de diciembre de 2019, hasta la fecha se ha producido un brote mundial del virus denominado coronavirus-2 del síndrome respiratorio agudo grave (SARS-CoV2), que produce la enfermedad del Covid-19.
    2.- Que, el 11 de marzo de 2020 la OMS declaró pandemia global por Covid-19.
    3.- Que, como consecuencia de la expansión de esta pandemia, mediante decreto Nº 104, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, de fecha 18 marzo de 2020, se declara "Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe, por Calamidad Pública, en el Territorio de Chile", publicado en el Diario Oficial con la misma fecha.
    4.- Que, el Ministerio de Salud, a través de resolución Nº 282 exenta, de fecha 16 de abril de 2020, resolvió la obligación del uso de mascarilla en diferentes lugares.
     
    Decreto:


    I.- Apruébese la siguiente "Ordenanza Municipal sobre el uso de mascarilla en espacios públicos en el contexto del brote del Covid-19, en la comuna de María Pinto".
 
    Artículo 1º. Toda persona que transite por la vía pública y lugares de libre acceso público en la comuna de María Pinto, deberá usar en todo momento una mascarilla que proteja su nariz y boca. La mascarilla deberá colocarse minuciosamente, para que cubra la boca y la nariz y anudarla firmemente para que no haya espacios de separación con la cara.
    Esta mascarilla podrá ser de cualquier material, pudiendo ser hecha en casa.
     


    Artículo 2º. La obligación de usar mascarilla establecida en el artículo 1º, se establece sin perjuicio de la resolución Nº 282 exenta del Ministerio de Salud, de fecha 16 de abril de 2020.
     


    Artículo 3º. La medida antes establecida, regirá a partir del día 7 de mayo de 2020 y hasta que se mantenga vigente el decreto Nº 104 del Ministerio de Interior y Seguridad Pública, de fecha 18 de marzo de 2020, "Que declara Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe, por Calamidad Pública, en el Territorio de Chile" o su respectivas prórrogas, o bien, hasta que la Alcaldesa, previo acuerdo del Concejo Municipal, así lo determine.
     


    Artículo 4º. La infracción al artículo 1º de esta ordenanza, podrá ser sancionada con multa de hasta 0,5 UTM, en el caso de que se trate de la primera infracción y hasta 1 UTM si se tratare de personas reincidentes.
     


    Artículo 5°. La fiscalización de esta Ordenanza será realizada por Inspectores Municipales y por Carabineros de Chile.

    II.- Publíquese el presente decreto en el Diario Oficial.

    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Jessica Mualim Fajuri, Alcaldesa de María Pinto.- Pablo Robles Winter, Secretario Municipal.