FIJA HORARIO DE FUNCIONAMIENTO DE LOCALES DE EXPENDIO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS
    Núm. 1.- San Pedro de Atacama, 28 de abril de 2020.
     
    Vistos:
     
    1.- La Ordenanza Nº 03/2019, de fecha 7 de junio de 2019, referida a las patentes de alcoholes y horario de funcionamiento de establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas.
    2.- Lo dispuesto en el decreto exento Nº 1.058, de fecha 24 de abril de 2020, que aprueba el acuerdo de Concejo Municipal Nº 77 suscrito con fecha 22 de abril de 2020, sesión ordinaria Nº 11.
    3.- El decreto Nº 104, de fecha 18 de marzo de 2020 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, Subsecretaría del Interior, que declara estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, en el territorio de Chile.
    3.- Teniendo presente lo dispuesto en la ley 19.925, sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas; el DFL Nº 1-19.704, de 2002, que fijó el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la ley 18.695, Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, vengo en dictar la siguiente:

     
    Ordenanza:
     
    SOBRE HORARIO DE FUNCIONAMIENTO DE LOCALES DE EXPENDIO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS, MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 9º, TÍTULO II, ORDENANZA 3 DE 2019 "HORARIO DE FUNCIONAMIENTO"
    Artículo único: Se fija temporalmente como horario único de atención de los establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas a que se refieren los numerales 1, 9, 11, 12, 15 y 18, del artículo 9º de la Ordenanza municipal Nº 3 de 2019, desde las 09:00 horas y hasta las 18:00 horas de cada día de la semana, durante todo el tiempo que esté vigente el decreto Nº 104, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, publicado el 18 de marzo de 2020 en el Diario Oficial, que declara Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe, por Calamidad Pública, en el Territorio de Chile.
    Rige en lo demás la Ordenanza Municipal Nº 3 del año 2019, que regula el expendio de bebidas alcohólicas en el territorio de la comuna de San Pedro de Atacama. Lo resuelto deberá difundirse por todos los medios de comunicación de que disponga la Municipalidad, sin perjuicio de la correspondiente publicación en el Diario Oficial.

    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Aliro Catur Zuleta, Alcalde.- Roxana Aranda Caru, Secretaria Municipal.