Modifícase la resolución exenta Nº 1.272, de 2020, de este origen, que establece una modalidad excepcional para el ingreso de los oficios de servicios públicos que soliciten un pronunciamiento jurídico de la Contraloría General o atiendan un requerimiento de informe, y una medida especial respecto de los actos administrativos exentos sujetos a registro, en el sentido de agregar en un artículo 2° bis, del siguiente tenor:
     
    "Artículo 2° bis. Regla para la remisión del archivo, en el caso de que su contenido sea reservado o secreto. Si el contenido del archivo digitalizado en formato .pdf a que se refiere el artículo 1° es reservado o secreto, deberá ser remitido desde una casilla institucional a la dirección documentosreservados@contraloria.cl.
    Si la solicitud de pronunciamiento jurídico o el oficio que atiende un requerimiento de informe contiene información reservada o secreta y, por razones fundadas, no puede ser remitida a la dirección electrónica del inciso precedente, se podrá entregar de manera excepcional a la Oficina de Partes de esta Contraloría General, a través del ingreso ubicado en calle Amanda Labarca Nº 59, previa coordinación al correo dandreuc@contraloria.cl".