MODIFICA RESOLUCIÓN N° 131 EXENTA DE 18 DE MARZO DE 2020, QUE DISPONE PRIMER LLAMADO A POSTULACIÓN REGIONAL EN CONDICIONES ESPECIAL AÑO 2020, PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR EN SU CLASE REGULADAS POR EL TÍTULO II MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA PROYECTOS DE SEGURIDAD Y PROYECTOS DE HABITABILIDAD DE LA VIVIENDA, DESTINADO A LA ATENCIÓN DE FAMILIAS CON VIVIENDAS EMPLAZADAS EN SUELOS SALINOS, EN LA REGIÓN DE TARAPACÁ

    Núm. 150 exenta.- Iquique, 7 de abril de 2020.
     
    Vistos:
     
    a) El oficio N° 68, de fecha 10 de marzo de 2020, del Ministro de Vivienda y Urbanismo, que autoriza el llamado regional de que trata este instrumento.
    b) La resolución exenta N° 131, de fecha 18.03.2020, que dispone Primer Llamado a postulación regional en condiciones especial año 2020, para el desarrollo de proyectos del Programa de Protección del Patrimonio Familiar en su clase reguladas por el Título II Mejoramiento de la Vivienda Proyectos de Seguridad y Proyectos de Habitabilidad de la Vivienda, destinado a la atención de familias con viviendas emplazadas en suelos salinos, en la Región de Tarapacá.
    c) El oficio circular N° 10, de fecha 18 de marzo de 2020, del Ministro del Interior y Seguridad Pública, que imparte lineamientos a los jefes superiores de servicio en relación a trabajo remoto servicios mínimos indispensables y turnos por alerta sanitaria provocada por casos de brote de Covid-19.
    d) Las facultades que me confiere el decreto supremo N° 397/1976 (V. y U.) y el decreto supremo N° 31/2019 (V. y U.), que nombra Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de Tarapacá.
    e) Lo dispuesto por las resoluciones Nos 7 y 8 de 2019 de la Contraloría General de la República.
     
    Considerando:
     
    1. Que, a raíz de la alerta sanitaria por casos de brote de Covid-19 en el país, se ha dispuesto una reducción del funcionamiento presencial de las instituciones públicas, a objeto de proteger la salud tanto de la población como de los funcionarios y servidores públicos.
    2. Que, dicha medida pudiera impedir que las entidades patrocinantes puedan ingresan los proyectos a que se refiere el acto administrativo individualizado en el visto b) precedente, en los plazos allí señalados, por lo que se hace necesario su modificación en ese sentido, dicto la siguiente:
     
    Resolución:

     
    1.- Modifícase el Resuelvo 3 de la resolución exenta N° 131 de esta Seremi, de 2020, en el sentido de reemplazar la Tabla 1 por la siguiente:
     
Hitos del proceso        Fecha


Primer proceso de selección


Entrega carta de    25 de mayo de 2020
programación (*)

Plazo máximo de    01 de junio de 2020
ingreso 
proyectos

Plazo máximo de    01 de julio de 2020
calificación de
proyectos
(factibilidad 
Serviu)

Plazo máximo de    20 de julio de 2020
selección


Segundo proceso de selección


Entrega carta de    03 de agosto de 2020
programación (*)

Plazo máximo de      06 de agosto de 2020
ingreso proyectos

Plazo máximo de      07 de septiembre de 2020
calificación de
proyectos
(factibilidad
Serviu)

Plazo máximo de      24 de septiembre de 2020
selección

     
    2.- En lo no modificado rija la resolución exenta N° 131 de fecha 18 de marzo de 2020, de esta Seremi.
     

    Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Carlos Prieto Rojas, Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región de Tarapacá.