MODIFICA RESOLUCIÓN QUE ESTABLECIÓ UNA MODALIDAD EXCEPCIONAL FLEXIBLE DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO PARA LOS FUNCIONARIOS Y FUNCIONARIAS DEL SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA, ATENDIDO EL BROTE DE CORONAVIRUS (COVID-19). DELEGA FACULTAD QUE INDICA

     
    Núm. 569 exenta.- Valparaíso, 17 de marzo de 2020.
     
    Visto:
     
    Las necesidades del Servicio; lo dispuesto en el DFL Nº 5, de 1983, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, actualmente de Turismo; DFL Nº 29, de 2005, del Ministerio de Hacienda, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; el DFL Nº 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado; los decretos Nº 4 y Nº 6, ambos de 2020, del Ministerio de Salud; el instructivo presidencial Gab. Pres. Nº 003, de 16 de marzo de 2020; la resolución Nº 6, de 2020, de la Contraloría General de la República.
     
    Considerando:
     
    Que, por resolución Nº 563, de 2020, se estableció una modalidad excepcional flexible para la organización del trabajo para los funcionarios y funcionarias del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
    Que el numeral 3º de la mencionada resolución delegó en los Directores Regionales la dictación de la resolución que reconoce la necesidad de realizar cuarentena a determinados funcionarios y funcionarias.
    Que el acto delegatorio requiere que sea publicado en el Diario Oficial por lo que se procederá a modificar la mencionada resolución y a delegar en este acto la mencionada facultad.
     
    Resuelvo:

     
    1. Modifícase la resolución Nº 563, de 16 de marzo de 2020, en el sentido de eliminar de su numeral 3º la oración "o los Directores Regionales, en su caso, para cuyos efectos se delega la facultad respectiva en estos últimos, en virtud del artículo 41 de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado".
    2. Delégase en los Directores Regionales, en virtud del artículo 41 de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, la dictación de la resolución que reconoce la realización de la cuarentena respecto de los funcionarios y funcionarias de su dependencia.
     
    Anótese, publíquese en el Diario Oficial y comuníquese.- Alicia Gallardo Lagno, Directora Nacional.