Artículo 3.- Modifícase la ley N° 18.216, que establece penas que indica como sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad, de la siguiente manera:
1. Intercálase en el inciso segundo del artículo 1, a continuación de la expresión "390", la locución ", 390 bis, 390 ter".
2. Intercálase en la letra b) del artículo 15 bis, a continuación de la expresión "390,", la locución "390 bis, 390 ter,".".