Reemplácese el Título V sobre Derechos Municipales relativos a transporte, tránsito y vehículo, donde dice:
     
    TÍTULO V
    DERECHOS MUNICIPALES RELATIVOS TRANSPORTE TRÁNSITO Y VEHÍCULO
     
    Artículo 30: Los permisos por estacionamiento reservado de Bienes Nacionales de uso Público que sean autorizados por la Municipalidad, estarán gravados con los siguientes derechos:
     
   
     

    Artículo 31: Los derechos a cancelar por licencia de conducir son los siguientes:
     
   
     

    Artículo 32: Los derechos a pagar por conceptos expresados a continuación, son los siguientes:
     
   
     

    Artículo 33: Los servicios de bodegaje respecto de vehículos abandonados en la vía pública, mal estacionados o que entorpezcan el tránsito vehicular o peatonal, sin autorización y que sean retirados por tribunales, carabineros o inspectores municipales y que llegare a los recintos municipales, pagarán los siguientes derechos municipales, diario:
     
   
     
    Debe decir:
     

    TÍTULO V DERECHOS MUNICIPALES RELATIVOS TRANSPORTE, TRÁNSITO Y VEHÍCULO
     
    Artículo 30: Los permisos por estacionamiento reservado en bienes nacionales de uso público que sean autorizados por la Municipalidad, estarán gravados con los siguientes derechos:
     
   
     

    Artículo 31: Los derechos a cancelar por Licencia de Conducir son los siguientes:
     
   
     
    Artículo 32: Los derechos a pagar por los conceptos expresados a continuación, son los siguientes:
     
   
     
    Artículo 33: Los servicios de bodegaje respecto de vehículos abandonados y otros en la vía pública, mal estacionados, que entorpezcan el tránsito vehicular o peatonal, sin autorización, y/o remitidos por cualquier causa por tribunales, carabineros o inspectores municipales y que llegaren a los recintos municipales, pagarán los siguientes derechos municipales diarios:
     
   
     
    2.- Comuníquese el presente decreto a las distintas direcciones y departamentos municipales, para su conocimiento y cumplimiento.
    3.- Remítase por la Secretaria Municipal, a través de la Oficina de Partes Municipal, las copias requeridas al Diario Oficial para su publicación.