La presente ley elimina la contradicción en la calificación del tipo de infracción que significa el utilizar indebidamente un estacionamiento destinados legalmente para el uso de personas con discapacidad, existente entre el artículo 200 numeral 28 y el artículo 201 numeral primero, ambos de la Ley de Tránsito, por cuanto, previo a esta ley, la misma conducta se podía considerar como infracción grave o como menos grave. Para solucionar lo anterior, la presente ley, sustituye el numeral 28 del artículo 200, estableciendo como una infracción grave el Estacionarse en, usar u ocupar estacionamientos exclusivos para personas con discapacidad, sin derecho a ello;” y sustituye el numeral 1 del artículo 201, con el objeto de evitar la contradicción que se generaba.

LEY NÚM. 21.201
MODIFICA LA LEY Nº 18.290, DE TRÁNSITO, EN LO TOCANTE A LA INFRACCIÓN CONSISTENTE EN ESTACIONAR EN UN ESPACIO DESTINADO A VEHÍCULOS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD, SIN DERECHO A ELLO
    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al proyecto de ley originado en moción de los diputados Francisco Undurraga Gazitúa, Luciano Cruz-Coke Carvallo y Pablo Kast Sommerhoff,
     
    Proyecto de ley:

    "Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 18.290, de Tránsito, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2007, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y del Ministerio de Justicia:
     
    1. Reemplázase el número 28 del artículo 200 por el que sigue:
     
    "28. Estacionarse en, usar u ocupar estacionamientos exclusivos para personas con discapacidad, sin derecho a ello;".
     
    2. Sustitúyese el número 1 del artículo 201 por el siguiente:
     
    "1. Estacionar o detener un vehículo en lugares prohibidos, sin perjuicio de lo establecido en los números 7, 28, 29 y 39 del artículo anterior;".".


    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
     
    Santiago, 23 de enero de 2020.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Gloria Hutt Hesse, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.- Hernán Larraín Fernández, Ministro de Justicia y Derechos Humanos.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Alejandro Arriagada Ríos, Subsecretario de Transportes (S).