Artículo único: Fíjase para el año 2020 el calendario nacional de examinación para las personas inscritas en los Programas de Modalidad Flexible de Nivelación de Estudios, Validación de Estudios, Examinación de Estudios realizados en Programas de Alfabetización y Examen de Equivalencia para Fines Laborales en los niveles de Educación Básica y Educación Media, considerando la simultaneidad en su aplicación a nivel nacional, de acuerdo al siguiente cuadro:
    I. MODALIDAD Resolución 3577 EXENTA,
EDUCACIÓN
Art. segundo
D.O. 04.09.2020
FLEXIBLE DE NIVELACIÓN DE ESTUDIOS
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    II. EXÁMENES DE VALIDACIÓN DE ESTUDIOS PARA MAYORES DE 18 AÑOS
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    III. EXÁMENES DE EQUIVALENCIA PARA FINES LABORALES

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    IV. PROGRAMAS DE ALFABETIZACIÓN
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    Podrán eximirse de los períodos de aplicación establecidos en este calendario, las regiones cuya condición y/o contexto geográfico ameriten su aplicación en otras fechas, situación que deberá ser informada oportunamente a la Coordinación Nacional de Educación de Personas Jóvenes y Adultas de la División de Educación General, para su análisis y revisión de los procesos internos en cuanto a su factibilidad, emitiendo un oficio firmado por el Jefe de la División de Educación General que lo formalice y posteriormente ser refrendada mediante el acto administrativo de la respectiva Secretaría Regional Ministerial de Educación.