MODIFÍQUESE LA PLANTA DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE PITRUFQUÉN
   
    Núm. 1.- Pitrufquén, 27 de diciembre de 2019.
   
    Vistos:
   
    1. La Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, texto refundido y sistematizado.
    2. La Ley Nº 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales.
    3. El decreto con fuerza de ley Nº 288-19321 de 1994, que adecua, modifica y establece Planta de Personal de la Municipalidad de Pitrufquén, por aplicación de la Ley Nº 19.280.
    4. El decreto alcaldicio Nº 122 del 10.11.1994, que encasilla Planta de Personal Municipal, a contar del 1 de enero de 1994.
    5. El Certificado de fecha 24 de noviembre de 2005, de la Secretaria Municipal, mediante el cual certifica que con fecha 22.11.2005, el Concejo aprobó proveer el cargo de Administrador Municipal.
    6. El decreto alcaldicio Nº 139 del 19.03.2012, que crea el cargo de Secretario Abogado de Juzgado de Secretario Abogado de Juzgado de Policía Local de Pitrufquén, conforme lo indica la Ley Nº 20.554 de 2012.
    7. El decreto alcaldicio Nº 706 del 12.11.2014, que adecua Planta de Directivos de la Municipalidad de Pitrufquén, conforme lo indica la Ley Nº 20.742 de 2014.
    8. El decreto alcaldicio Nº 803 del 04.05.2015, que modifica el D. A. Nº 706 del 12.11.2014.
    9. El decreto alcaldicio Nº 251 del 19.05.2014, que crea el cargo de Director de Control Interno de la Municipalidad de Pitrufquén, según Ley Nº 20.742 de 2014.
    10. El decreto alcaldicio Nº 220 del 24.02.2017, que crea el cargo de Director de Seguridad Pública, conforme lo indica la Ley Nº 20.965 de 2016.
    11. Los decretos alcaldicios números 2160 del 26.08.2016 y 3540 del 24.11.2016, que encasillan al Personal de Planta, según Ley Nº 20.922 de 2016, Art. 1º Transitorio.
    12. Los decretos alcaldicios números 29 del 09.01.2017 y 55 del 12.01.2017, que encasillan al Personal de Planta, según Ley Nº 20.922 de 2016, artículo 2º transitorio.
    13. El decreto alcaldicio Nº 758 del 03.04.2017, que encasilla al Personal de Planta, según Ley Nº 20.922 del 2016, artículos 1º y 2º transitorios.
    14. El decreto alcaldicio exento Nº 1110 del 17.07.2019, que modifica los puntos 6 y 7 del la actual Planta de Técnicos, decreto alcaldicio Nº 2160 (26.08.2016) y establece Administrativos y Auxiliares después de Encasillamientos del Personal, según artículos 1º y 2º Transitorio, Ley Nº 20.922.
    15. El decreto Nº 1675 del 07.02.2017, del Ministerio de Interior y Seguridad Pública, que aprueba Reglamento que Regula el Procedimiento para establecer la Categoría en que se ubicarán las Municipalidades del País, para efecto de determinar el rango de grados que corresponde asignar al cargo de Alcalde dentro de la Planta Municipal respectiva. Correspondiendo a la Municipalidad de Pitrufquén el rango de 4 a 6 el grado del alcalde.
    16. El decreto alcaldicio Nº 2968 del 26.12.2018, que aprueba Escalafón de Mérito del Personal Municipal de Pitrufquén para el año 2019.
    17. El decreto alcaldicio exento Nº 803 del 30.05.2018, que crea el Comité Bipartito, según lo instruye la Ley Nº 20.922.
    18. El decreto alcaldicio exento Nº 1082 del 13.07.2018, que modifica los cargos de los miembros representantes del Municipio que conforman el Comité Bipartito.
    19. El Info rme fundado de fecha 4 de octubre de 2019, para la creación de cargos y modificación de grado del Secretario Abogado Juzgado Policía Local.
    20. El Informe Final del Comité Bipartito de fecha 24 de septiembre de 2019.
    21. El Certificado emitido por la Directora de Administración y Finanzas y el Director de Control de fecha 11 de octubre de 2019, mediante el cual acredita la disponibilidad presupuestaria, la proyección de ingresos y gastos por 8 años y el costo que implica la fijación de la nueva planta de la Municipalidad de Pitrufquén.
    22. El Acuerdo del Concejo Municipal Nº 516 de fecha 08.11.2019, que aprueba el Reglamento que Fija Planta del Personal Municipalidad de Pitrufquén y el Certificado Nº 857 del 08.11.2019 emitido por el Secretario Municipal.
    23. El Acuerdo del Concejo Municipal Nº 571 de fecha 27.12.2019, que aprueba la Modificación al Reglamento de la Planta del Personal Municipalidad de Pitrufquén y el Certificado Nº 914 del 27.12.2019 emitido por la Secretaria Municipal Subrogante.
    24. El decreto alcaldicio exento Nº 2081 del 12.12.2018, que aprueba la Política de Recursos Humanos de la Municipalidad de Pitrufquén.
   
    Teniendo presente:
   
    1. Que, el alcalde no ha optado por un grado superior, manteniendo el actual grado 6º.
    2. Que, conforme lo establece la Ley Nº 18.695, artículo 16º, los Directivos de las Unidades: Secretaria Municipal, Dirección de Administración y Finanzas, Secretaria Comunal de Planificación, Dirección de Desarrollo Comunitario y Unidad de Control, "dichos cargos tendrán dos grados inmediatamente inferiores a aquel que le corresponde al alcalde, en la Municipalidad respectiva, por lo tanto, estos directores quedarán ubicados en el grado 8º.
    3. Que, se crea el cargo de Asesor Jurídico, en la Planta de Directivos, grado 8, fundado por necesidad de dotar al municipio con un profesional Abogado, quien ejercerá la dirección de la unidad de Asesoría Jurídica de la Municipalidad cumpliendo las funciones establecidas en el artículo 28º y tendrá la calidad de "funcionarios de exclusiva confianza del alcalde", artículo 47, ambos de la Ley Nº 18.695.
    4. Que, de igual manera, se dispone la creación de la Planta de Jefatura, lo cual permitirá cubrir mandos medios en apoyo técnico de la gestión municipal. Cabe hacer presente que dichas Jefaturas responden a tareas permanentes y propias del municipio, y otras que reflejan el énfasis de la gestión, a su vez de recoger temáticas emergentes y que antes no podían ser reconocidas en dicho nivel jerárquico.
    5. Que, la creación de los cargos, más adelante detallados, se justifican principalmente en la necesidad de incorporar más Directivos, Profesionales, Jefaturas, Técnicos, Administrativos y Auxiliares a la Planta Municipal, para dar cumplimiento a las diversas y variadas necesidades que surgen de las demandas de la comunidad y nuevas funciones que desde los niveles centrales son asignadas al Municipio de Pitrufquén, siendo en la actualidad abordadas por la dotación que data del año 1994, recargando en forma excesiva al personal, lo que impide realizar los procesos en forma eficiente y eficaz.
    6. En este mismo orden de razonamiento, el Reglamento aborda la necesidad de fortalecer y optimizar la profesionalización de los recursos humanos disponibles, posibilitando la Movilidad del personal dentro de la estructura organizacional interna, conforme a las competencias directivas, profesionales y técnicas requeridas por cada área o materia en específico.
   
    REGLAMENTO QUE MODIFICA LA PLANTA DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE PITRUFQUÉN
    Artículo 1°: El presente Reglamento tiene como objeto modificar la planta del Personal de la Municipalidad de Pitrufquén, establecer el número de cargos de que se conforma y fijar sus grados, todo ello, en uso de las facultades conferidas en al artículo Nº 49 bis de la Ley Nº 18.695, incorporado por el artículo 4º, Nº 5 de la Ley Nº 20.922, publicada en el Diario Oficial con fecha 29 de mayo de 2016.
   

    Artículo 2°: Que, hasta antes de entrada en vigencia del Reglamento que modifica la Planta de Personal de la Municipalidad de Pitrufquén, estaba conformada de la siguiente manera, según lo establece el decreto con fuerza de ley 288-19321 de 1994 y sus respectivas modificaciones:
   
   
    Artículo 3º : Créanse los siguientes cargos en la planta de Directivos, Profesionales, Jefaturas, Técnicos y Administrativos, con los grados que se indican a continuación:
   
   
    Artículo 4º: Modifíquese el grado del cargo que se indica:
   
   
    Artículo 5º:  Modifíquese y establécese la Planta de Personal de la Municipalidad de Pitrufquén, la que se compondrá del número de cargos y sus correspondientes grados que a continuación se indican:
   
   
    Artículo 6º : La Municipalidad de Pitrufquén cuenta con el siguiente cargo de extinción, establecido en el artículo 4º del decreto Nº 288 del 8 de agosto de 1994, del Ministerio del Interior
   
   
    Artículo 7º: Fíjense los siguientes requisitos específicos para el desempeño de los cargos que se mencionan:
   
   
    Artículo 8º : La Municipalidad de Pitrufquén cuenta con el siguiente cargo de extinción, establecido en el artículo 4º del decreto Nº 288 del 8 de agosto de 1994, del Ministerio del Interior
   
   
    Artículo 9º: Remítase a la Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo, copia del presente Reglamento para toma de conocimiento.
   

    Artículo 10º: El presente Reglamento estará sometido al trámite de Toma de Razón ante la Contraloría General de la República y se publicará en el Diario Oficial.
   

    Artículo 11º: El presente Reglamento entrará en vigencia el 1º de enero del año siguiente al de su publicación en el Diario Oficial.
   

    Artículo 12º: En todo lo no modificado en el presente reglamento se mantienen las normas contenidas en el decreto con fuerza de ley 288-19321 de 1994 y sus modificaciones posteriores.

    Anótese, comuníquese, tómese razón por la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Jorge Jaramillo Hott, Alcalde.- Oriana Bonvallet Knabe, Secretaria Municipal (S).