MODIFICA LA NUEVA PLANTA DE FUNCIONARIOS DE LA MUNICIPALIDAD DE PALENA
    Núm. 1.- Palena, 16 de diciembre de 2019.
    Vistos:
    1. En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley Nº 18.883 Estatuto Administrativo para los Funcionarios Municipales, en lo que respecta al grado que debe ser asignado al Alcalde, en base a la categoría en que se encuentren según el total de sus ingresos anuales percibidos o el número de habitantes de la comuna, se utiliza el Reglamento que regula el procedimiento para establecer la categoría en que se ubican las Municipalidades del país Nº 1.675 de fecha 15 de noviembre de 2016, que conforme a su artículo 4º determinó por ingreso o habitantes la categoría Nº 1, que define la posición relativa entre el grado 4 y 6 para el Alcalde, de la Municipalidad de Palena.
    2. La Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades.
    3. El decreto con fuerza de ley Nº 200 del Ministerio del Interior, de fecha 26 de septiembre de 1994, la que fija la planta municipal para la comuna de Palena.
    4. La ley 20.922 de fecha 25 de mayo de 2016, que modifica disposiciones aplicables a los funcionarios Municipales y entrega nuevas competencias a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo.
    5. Las modificaciones introducidas por ley 20.742 a la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, especialmente en relación al nuevo artículo 16 de esta última que indica que los grados a que alude el artículo 16 inciso primero de la ley 18.695, deben tener dos grados menos que el que posee el Alcalde del citado municipio.
    6. La resolución Nº 9.380 de fecha 26 de julio de 2017, de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, que establece las categorías en que han sido clasificados los municipios del país, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo transitorio del decreto Nº 1.675 de 2016.
    7. El decreto alcaldicio Nº 1.154 de fecha de fecha 12 de julio de 2016, que aprueba el Reglamento de Concursos para Proveer Cargos en la Planta Municipal del Municipio de Palena.
    8. La política y los lineamientos del Plan de Desarrollo Comunal aprobado en sesión ordinaria Nº 21 del Concejo Municipal de Palena de fecha 30 de julio de 2019. El decreto alcaldicio Nº 1.506 de fecha 26 de agosto de 2019 que lo aprueba.
    9. Acta de constancia de reunión concejales Comuna de Palena de fecha 26 de septiembre de 2019.
    10. Actas de reuniones del Comité Bipartito conformado por 4 funcionarios y acuerdo con fecha 23 de septiembre de 2019 con opinión de carácter positiva, acta sobre Reglamento de Planta Municipal.
    11. Acta de constancia del Comité Bipartito de fecha 24 de septiembre 2019, que hace entrega de material del Reglamento de planta Municipal para su análisis.
    12. El acta de constancia del Comité Bipartito del 4 de octubre de 2019 que acredita exposición y entrega de la proyección de la disponibilidad presupuestaria por modificación de la Planta Municipal.
    13. El acta de concejo sesión ordinaria Nº 28 del concejo municipal de fecha 15 de octubre de 2019, que aprueba por unanimidad el Reglamento que modifica la nueva Planta Municipal de la Ilustre Municipalidad de Palena.
    14. El certificado Nº 974 de 18 de octubre de 2019, del Secretario Municipal de la Ilustre Municipalidad de Palena, en el cual certifica que se aprobó por unanimidad el Reglamento que modifica la nueva Planta Municipal de la Ilustre Municipalidad de Palena.
    15. De conformidad a lo establecido en el artículo 49 ter y Nº 49 de la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades; modifíquese la planta de personal de la Municipalidad de Palena, como indica.
    16. Lo dispuesto en la ley 20.554 del 23 de enero de 2012, que crea Juzgado de Policía Local. 
    Considerando:
    1. Que la ley 20.922, que modifica disposiciones aplicables a los Funcionarios Municipales y entrega nuevas competencias a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, incorporó a la Ley 18.695, orgánica Constitucional de Municipalidades, estableciendo el número de cargos para cada planta y fijar sus grados de conformidad al título II del decreto ley Nº 3.551, del Ministerio de Hacienda publicado el año 1981.
    2. Que según consta en el certificado Nº 978 de 18 de octubre de 2019 del límite de gastos en personal y costos planta de personal de la Ilustre Municipalidad de Palena de fecha, suscrito por la Directora de Finanzas.
    3. Que según consta en el certificado Nº 979 de 18 de octubre de 2019 de disponibilidad presupuestaria suscrito por los Directores de Finanzas y Control para hacer uso de su facultad que le confiere el artículo 49 bis de la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
    4. Que se cuenta con el Escalafón de mérito del personal actualizado, conforme a lo dispuesto en los artículos 49 y 50 de la ley 18.883, según lo señala el decreto alcaldicio Nº 2.855 de 29 de noviembre de 2018.
    5. Que en el proceso de elaboración de la planta de personal se ha consultado al comité bipartito integrado paritariamente por representantes de los funcionarios municipales, y por representantes del Alcalde, conforme a lo dispuesto en el artículo 49 bis, Nº 5 de la Ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades.
    6. Que, en el proceso de elaboración de la planta de personal se ha informado y consultado al comité bipartito integrado paritariamente por representantes de los funcionarios municipales, y por representantes del Alcalde conforme a lo dispuesto en el artículo 49 bis, Nº 5 de la Ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, sobre la modificación realizada a la planta Municipal de la Ilustre Municipalidad de Palena, la cual ha sido aprobada por unanimidad con fecha 15 de octubre de 2019, de acuerdo a certificado Nº 974 de 18 de octubre de 2019, emitido por el Secretario Municipal.
    7. Que la Planta Municipal está establecida de acuerdo al inciso segundo del artículo 7º, de la ley 18.883.
    Artículo 1. La situación actual de la planta de personal de la Ilustre Municipalidad de Palena contempla los siguientes cargos y grados:
   

    Reglamento:

    Artículo 2º. Créanse los siguientes cargos, aplicando la disposición de que el 75% de los nuevos cargos requieren profesional o técnico y el 25% de los nuevos cargos requieren administrativos o auxiliares:
   

    Total nuevos cargos: 8

    Artículo 3º. Suprímase el cargo de la planta de la Municipalidad de Palena, que se indica a continuación:
   
    Artículo 4º. Fíjese la planta de personal de la Ilustre Municipalidad de Palena.
   
    Artículo 5. En base al inciso final del artículo 8 de la Ley Nº 18.883 Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, se asignan requisitos específicos a los cargos que a continuación se detallan: 
   
    Artículo 6º. Remítase copia del presente Reglamento y sus antecedentes a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior y Seguridad pública.

    Artículo 7º. El Reglamento Municipal entrará en vigencia a contar del 1º de enero del año siguiente al de su publicación en el Diario Oficial.

    Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial y página web municipal, previa toma de razón de la Contraloría General de la República.- Ricardo Soto Said, Alcalde.- Irma Lorena Pichun Cheuque, Secretaria Municipal (S).