REGLAMENTO QUE MODIFICA PLANTA DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE ANGOL
    Núm. 1.- Angol, 20 de diciembre de 2019.
    Vistos y teniendo presente:
    1.- La Ley Nº 18.695.-, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
    2.- La Ley Nº 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales.
    3.- El decreto con fuerza de ley Nº 229-19.321.-, publicado en el Diario Oficial de fecha 27 de septiembre de 1994, que adecua, modifica y establece planta de personal de la Municipalidad de Angol.
    4.- El artículo 1°, Nº 16 de la ley Nº 19.602.- de fecha 25 de marzo de 1999.
    5.- El decreto Nº 2.257 de fecha 9 de diciembre de 2014 que modificaron grados, según ley 20.742.
    6.- La ley Nº 20.922 de fecha 25 de mayo de 2016, que modifica disposiciones aplicables a los funcionarios municipales y entrega nuevas competencias a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo.
    7.- El decreto Nº 3.685 del 1 de julio de 2016, que modificaron grados según artículos 1 y 4 transitorios ley Nº 20.922, a contar desde el 1 de enero de 2016.
    8.- El decreto Nº 4.863 de fecha 16 de agosto de 2017, que modificaron grados según artículos 2 y 4 transitorios ley Nº 20.922, a contar desde el 1 de enero de 2017.
    9.- El reglamento Nº 1.675 de fecha 15 de noviembre de 2016, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que regula el procedimiento para establecer la categoría en que se ubicarán las municipalidades del país, para efectos de determinar el rango de grados que corresponde asignar al cargo de Alcalde, dentro de la Planta Municipal respectiva.
    10.- La resolución Nº 1.049 de fecha 28 de mayo de 2019 de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, que establece las categorías en que han sido clasificados los municipios del país, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo transitorio del decreto Nº 1.675 de 2016.
    11.- El instructivo Nº 17.773/2018 de Contraloría General de la República.
    12.- El dictamen Nº 6.554/2019 que actualiza instrucciones impartidas a través del instructivo 17.773/2018.
    13.- El decreto 547 de fecha 8 de marzo de 2018, que aprueba Reglamento de Estructura y Organización Interna de la Municipalidad de Angol.
    14.- El decreto Nº 2.919 de fecha 20 diciembre 2019 que establece el Escalafón de mérito del personal de la Municipalidad de Angol, vigente 1 de enero y hasta 31 de diciembre de 2019.
    15.- El decreto Nº 2.757 de fecha 8 de agosto de 2017, que aprueba Comité Bipartito.
    16.- El acta de Comité Bipartito de fecha 23 de septiembre de 2019.
    17.- El acuerdo de Concejo Municipal sesión 32 de fecha 10 de octubre de 2017, que aprueba Política de Recursos Humanos de la Municipalidad de Angol.
    18.- El decreto Nº 3.893 de fecha 19 de diciembre de 2017, que aprueba Reglamento de Concursos Públicos de la Municipalidad de Angol.
    19.- El acuerdo de Concejo Municipal, que da cuenta de la aprobación del Reglamento que modifica la Planta de Personal de la Municipalidad de Angol.
    20.- El memorándum Nº 244 de fecha 19 de diciembre de 2019 en el cual se presenta el informe de creación de nuevos cargos y modificaciones de grados según ley 20.922, debidamente firmados por la Directora de Finanzas, el Director de Secpla y el Administrador Municipal.
    21.- El Acta de sesión extraordinaria de Concejo Municipal Nº 6, de fecha 20 de diciembre de 2019, donde se aprueba Reglamento que modifica la Planta de Personal de la Municipalidad de Angol.
    Artículo 1º: Planta de Personal Vigente año 2019, Municipalidad de Angol:
 
    Más un Profesional Médico Gabinete Psicotécnico ley Nº 15.076; 11 horas semanales.

    Artículo 2º: De conformidad a lo establecido en los artículos 49 bis, 49 quáter y 49 quinquies de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades; Modifícase la Planta de Personal de la Municipalidad de Angol, como indica:
    a).- Créase los cargos que se indican:
 
    b) Suprímase cargos que se indican:
 
    c) Modifícase grado de cargos nominados que se indican:
 
    d) Modifícase grados de cargos no provistos, que se indican:
 
    Artículo 3º: Establézcase Planta de Personal de la Municipalidad de Angol, como indica:
 
    Más un Profesional Médico Gabinete Psicotécnico ley Nº 15.076; 11 horas semanales.

    Artículo 4°: Elimina requisitos específicos fijados en el artículo 4º del DFL 229-19.321 de fecha 27 de septiembre de 1994.


    Artículo 5°: Fíjense los siguientes requisitos específicos para el desempeño de los cargos que se mencionan:
    1 cargo Director Asesor Jurídico, Planta Directivos, grado 6, requerirá título de Abogado.
    1 cargo Director de Obras Municipales, Planta Directivos, grado 7; requerirá título de Arquitecto o Ingeniero Civil o Ingeniero Constructor o Constructor Civil.
    1 cargo Director de Tránsito y Transporte Público, Planta Directivos, grado 7, requerirá título de Ingeniero Civil.
    1 cargo Secretario Abogado de Juzgado de Policía Local, Planta Profesionales, grado 8; requerirá título profesional de Abogado.
    1 cargo Asesor Urbanista, Planta Profesionales, grado 8; requerirá título de Arquitecto.
    Todos los cargos de Planta técnicos, requerirán título técnico.
    Todos los cargos de la planta Jefatura, requerirán título profesional o técnico.

    Artículo 6°:  En todo lo no modificado por el presente reglamento, se mantiene vigente el decreto con fuerza de ley 229-19.321 de fecha 27 de septiembre de 1994, que adecua, modifica y establece planta de personal de la Municipalidad de Angol.
    Apruébese, tómese razón, publíquese.- José Enrique Neira Neira, Alcalde.- Nelson Herrera Orellana, Secretario Municipal (S).