REGLAMENTO QUE FIJA PLANTA DE PERSONAL, MUNICIPALIDAD DE CHIMBARONGO LEY Nº 20.922, PARA TOMA DE RAZÓN
    Núm. 1.- Chimbarongo, 13 de diciembre de 2019.
    Considerando:
    1. La necesidad de fijar la planta de personal de la Municipalidad de Chimbarongo, estableciendo el número de cargos de cada planta y fijar sus grados, en conformidad a la ley Nº 20.922.
    2. Resolución exenta Nº 5.185, de 14 de mayo de 2018, de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, que deja constancia de las categorías en que se ubican las Municipalidades del país.
    3. Informe de Metodología para determinar ingresos y gastos, firmado por el Secplan.
    4. Certificado de límite de gasto en personal, firmado por Director de Administración y Finanzas y Directora de Control.
    5. Certificado de disponibilidad presupuestaria, firmado por Directora de Control y el Director de Administración y Finanzas.
    6. Certificado de remuneración del Sr. Alcalde y aportes realizados al comité de Bienestar.
    7. El Escalafón de mérito vigente del personal de la Municipalidad de Chimbarongo, conforme lo dispuesto en los artículos 49 y 50 de la ley Nº 18.883, aprobado por decreto Nº 1.423, de fecha 24 de abril de 2019.
    8. Las Actas Nº 1 a la Nº 8, realizadas entre los meses de mayo y agosto de 2019, de reuniones realizadas por el Comité Bipartito "Opinión sobre propuesta de Nueva Planta Municipal", designado por decreto Nº 1.250, del 9 de abril de 2018, modificado por el decreto Nº 1.418, del 24 de abril de 2019.
    9. El Informe Fundado, de Creación de Nuevas Unidades y cargos en la Planta Municipal, de fecha 26 de junio de 2019, firmado por el Director de Administración y Finanzas, el Director de Secplan, y el Administrador Municipal.
    10. Acuerdo del Concejo Municipal, Nº 462, de fecha 12 de diciembre de 2019, emitido por la Secretaría Municipal; el cual señala que en sesión ordinaria Nº 45, del Concejo Municipal de Chimbarongo, de igual fecha, dicho cuerpo colegiado aprobó reglamento de nueva planta municipal, ley 20.922.
    11. Que, resulta necesario que dentro del escalafón Directivo no exista una diferencia sustancial en el grado remunerativo de los Directivos, atendido a que todos realizan funciones similares y en condiciones equivalentes.
    12. Que, el Dictamen Nº 17.773, de 2018, de Contraloría General de la República, que imparte instrucciones, en relación con el ejercicio de la facultad para fijar o modificar las plantas de personal de las municipalidades, establece en el numeral IV, bajo el título aspectos a considerar, al fijar o modificar la planta de personal, en el número 10 establece que, "excepcionalmente y siempre que se encuentre debidamente fundamentado, podría modificarse el grado de aquellos cargos que estén expresamente reconocidos en la ley -como por ejemplo, director de obras, director jurídico, etc., a efectos de ajustar, o equiparar su nivel remuneratorio, al de otras plazas jerárquicamente equivalentes".
    13. Que, el artículo 48 de la Ley 18.695, Orgánica de Municipalidades, establece que, en cuanto a la remuneración deberá aplicarse el principio de que, a funciones análogas, que importen responsabilidades semejantes y se ejercen en condiciones similares, se le deben asignar iguales retribuciones y beneficios económicos.
    14. Que, en virtud de lo anterior, la Dirección de Obras Municipal, realiza funciones similares y tiene responsabilidades semejantes a las mínimas (Secretaria Municipal, Control, Dirección de Desarrollo Comunitario, entre otras) establecidas en la ley, por tanto, es necesario modificar el grado del Directivo, señalado precedentemente, desde el grado 8 al grado 7, a efecto de equiparar su nivel remuneratorio al de otras plazas jerárquicamente equivalentes.
    15. Que, resulta necesario establecer que, los grados de ingreso a cada estamento se fijaron de la siguiente manera; escalafón Directivo grado 9, escalafón profesional grado 12, escalafón jefaturas grado 12, escalafón técnico grado 14, escalafón administrativo grado 18, y escalafón auxiliar grado 18.
    Vistos:
    1. Las facultades que me confiere el DFL-1, del Ministerio del Interior, publicado en el D.O. del 26.07.2006, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
    2. El DFL 240-19.321, de 1994, del Ministerio del Interior, que adecua, modifica y establece Planta de Personal de la Municipalidad de Chimbarongo.
    3. El decreto exento Nº 1.003, de fecha 13 de septiembre de 1994, que encasilla a contar del 1 de enero de 1994, al personal de la Municipalidad de Chimbarongo.
    4. El decreto alcaldicio Nº 1.075, de fecha 23 de marzo de 2012, mediante el cual se modifica Planta de Personal y crea cargo nominado "Secretario Abogado de Juzgado de Policía Local".
    5. El decreto alcaldicio Nº 5.386, de fecha 26 de noviembre de 2014, que adecua la planta Directivos, en cuanto a posicionar dos grados inmediatamente inferiores al Alcalde los cargos de Director de Secretaria Comunal de Planificación, Director de Desarrollo Comunitario y Director de Secretaria Municipal.
    6. El decreto alcaldicio Nº 5.785, de fecha 22 de diciembre de 2014, mediante el cual se crea cargo de "Director de Administración y Finanzas", Grado 7º.
    7. El decreto alcaldicio Nº 3.548, de fecha 29 de diciembre de 2016, mediante el cual se crea cargo de "Administrador Municipal" Grado 6º.
    8. El decreto alcaldicio Nº 38, de fecha 9 de enero de 2017, mediante el cual se crea cargo de "Director de Seguridad Pública" Grado 8º.
    9. El decreto alcaldicio Nº 2.227, de fecha 10 de agosto de 2016, que encasilla al personal titular de planta, regido por la Ley Nº 18.883, de las plantas técnicos, administrativos y auxiliares, ubicados entre los grados 10º al 20º, ambos inclusive, en el grado inmediatamente superior, conforme a lo dispuesto en el artículo primero transitorio de la ley 20.922.
    10. El decreto alcaldicio Nº 2.251, de fecha 16 de agosto de 2016, que encasilla al personal a contrata, regido por la Ley Nº 18.883, de las plantas técnicos, administrativos y auxiliares ubicados entre los grados 10º al 20º, ambos inclusive, en el grado inmediatamente superior, conforme a lo dispuesto en el artículo tercero transitorio de la ley 20.922.
    11. El decreto alcaldicio Nº 2.660, de fecha 22 de septiembre de 2016, que encasilla al personal a contrata, regido por la ley Nº 18.883, de las plantas técnicos, administrativos y auxiliares ubicados entre los grados 10º al 20º, ambos inclusive, en el grado inmediatamente superior, a  contar de la total tramitación del respectivo acto administrativo, conforme a lo dispuesto en el artículo tercero transitorio de la ley 20.922.
    12. El decreto alcaldicio Nº 3.166, de fecha 28 de noviembre de 2016, que modifica el decreto alcaldicio Nº 2.660 de 2016, en base a Dictamen Nº 84.400, del 22 de noviembre de 2016.
    13. El decreto alcaldicio Nº 90, de fecha 12 de enero de 2016, que encasilla al personal titular de planta, regido por la ley Nº 18.883, de las plantas técnicos, administrativos y auxiliares ubicados entre los grados 15º al 20º, ambos inclusive, en el grado inmediatamente superior, a contar del 1 de enero de 2017, conforme a lo dispuesto en el artículo segundo transitorio de la ley 20.922.
    14. El decreto alcaldicio Nº 1.108, de fecha 23 de marzo de 2017, que encasilla al personal titular de planta, regido por la ley Nº 18.883, de las plantas técnicos, administrativos y auxiliares, ubicados entre los grados 10º al 20º, ambos inclusive, en el grado inmediatamente superior, conforme a lo dispuesto en el artículo primero transitorio de la ley 20.922. Caso particular de la funcionaria Francisca Jacqueline Yáñez Catalán.
    15. El decreto alcaldicio Nº 1.250, de 9 de abril de 2018, que crea el Comité Bipartito para la elaboración de la planta de personal de la Municipalidad de Chimbarongo.
    16. El decreto alcaldicio Nº 1.418, de 14 de abril de 2019, que modifica integrante de Comité Bipartito creado por decreto alcaldicio Nº 1.250, de 2018.
    17. El decreto alcaldicio Nº 1.423, de 24 de abril de 2019, que aprueba el escalafón de mérito 2019.
    18. El certificado Nº 352, de fecha 12 de noviembre de 2019, emitido por la Secretaria Municipal que acredita el acuerdo del Honorable Concejo Municipal Nº 462, de igual fecha.
    Resuelvo:

    1. Apruébase el siguiente Reglamento que fija planta de personal Municipalidad de Chimbarongo.
    "REGLAMENTO QUE FIJA LA PLANTA DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE CHIMBARONGO" LEY Nº 20.922

 
    Artículo 1º: El presente Reglamento tiene como objetivo fijar la Planta del Personal de la Municipalidad de Chimbarongo, estableciendo el número de cargos para cada escalafón, fijando sus grados y los requisitos para acceder a éstos, de acuerdo a las facultades previstas en el artículo 49 bis, de la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.

    Artículo 2º: Créase los cargos que se señalan a continuación:
    Artículo 3º: Modifícase los grados, de los cargos, de la planta, de conformidad a lo previsto en el artículo 48, de la ley Nº 18.695, como se indica:
    Artículo 4º: Fíjase la Planta de Personal, de la Municipalidad de Chimbarongo, siguiente:
    Artículo 5º: Establécese, requisitos específicos, sin perjuicio de los establecidos en el artículo 8º de la Ley Nº 18.883, Estatuto Administrativo de los Funcionarios Municipales, para el desempeño de los siguientes cargos:
    Artículo 6º: El presente Reglamento Municipal, entrará en vigencia el 1 de enero del año siguiente al de su publicación, en el Diario Oficial.

    2. Deróganse las correspondientes normas, que fijaron la planta de la Municipalidad de Chimbarongo, según DFL Nº 240, ley Nº 19.321, de 1994, a contar de la fecha de la entrada en vigencia del presente Reglamento, en virtud de lo establecido en el artículo décimo transitorio de la ley Nº 20.922.


    3. Remítase, el presente decreto, a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo.

    4. Tramítese, ante la Contraloría General de la República, la toma de razón, de este Reglamento.

    Tómese razón, regístrese, anótese, comuníquese y archívese.- Marco Contreras Jorquera, Alcalde.- Natalia Arechavala Leiva, Secretaria Municipal.