Artículo único: Promúlgase la modificación Nº 5 Equipamiento del Plan Regulador Comunal de Providencia 2007, aprobado por decreto Ex. Nº 131, de fecha 19 de enero de 2007, publicado en el Diario Oficial de 23 de enero de 2007, con su Fe de Erratas y sus modificaciones posteriores, en el sentido de, Primero: modificar la ordenanza local en el sentido de nombrar parques metropolitanos y redefinir sus límites, aumentar la carga de ocupación permitida para los equipamientos que enfrentan vías locales en el centro de la comuna, las Zonas de Interés Metropolitano (ZIM) y Zonas de Equipamiento Metropolitano o Intercomunal (ZEMoI), complementar las normas urbanísticas de las ZIM y ZEMoI, incorporar una ZEMoI en el artículo 5.6.01, modificar las zonas de Uso de suelo preferentemente de Equipamiento Comercial (UpEC) y zona de Uso preferente Actividades Productivas e Industria restringida (UpAP e Ir) en el sentido de prohibir los destinos cabarés y peñas folclóricas; Segundo: declarar zona de conservación histórica un tramo de la calle Emilio Delporte, incorporar su ficha de valoración y asignarle norma de edificación patrimonial; Tercero: modificar los planos "L 1/4 FE Espacio público: vialidad y áreas verdes públicas", "L 1/7 M4 Áreas, zonas e inmuebles protegidos" y "L 2/7 M4 Espacio privado: zonas de edificación" en el sentido indicado en la memoria explicativa, en este texto aprobatorio y en los planos titulados "L 1/3 M5 Parques metropolitanos PqM 7 y PqM 8", "L 2/3 M5 Zona de Conservación Histórica (ZCH) 23 Emilio Delporte", "L 3/3 M5 Zonas de edificación ZCH 23 Emilio Delporte", que forman un solo cuerpo normativo y que en este acto se aprueban.
    1. Modifíquese la Ordenanza Local de la siguiente forma:
    1.1.- Modifíquese el artículo 2.3.03 Parques (Pq). Enumeración y ubicación, del capítulo 2.3 "Áreas Verdes Públicas y Áreas Verdes Privadas" del título 2 "BNUP o Bien Nacional de Uso Público" de la Ordenanza Local, "BNUP Cuadro Nº 05" en la sección Parques Metropolitanos (PqM), de la siguiente manera:
    . En la fila 04, cambiar texto en la columna de Ubicación por lo siguiente:
    .
    . En la fila 05, cambiar texto en la columna de Ubicación por el siguiente:
    .
    . A continuación de la fila 06, incorporar una fila 07, correspondiente al Parque de nombre "Nemesio Antúnez Zañartu", con su Nombre, Ubicación y Propiedad, de acuerdo a lo siguiente:
    .
    . A continuación de la fila 07, incorporar una fila 08, correspondiente al Parque de nombre "República del Ecuador", con su Nombre, Ubicación y Propiedad, de acuerdo a lo siguiente:
    .
    1.2. Modifíquese el cuadro 20 del artículo 5.2.02. Zonas Típicas (ZT) del capítulo 5.2 "Áreas de Protección de Recursos de Valor Patrimonial Cultural" del título 5 "Áreas, Zonas e Inmuebles Protegidos" de la Ordenanza Local, en el sentido de completar la frase de la segunda nota al pie de página del cuadro, de la siguiente manera:
    . Añadir, en la segunda nota al pie del cuadro 20, de doble asterisco, a continuación de la palabra "Caja" la frase "del Seguro Obrero".
    1.3. Incorpórese al cuadro 22 del artículo 5.2.04 Zonas de Conservación Histórica - ZCH del título 5 "Áreas, Zonas e Inmuebles Protegidos" de la Ordenanza Local, la fila 23 correspondiente a la zona de conservación histórica Emilio Delporte, con su nombre, dirección, referencia y zona de edificación patrimonial, a continuación de la fila 22, como se señala a continuación:
    .
    1.4. Modifíquese el artículo 5.6.01. Zona de Equipamiento Metropolitano o Intercomunal (ZEMoI) del capítulo 5.6 "Zonas Metropolitanas Protegidas" del título 5 "Áreas, Zonas e Inmuebles Protegidos" de la Ordenanza Local, en el sentido de derogar el segundo párrafo, pasando el tercero a ser segundo.
    1.5. Incorpórese al cuadro 24 del artículo 5.6.01. Zona de Equipamiento Metropolitano o Intercomunal (ZEMoI) del capítulo 5.6 "Zonas Metropolitanas Protegidas" del título 5 "Áreas, Zonas e Inmuebles Protegidos" de la Ordenanza Local, la fila 5 correspondiente a la ZEMoI Colegio Sagrados Corazones Providencia, con su identificación y dirección, a continuación de la fila 4, como se señala a continuación:
    .
    1.6. Modifíquese el artículo 5.6.02. Zonas de Interés Metropolitano (ZIM) del capítulo 5.6 "Zonas Metropolitanas Protegidas" del título 5 "Áreas, Zonas e Inmuebles Protegidos" de la Ordenanza Local, en el sentido de derogar el segundo párrafo, pasando el tercero a ser segundo.
    1.6. Agréguese a continuación del artículo 5.6.02. Zonas de Interés Metropolitano (ZIM) el artículo 5.6.03 Normas de edificación ZEMoI y ZIM del capítulo 5.6 "Zonas Metropolitanas Protegidas" del título 5 "Áreas, Zonas e Inmuebles Protegidos" de la Ordenanza Local, como se señala a continuación:
    "Artículo 5.6.03. Normas de subdivisión y edificación ZEMoI y ZIM
    Las normas de subdivisión y edificación para las ZEMoI y ZIM son aquellas contenidas en el cuadro a continuación:
    .
".
    Agréguese a continuación del artículo 5.6.03. Normas de edificación ZEMoI y ZIM el artículo 5.6.04. Normas de uso de suelo ZEMoI y ZIM del capítulo 5.6 "Zonas Metropolitanas Protegidas" del título 5 "Áreas, Zonas e Inmuebles Protegidos" de la Ordenanza Local, como se señala a continuación:
    "Artículo 5.6.04. Normas de uso de suelo ZEMoI y ZIM
    Las actividades específicas permitidas o prohibidas para las ZEMoI y ZIM se consignan en el cuadro a continuación:
    .
    .
".
    1.7. Modifíquese el cuadro 37 del artículo 6.2.17. Zona de Uso preferentemente de Equipamiento Comercial, UpEC del capítulo 6.2. "Normas de las Distintas Zonas de Uso del Suelo" del título 6 "Normas de Uso de Suelo" de la Ordenanza Local, correspondiente a la zona de Uso preferentemente de Equipamiento Comercial (UpEC), en el sentido de modificar la fila correspondiente al tipo de equipamiento clase comercio, donde se elimina la frase "cabarés o peñas folclóricas" de la columna de actividades específicas permitidas, y se incorpora en la columna de actividades específicas prohibidas.
    1.8. Modifíquese el cuadro 38 del artículo 6.2.18. Zona de Uso preferentemente de Actividades Productivas e Industria restringida, UpAP e Ir del capítulo 6.2. "Normas de las Distintas Zonas de Uso del Suelo" del título 6 "Normas de Uso de Suelo" de la Ordenanza Local, correspondiente a la zona de Uso preferente Actividades Productivas e Industria restringida (UpAP e Ir), en el sentido de modificar la fila correspondiente al tipo de equipamiento clase comercio, donde se elimina la frase "cabarés o peñas folclóricas" de la columna de actividades específicas permitidas, y se incorpora en la columna de actividades específicas prohibidas.
    1.9. Modifíquese el título 7 "De la Densidad" de la Ordenanza Local, en el sentido de nombrarlo "Densidad y Escalas de Equipamiento".
    1.10. Agréguese a continuación del artículo 7.1.04. La Densidad o Intensidad en usos no residenciales, el capítulo 7.2 "Normas Sobre Escalas de Equipamiento" y el artículo 7.2.01. Escalas de equipamiento, como se señala a continuación:
    "CAPÍTULO 7.2 NORMAS SOBRE ESCALAS DE EQUIPAMIENTO
    Artículo 7.2.01. Escalas de equipamiento
    Conforme a lo dispuesto en la OGUC, en el último inciso de su artículo 2.1.36, las escalas de equipamiento básico, menor y mediano se entenderán siempre admitidas en los siguientes casos:
    . En los predios que se emplacen en Zonas de Interés Metropolitano (ZIM) y en Zonas de Equipamiento Metropolitano o Intercomunal (ZEMoI).
    . En los predios que enfrenten las vías locales o de servicio ubicadas en el sector delimitado por las calles Andrés Bello, Nueva Tobalaba, Nueva Providencia, Tobalaba, José Antonio Soffia, Hernando de Aguirre, San Pío X, Los Leones, Coronel, Suecia, Lota, Ricardo Lyon, Jorge Isaacs, Guardia Vieja, Barcelona, Pedro de Valdivia, Alfredo Barros Errázuriz, Carlos Antúnez, Dr. Luis Middleton, Antonio Varas, Nueva Providencia, Huelén y Andrés Bello.".
    2. Modifíquense los planos del Plan Regulador Comunal de Providencia PRCP 2007 "L 1/4 FE: Espacio público: vialidad y áreas verdes públicas", "L 1/7 M4 Áreas, zonas e inmuebles protegidos" y "Ll2/7 M4: Espacio privado: zonas de edificación" de la siguiente forma:
    2.1. Modifíquese el plano "L 1/4 FE: Espacio público: vialidad y áreas verdes públicas", mediante el plano "L 1/3 M5 Parques metropolitanos PqM 7 y PqM 8" en el sentido de:
    . Incorporar los parques "Nemesio Antúnez Zañartu" y "República del Ecuador" como se indica en el plano "L 1/3 M5 Parques metropolitanos PqM 7 y PqM 8";
    . Modificar el cuadro Nº 5 "Catastro y clasificación de áreas verdes públicas", en la sección Parques Metropolitanos (PqM), la columna de Ubicación de las filas ID 4 y 5, como se señala a continuación:
    .
    . Incorporar en el cuadro Nº 5 "Catastro y clasificación de áreas verdes públicas", en la sección Parques Metropolitanos (PqM), las filas ID 7 y 8, como se señala a continuación:
    .
    2.2. Modifíquese el plano "L 1/7 M4: Áreas, zonas e inmuebles protegidos" en el sentido de:
    . Incorporar al Cuadro "ZCH Zonas de Conservación Histórica", la fila 23 a continuación de la fila 22, como sigue:
    .
    . Graficar la ubicación de la Zona de Conservación Histórica ZCH Nº 23 de acuerdo al plano "L 2/3 M5 Zona de Conservación Histórica (ZCH) 23 Emilio Delporte".
    2.3. Modifíquese el plano "L 1/7 M4: Áreas, zonas e inmuebles protegidos" en el sentido de:
    . lncorporar al Cuadro "ZEMoI - Zonas de Equipamiento Metropolitano o Intercomunal", la fila 5 a continuación de la fila 4, como se señala a continuación:
    .
    . Graficar el título "05 ZEMoI" sobre el predio ubicado en Chile-España 945 como se indica en el plano "L 2/3 M5 Zona de Conservación Histórica (ZCH) 23 Emilio Delporte".
    2.4. Modifíquese el plano "L 2/7 M4: Espacio privado: zonas de edificación" en el sentido de asignar a la Zona de Conservación Histórica ZCH Nº 23 las zonas de edificación ZEP A3 a los inmuebles que enfrentan la calle Emilio Delporte y ZEP A4 a los inmuebles en las esquinas de Emilio Delporte con Antonio Varas, como se grafica en la situación que se aprueba del plano "L 3/3 M5 Zonas de edificación ZCH 23 Emilio Delporte".