FIJA LA PLANTA DE PERSONAL DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO
    Núm. 1.- San Pedro, 8 de noviembre de 2018.
    Vistos:
    1.- Art. 49 bis, de la ley Nº 18.695, que modifica disposiciones aplicables a los funcionarios municipales y entrega nuevas competencias a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo.
    2.- Dictamen Nº 17.773, de fecha 13 de julio de 2018, que imparte instrucciones a las municipalidades del país, en relación al ejercicio de las facultades otorgadas a los Alcaldes en la ley Nº 20.922, para fijar o modificar las plantas del personal municipal,
    3.- El DFL Nº 83-19.280 de fecha 27.08.1994, que adecua y establece la Planta Municipal de San Pedro.
    4.- La Ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades.
    5.- Decreto de Alcaldía Nº 297, que encasilla a contar del 01.01.1994, a los funcionarios de la Municipalidad de San Pedro en la Planta.
    6.- Lo señalado en la ley Nº 19.602, de fecha 25 de marzo de 1999, del Ministerio del Interior, que modifica la Ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, en materias de gestión municipal, en especial la modificación del Art. Nº 26 que crea el cargo de Administrador Municipal, en todas las comunas del país, en las que el Concejo Municipal acordara su incorporación a la planta municipal, fijándose su grado; el acuerdo del Concejo Municipal de fecha 23.11.2001, del Secretario Municipal sobre la aprobación del Concejo Municipal del cargo de Administrador Municipal en la comuna de San Pedro.
    7.- Ley Nº 19.777, que crea en la Municipalidad de San Pedro un Juzgado de Policía Local y modifica el DFL Nº 83-19.280, de 1994 del Ministerio del Interior, incorporando en la Planta de Directivos, un cargo de Juez de Policía Local.
    8.- Decreto de Alcaldía Nº 278 de fecha 23.02.2012, que crea el cargo de Secretario Abogado del Juzgado de Policía Local de San Pedro.
    9.- La ley Nº 20.742, de fecha 01.04.2019, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que perfecciona el rol fiscalizador del Concejo, fortalece la transparencia y probidad en las municipalidades, crea cargos y modifica normas sobre personal y finanzas municipales, en virtud de la cual se crean las unidades mínimas en los municipios, y se modifican los grados de aquellas; y el dictamen Nº 81.956, de la Contraloría General de la República, de fecha 23 de octubre del año 2014, que permite la modificación de los grados de las unidades mínimas ya provistas.
    10.- Decreto de Alcaldía Nº 992, de fecha 02.05.2014, que crea el cargo de Director de Desarrollo Comunitario, en virtud de la Ley Nº 20.742.
    11.- Decreto de Alcaldía Nº 2.190, de fecha 30.09.2014, que crea el cargo de Secretario Comunal de Planificación, en virtud de la ley Nº 20.742.
    12.- Decreto de Alcaldía Nº 2.513, de fecha 03.11.2014, que crea el cargo de Director de Control Municipal, en virtud de la ley 20.742.
    13.- Decreto de Alcaldía Nº 2.773 de fecha 28.11.2014, que adecua la planta del personal de la I. Municipalidad de San Pedro, en atención al cargo de Secretario Municipal, en virtud de la ley Nº 20.742 y el dictamen Nº 81.956, de fecha 23.10.2014, de la Contraloría General de la República.
    14.- Decreto de Alcaldía Nº 1, de fecha 02.01.2015, que crea el cargo de Director de Administración y Finanzas, en virtud de la ley 20.742.
    15.- Decreto de Alcaldía Nº 1.026, de fecha 13.12.2016, que encasilla al personal de la Planta Municipal, en virtud de lo dispuesto en el Art. 1º disposiciones transitorias de la ley 20.922.
    16.- Decreto de Alcaldía Nº 33, de fecha 09.01.2017, que encasilla al personal de la Planta Municipal, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 2º disposiciones transitorias de la ley 20.922.
    17.- Decreto de Alcaldía Nº 762 de fecha 10 de mayo de 2017, que aprueba el Reglamento de Concursos Públicos para proveer cargos vacantes en la I. Municipalidad de San Pedro.
    18.- Decreto de Alcaldía Nº 2.286 de fecha 17 de octubre de 2018, que aprueba el Reglamento Interno de Funcionamiento de la Municipalidad de San Pedro.
    19.- Acuerdo del Concejo Municipal de fecha 28 de abril de 2017, sobre la aprobación de la Política de Recursos Humanos de la I. Municipalidad de San Pedro; decreto de Alcaldía Nº 694 de fecha 28 abril de 2017, que aprueba la referida Política de Recursos Humanos.
    20.- Decreto de Alcaldía Nº 1.170, de fecha 18.05.2018, que constituye el Comité Bipartito, de acuerdo a lo establecido en el Art. 49 bis, Nº 5 de la ley 18.695.
    21.- Certificado de fecha agosto de 2018, suscrito por la Directora (S) de Administración y Finanzas y la Directora (S) de Control Municipal, que certifican el límite de gasto proyectado en personal.
    22.- Informe fundado que da cuenta del gasto promedio e ingresos promedio de los años indicados, la proyección de gastos considerando, todo lo que debe incluir el ítem de gasto en personal a 10 años, y la metodología utilizada para la proyección presupuestaria y disponibilidad financiera y fundamenta la creación de los cargos nuevos.
    23.- Certificado emitido por la Secretaria Municipal (S) de San Pedro, de fecha 6 de noviembre de 2018, que acredita que la propuesta del reglamento que fija la Planta de Personal de la Municipalidad de San Pedro, fue consultada a la Asociación de Funcionarios Municipales.
    24.- Certificado de la Secretaria Municipal (S), de fecha agosto de 2018, sobre acuerdo del Concejo Municipal de aprobar el Reglamento que Fija la Planta de Personal para la I. Municipalidad de San Pedro.
    25.- Acuerdo del Concejo Municipal, sobre la aprobación del Reglamento que Fija la Planta de la I. Municipalidad de San Pedro.
    26.- Certificado de fecha agosto emitido por la Directora (S) de Administración y Finanzas y el Secretario Comunal de Planificación, que informa que la propuesta de planta se trabajó conforme a los instrumentos de planificación, Pladeco, presupuesto municipal y política de recursos humanos, en concordancia con el reglamento interno de funciones.
    27.- Certificado del Comité Bipartito, de fecha 23 de agosto de 2018, que certifica su pronunciamiento con respecto a la fijación de la Planta de la I. Municipalidad de San Pedro.
    28.- Certificado de la Dirección del Trabajo Nº 1304/2018/143, que acredita que la Asociación de Funcionarios de la Municipalidad de San Pedro, se encuentra legalmente constituida y a la fecha tiene su personalidad jurídica vigente.
    Considerando:
    1º.- Que, las modificaciones introducidas en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, por la ley Nº 20.922, en especial en su artículo 4º, numeral 4 y 5 que dispone, entre otros, la facultad del Alcalde de fijar y modificar la planta de personal de las municipalidades, de establecer los cargos y determinar los grados respectivos.
    2º.- Que existe la necesidad de que la I. Municipalidad de San Pedro adecue su actual planta, para satisfacer los requerimientos de la comunidad, en virtud de los principios de eficiencia, transparencia, respeto y eficacia.
    3º.- Que la Municipalidad de San Pedro ha realizado el cálculo de la disponibilidad presupuestaria y su proyección, tomando en cuenta los ingresos propios y el gasto en personal de los tres años precedentes al proceso de fijación de la planta y la metodología utilizada para la proyección de ésta, que garantiza que no ha existido negligencia inexcusable en dichos cálculos.
    4º.- Que, se cuenta con el escalafón de mérito y antigüedad vigente de la planta de personal municipal, ello, según lo disponen los artículos 49 y 50 de la ley Nº 18.883.
    5º.- Que, para los efectos de la carrera funcionaria, cada municipalidad sólo podrá tener las siguientes plantas de personal: de Directivos, de Profesionales, de Jefaturas, de Técnicos, de Administrativos y de Auxiliares y dichas plantas municipales tendrán las siguientes posiciones relativas:

Alcaldes                  del grado 1º al 6º
Directivos                del grado 3º al 10º
Profesionales              del grado 5º al 12º
Jefaturas                  del grado 7º al 12º
Técnicos                  del grado 9º al 17º
Administrativos            del grado 11º al 18º
Auxiliares                del grado 13º al 20º.

    6º.- Que, la resolución exenta Nº 9.380 de fecha 26 de julio de 2017, del Ministerio del Interior que establece las categorías en que han sido clasificados los municipios del país de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 7º del decreto Nº 1.675 de 2016, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
    7º.- Que, el estudio realizado y la metodología utilizada para el informe fundado que se acompaña, son concluyentes en determinar que es sustentable el crecimiento proyectado, tanto en el gasto de planta como en los ingresos propios, no presentan una variación que lleven a concluir que pueda existir una variación adversa, considerando que la recaudación es estable y que cubren el aumento de gasto proyectado para financiar la planta que se propone.
    8º.- Que, se funda la creación de un cargo directivo para Asesoría Jurídica, ya que la planta actual no cuenta con el cargo, y el municipio requiere contar con un asesor jurídico que tenga responsabilidad administrativa, para iniciar y defender los juicios en que la Municipalidad sea parte o tenga interés. Además de informar en derecho todos los asuntos legales que las unidades municipales le planteen, orientar periódicamente respecto de las disposiciones legales reglamentarias pertinentes, y formará y mantendrá los títulos de bienes raíces municipales.
    9º.- Que, se funda la creación de un cargo de Jefe de Recursos Humanos, debido a que dicha Unidad no cuenta con un Jefe de Recursos Humanos, la funcionaria que se desempeña como encargada de esta función, está contratada a plazo fijo, por tanto toda la responsabilidad recae sobre la Directora de Administración y Finanzas, quien actualmente se encuentra sobrecargada de responsabilidades entre las cuales está contabilidad, adquisiciones, rentas, patentes, tránsito, tesorería, bodega municipal y recursos humanos.
    10º.- Que, se funda la creación de una Jefatura (genérica) para destinarla a la Dirección de Obras Municipales, dirección que actualmente solo cuenta con un director y un técnico, por tanto es imprescindible el aumento de su dotación, con el objetivo de descongestionar al Director, y lograr más oportunidad en la entrega de los servicios a la comunidad.
    11º.- Que, se funda la creación de cuatro cargos técnicos, con el objetivo de cubrir las necesidades de apoyo en labores técnicas y administrativas en los distintos departamentos y unidades del municipio.
    12º.- Que, se funda la creación de un cargo administrativo para que cumpla funciones en la Bodega Municipal, debido a que actualmente solo hay un auxiliar.
    13º.- Que, se funda la creación de un cargo de auxiliar, para que cumpla la función de conductor, debido a que actualmente esta función no está cubierta en su totalidad, generando dificultades en los traslados.
    REGLAMENTO Nº 1 QUE FIJA LA PLANTA DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO
    Artículo 1º.- De conformidad a lo establecido en el artículo 49º bis de la ley Nº 18.695 fíjese la planta de personal de Municipalidad de San Pedro en el siguiente sentido:
Créanse los cargos que se señalan:

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    Artículo 2º.- Fíjese la planta de personal de la Municipalidad de San Pedro:
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    Artículo 3º.- Fíjense los siguientes requisitos específicos para el desempeño de los cargos que se mencionan:
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    2.- Remítase, a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo para toma de conocimiento del presente Reglamento.
    3.- Remítase, a la Contraloría General de la República para toma de razón.
    Anótese, comuníquese, tómese razón, y publíquese.- Manuel Devia Vilches, Alcalde.- José Ignacio Pinto Araya, Secretario Municipal (S).