LEY NÚM. 21.159
MODIFICA EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL PARA ELIMINAR PRIVILEGIOS PROCESALES EN FAVOR DE AUTORIDADES ECLESIÁSTICAS
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al proyecto de ley originado en moción del diputado señor René Saffirio Espinoza y de los ex diputados señores Claudio Arriagada Macaya, Aldo Cornejo González y Ricardo Rincón González,
Proyecto de ley:
"Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el Código de Procedimiento Civil:
1.- Modifícase el artículo 361 en los siguientes términos:
a) Suprímese en el N° 1 la siguiente frase:
"el Arzobispo y los Obispos, los Vicarios Generales, los Provisores, los Vicarios y Provicarios Capitulares; y los Párrocos, dentro del territorio de la Parroquia a su cargo;".
b) Elimínase el N° 3.
2.- Suprímese en el N° 1 del artículo 389 la siguiente frase:
", el Arzobispo, los Obispos, los Vicarios Generales, los Provisores y los Vicarios y Provicarios Capitulares".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 8 de mayo de 2019.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Hernán Larraín Fernández, Ministro de Justicia y Derechos Humanos.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Juan José Ossa Santa Cruz, Subsecretario de Justicia.