ENMIENDA Nº 4 AL PLAN REGULADOR COMUNAL CONSTITUCIÓN
    Núm. 1.868/Q exento.- Constitución, 3 de abril de 2019.
    Vistos y considerando:
    1.- El Plan Regulador, aprobado mediante decreto alcaldicio Nº 19/E del 6 de abril de 1987.
    2.- El decreto Nº 189, del 4 de diciembre de 1987, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial con fecha 6 de febrero de 1988.
    3.- Modificación al Plan Regulador Comunal de Constitución en Zona ZE1 de la Secretaría Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región del Maule, de fecha 28 de marzo de 1990.
    4.- Enmienda Nº 1 de la I. Municipalidad de Constitución, aprobado mediante decreto alcaldicio Nº 427, del año 2003, modificación Zona Z1.
    5.- Enmienda Nº 2 de la I. Municipalidad de Constitución, aprobado mediante decreto exento Nº 3.208/L, del 23 de agosto de 2012, modificación Zona Z1.
    6.- Enmienda Nº 3 de la I. Municipalidad de Constitución, aprobado mediante decreto exento Nº 3.252/Q, del 24 de junio de 2014, modificación Zona Z1.
    7.- El acuerdo del Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria Nº 32, del 30 de octubre del año 2018, que aprueba la realización de una enmienda al Plan Regulador vigente solo para el área de interés inserta en zona Z4.
    8.- El acuerdo del Concejo Municipal, en sesión ordinaria Nº 35, del 20 de noviembre del año 2018, con propuesta de polígono.
    9.- Memorándum Nº 578 del Secretario Municipal, solicitando el listado de las Juntas de Vecinos insertos en la Zona Z4.
    10.- Memorándum Nº 1317 de la Dirección de Desarrollo Comunitario informando el catastro de Juntas Vecinales vigentes a la fecha.
    11.- El envío de cartas certificadas el día 26 de noviembre del 2018 a las Juntas de Vecinos implicadas.
    12.- La publicación efectuada el día 30 de noviembre en el diario El Centro de la Región del Maule, informando de la Enmienda y cronograma de actividades del proceso.
    13.- La entrega de información desde el 3 de diciembre del 2018 al 24 de enero del 2019. Certificado Nº 13 de Secretario Municipal.
    14.- La exposición del plan desde el 10 de diciembre del 2018 al 10 de enero del 2019. Certificado Nº 14 de Secretario Municipal.
    15.- Recepción de Observaciones desde 10 de diciembre del 2018 hasta 24 de enero del 2019, habiendo ingresado solo una por Oficina de partes. Certificado Nº 16 de Secretario Municipal.
    16.- Primera audiencia pública realizada el 5 de diciembre del 2018, asistiendo 4 personas. Certificado Nº 196 de Secretario Municipal.
    17.- Primera consulta al Cosoc, realizada en Sesión Ordinaria Nº 5, realizada el día 10 de diciembre del 2018. Certificado Nº 200 de Secretario Municipal.
    18.- Emisión de dos avisos radiales, los días 2 y 7 de enero del 2019, informando lugar, fecha y hora de la realización de segunda Audiencia Pública. Certificado Nº 15 de Secretario Municipal.
    19.- Segunda audiencia pública realizada el 9 de enero del 2019, asistiendo un total de 27 personas. Certificado Nº 07 del Secretario Municipal.
    20.- Segunda consulta al Cosoc, realizada en Sesión Ordinaria Nº 1, el día 28 de febrero del 2019. Certificado Nº 26 de Secretario Municipal que certifica que no hubo sesión durante el mes de enero del 2019 y que dicha consulta se realizó en la fecha señalada.
    21.- Memorándum Nº 48 de la Secretaria Comunal de Planificación, solicitando someter a aprobación por el Concejo Municipal, la Enmienda al Plan Regulador, e informando la presentación de solo una observación por parte de la comunidad.
    22.- Memorándum Nº 04 de Secretario Municipal, informando rechazo de la observación por el Concejo Municipal y aprobación de Enmienda al Plan Regulador sin modificación con el polígono propuesto asociado a las poblaciones de Villa Copihue, Ríos del Maule y Millauquén, en sesión ordinaria Nº 04, de fecha 5 de febrero del 2019.
    Decreto:
    Primero: Apruébese, la Enmienda Nº 4 al Plan Regulador Comunal de Constitución, conformado por su Memoria Explicativa, cuyo ejemplar forma parte integral del presente decreto. Enmienda que se expone a continuación:
    "Aumentar en un 30% el Coeficiente de Ocupación de Suelo, ajustándose solo al polígono delimitado bajo las coordenadas de los vértices A, B, C, D, E, F, G, H, e I, con las calles de referencia señaladas a continuación, denominándose esta nueva zona como "Z4-1" inserta en Z4, con la finalidad de mejorar las condiciones del terreno en donde se emplazará el nuevo Hospital de Constitución y el de las poblaciones ya consolidadas de Villa Copihue, Ríos del Maule y Millauquén".
    El polígono A, B, C, D, E, F, G, H, I, A, inserto en zona Z4, se conforma al Norte desde vértice A (6.087.182N; 733.306E) por Pje. Río Lircay, yendo al Sur hasta Pje. Río Putagán, ajustándose al límite Oeste de Z4 colindante con zona especial E1 hasta el vértice B (6.086.882N; 733.389E), atravesando hacia el Este pasando por Av. Las Camelias, hasta llegar al vértice C (6.086.873N; 733.526E) ubicado en calle Río Loncomilla siguiendo por calle Río Claro hasta el vértice D (6.087.020N; 733.644E) en intersección con calle Río Maule abarcando solo los fondos de sitios de la manzana Sur de calle Río Claro. Continúa hacia el Sur por Río Maule hasta el vértice E (6.086.748N; 733.738E), yendo hacia el Este hacia el vértice F (6.086.836N; 734.006E) y al Norte hasta el vértice G (6.087.028N; 733.947E), abarcando hasta los límites colindantes con zona especial E3. Posteriormente hacia Norte, abarcando el límite Oeste de calle Prieto cruzando calle Las Araucarias siguiendo por calle Los Guindos Santos hasta vértice H (6.087.289N; 733.649E) en su intersección con Av. Las Camelias. Luego en dirección oeste por la misma avenida hasta vértice I, siguiendo al Norte por calle Río Huenchullamí hasta volver al vértice A.
    Segundo: Increméntese en un 30% el Coeficiente de Ocupación de Suelo para la zona Z4-1, inserta en Z4, de manera que en la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal en donde señala un 30% para vivienda y un 20% para equipamiento, debe indicar un 39% para vivienda y un 26% para equipamiento.

    Tercero: Remítase copia oficial del presente Decreto y Memoria Explicativa a la Secretaria Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región del Maule, y a la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

    Cuarto: Archívese por el Conservador de Bienes Raíces de Constitución y en la I. Municipalidad de Constitución.

    Quinto: Publíquese por la Dirección de Administración y Finanzas en el Diario Oficial y página web del municipio, el presente decreto.

    Sexto: Impútese el gasto de publicación a cuenta contable 215.22.07.001 "servicio de publicidad", del vigente presupuesto municipal.
    Anótese, comuníquese y archívese.- Paulo Gómez Barrera, Alcalde (S).- Alda Véliz Syfrig, Secretario Municipal.