CONVOCA A PLEBISCITO SOBRE PLAN REGULADOR COMUNAL

    Núm. 6.150.- San Pedro de la Paz, 17 de abril de 2019.

    Vistos:

    El Acuerdo de Concejo Nº 55 Ext-15-2019 adoptado en la Sesión Extraordinaria N° 15 del Honorable Concejo Municipal celebrada con fecha 12 de abril de 2019, que aprueba realizar plebiscito comunal; el Acuerdo de Concejo N° 758-87-2019 adoptado en la Sesión Ordinaria Nº 87 celebrada con fecha 16 de abril de 2019, que aprueba la propuesta de consultas en plebiscito comunal; lo establecido en la Ordenanza Municipal Nº 11 sobre Participación Ciudadana; lo dispuesto en los artículos 56, 63, 99 y siguientes de la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y la Ley Nº 18.700 Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios y la Constitución Política de la República.

    Considerando:

    El Plan de Desarrollo Comunal 2018-2021 que aspira a que la comuna de San Pedro de la Paz se transforme en una "Ciudad Parque".
    La necesidad de ejecutar iniciativas que vayan en pro de la protección y conservación del Patrimonio Ambiental de la comuna de San Pedro de la Paz, según lo establecido en la Estrategia de Gestión Ambiental Comunal.
    La protección y conservación de la Biodiversidad con enfoque en el Recurso Hídrico como Vocación Ambiental definida participativamente dentro del Proceso de Acreditación de Vocación Ambiental Comunal impulsado por el Ministerio del Medio Ambiente.
    El Proceso de Declaratoria de Santuario de la Naturaleza del Humedal Los Batros y Laguna Grande y la necesidad de generar áreas de amortiguación de los efectos e impactos negativos en los límites del polígono de Santuario de la Naturaleza, a través de la creación de Parques Comunales.

    Decreto:

    1.- Convócase a plebiscito comunal que se celebrará 120 días después de la publicación del presente decreto alcaldicio en el Diario Oficial, si ese día correspondiere a un día domingo. Si así no fuere, la votación plebiscitaria se realizará el día domingo inmediatamente siguiente.
    2.- Las materias que se someterán a votación plebiscitaria son:

    Materia 1.- ¿Está usted de acuerdo con modificar el Plan Regulador Comunal para declarar como Parque Comunal el polígono siguiente:

    . Sitios ubicados al poniente de barrio Candelaria y oriente de curso de agua, entre el río Biobío y Ruta 160.
    . Sitios ubicados al poniente de barrio San Pedro del Valle y oriente de curso de agua entre Laguna Grande y Ruta 160.
    . Sitios ubicados al sur de barrio Bayona y calle Los Acacios, entre desagüe de Laguna Grande y calle Los Fresnos?

    Materia 2.- ¿Está usted de acuerdo con modificar el Plan Regulador Comunal para eliminar declaratoria de utilidad pública de Av. San Pedro del Valle entre Calle Progreso y Av. Padre Hurtado (Av. Laguna Grande)?
    Materia 3.- ¿Está usted de acuerdo con modificar el Plan Regulador Comunal para declarar como Parque Comunal la Laguna Junquillar considerando el terreno municipal rol 15006-157 y una franja de un ancho máximo de 50 metros en torno a ella?

    3.- Las unidades municipales que corresponda deberán realizar las coordinaciones pertinentes con la Dirección del Servicio Electoral de la Región del Biobío y con las otras entidades públicas y privadas, cuyo concurso sea requerido para la correcta realización del presente plebiscito.
    4.- Publíquese el presente decreto dentro de los quince días siguientes a su dictación en el Diario Oficial y en un periódico de los de mayor circulación en la comuna. Asimismo, deberá difundirse mediante avisos fijados en el edificio consistorial y otros lugares públicos.

    Anótese, comuníquese y archívese.- Audito Retamal Lazo, Alcalde.- Renzo Riffo Lillo, Secretario Municipal.