APRUEBA ORDENANZA DE BECAS DE ENSEÑANZA SUPERIOR 2019
    Ollagüe, 13 de marzo de 2019.- Con esta fecha la Alcaldía ha decretado lo que sigue:
    Núm. 344 exento.
    Vistos:
    La Ordenanza Municipal de Becas de Enseñanza Superior 2019 de la Ilustre Municipalidad de Ollagüe; el Acuerdo N° 23/2019 tomado en Sesión Ordinaria N° 6 de Concejo Municipal de Ollagüe, de fecha 27.02.19, que aprueba por unanimidad la Ordenanza de Becas Enseñanza Superior 2019; en uso de las atribuciones que me confiere el DFL N° 1-19.704, que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la ley N° 18.695 "Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus Modificaciones", publicado en el Diario Oficial de 26 de julio de 2006.
    Considerando:
    La Ilustre Municipalidad de Ollagüe en su esfuerzo por apoyar la inserción y mantención en el sistema escolar de los niños/as y jóvenes, ha decidido crear el Programa Beca Municipal de Enseñanza Superior, para lo cual se ha diseñado la presente Ordenanza Municipal, con el objetivo de regular los procedimientos de selección y asignación del beneficio en mención.
    Decreto:
    Apruébese, a contar de esta fecha, la siguiente Ordenanza Municipal de Becas Enseñanza Superior de la Ilustre Municipalidad de Ollagüe, según texto siguiente:
    1.- Beneficiarios
    a) Podrán postular egresados de enseñanza media que hayan cursado a lo menos 4 años de la enseñanza básica en la Escuela E-39 San Antonio de Padua, o
    b) Jóvenes cuyos familiares viven en Ollagüe o que participan en alguna organización comunitaria de la comuna (acreditado mediante certificado emitido por la institución), o
    c) Alumnos egresados de enseñanza básica o media que sean ollagüinos o descendientes de padres o familiares ollagüinos reconocidos por la comunidad Quechua, o presentar algún documento del Registro Civil o Conadi que acredite su ascendencia Quechua u Ollagüina.
    d) Debiendo acreditar todos los postulantes: Nacionalidad chilena o permanencia definitiva en el caso de extranjeros.
    2.- Requisitos
    a) Situación socioeconómica deficiente del alumno y de su grupo familiar, de acuerdo a cartola de Registro Social que manifieste un 70% o en aquellos casos que el ingreso económico sea más alto y superior a 700.000 y su situación social y económica le dificulte poder enfrentar en adecuada forma los gastos de estudio del alumno; esto se acreditará con un Informe Social o presentando el Registro Social de Hogares vigente.
    b) Para alumnos recién egresados de enseñanza media promedio de notas 5.0 y que no tengan nota roja final en ninguna asignatura; el no cumplimiento de este requisito será motivo de exclusión del proceso.
    c) Para estudiantes que estén cursando enseñanza superior, promedio 4.5 el último año cursado y no tener como nota final roja en ninguna asignatura; el no cumplimiento de este requisito será motivo de exclusión del proceso.
    d) No ser beneficiario de otros aportes y/o becas otorgadas por el Estado (Beca Presidente de la República, Indígena, etc.) o Becas Privadas, o en su defecto, hayan obtenido Beneficio de Gratuidad.
    e) Podrán postular hasta 2 alumnos de un mismo grupo familiar que cursen educación superior.
    3.- Preselección y selección
    a) Postulan todos los alumnos egresados de enseñanza media que cumplan los requisitos del punto N° 1 letra A y/o B y/o C.
    b) La selección la realizará el Departamento de Desarrollo Comunitario de la Ilustre Municipalidad de Ollagüe.
    c) La Beca Municipal de enseñanza Superior es un beneficio que tendrá dos enfoques: rendimiento académico y vulnerabilidad socioeconómica.
    d) La encuesta Casen y registro social de hogares son la principal fuente de datos utilizada para la medición de la pobreza y la desigualdad de la población, considerando aspectos tales como: la composición de hogares y familias, educación, salud, vivienda, trabajo e ingresos, determinando así la vulnerabilidad como "la condición social de riesgo que inhabilita o invalida a un individuo o su grupo familiar, en la satisfacción de su bienestar".
    e) Para ello se dispone de un instrumento de selección de beneficiarios, denominado pauta de evaluación socioeconómica, la cual permite evaluar la situación del estudiante, lo que determinará posteriormente en la identificación y selección de los becados.
    3.1 Sistema de Puntajes Beca Municipal de Estudios
    I.- Antecedentes Socioeconómicos y Socioculturales
    a) Puntaje variables situación socioeconómica y sociocultural
    Los puntajes están previamente ponderados en los porcentajes señalados en los cuadros, por lo tanto, sólo se debe proceder a la suma de los puntajes presentados por los postulantes.
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    II.- Distribución puntaje socioeconómico y familiar por puntaje por tipo de variable 65%
    1) Ingreso por persona (líquido)
    Completar el cuadro con los antecedentes. Incluido el postulante. Obtener el ingreso per-cápita sumando el total de ingresos y dividirlo por el total de personas, asignar el puntaje según el cuadro siguiente:
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    El ingreso familiar debe sumar el total de haberes y se le restarán sólo los descuentos legales (Previsión y salud). Los beneficios sociales deben sumarse al total del ingreso familiar.
    Al ingreso líquido se le deben sumar los anticipos de sueldo en caso de existir.
    2) Vivienda
    El puntaje máximo total de este indicador es 110 puntos resultado de la suma de calidad de tenencia, tipo de vivienda y presencia o no de hacinamiento.
    2.1 Tenencia de la vivienda
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    2.2 Tipo de vivienda
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    2.3 Hacinamiento
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    3) Situación laboral jefe de hogar
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    4) Procedencia Geográfica
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    5) Participación
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    6) Situaciones Sociofamiliares
    En caso de superar el puntaje máximo de 170 puntos, deberá seleccionar las opciones para adecuarse a la cifra señalada.
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    III. Puntaje Rendimiento Académico Ponderado
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    IV.- Puntaje Final
    - El puntaje socioeconómico se suma y se multiplica por un 65%
    - El puntaje académico ya viene ponderado y equivale a un 35%
    - Ambos puntajes se suman y da el puntaje final.
    4.- Documentación
    Cada postulante deberá presentar la documentación que se señala según corresponda:
    A) Fotocopia Carné de Identidad.
    B) Certificado de Nacimiento.
    C) Concentración de Notas para los postulantes egresados de 4° Medio.
    D) Liquidación de sueldo del alumno y/o de su grupo familiar.
    E) Documento del Registro social de hogares y de no tener aplicado dicho instrumento se realizarán visitas domiciliarias que permitirán medir el nivel de vulnerabilidad social y económica del alumno.
    F) Certificado de Notas último año, para alumnos que cursan estudios superiores.
    G) Certificado de Alumno regular o de matrícula de institución donde cursa sus estudios.
    H) Declaración jurada simple que no se encuentre afecto a conflictos de interés y no tener línea consanguínea ascendente o descendente hasta 2° grado.
    I) Cuenta Rut o cuenta de ahorro a nombre del beneficiario.
    5.- Selección y notificación
    a) Plazo para entregar documentación original, copia simple o legalizados, a partir del día 4 de enero, hasta las 15:00 hrs. del día 29 de marzo, en dependencias de Oficina de Partes de la Municipalidad de Ollagüe, Avda. Los Héroes S/N o en un sobre cerrado en la Oficina de Chile Express, ubicada en calle Félix Hoyos en la ciudad de Calama. No se recibirá documentación por correo electrónico. Alumnos(as) que no cumpla esto serán excluidos del proceso.
    b) El Departamento de Desarrollo Comunitario en el mes de abril revisará los documentos recibidos, realizará visitas domiciliarias cuando corresponda elaboración de una Ficha Social, confección de listado de selección y exclusión.
    c) El Departamento de Desarrollo Comunitario deberá resolver a más tardar el día 6 de mayo, y enviará copia del acta al Concejo Municipal y a cada uno de los postulantes, indicando el lugar de selección ocupado.
    d) El Departamento de Desarrollo Comunitario confeccionará una lista de espera que estará todo el año calendario, conocido el listado de la Beca Indígena y Beca Presidente de la República y Gratuidad.
    e) La Beca será cancelada una vez que Junaeb emita los listados de Beca Indígena y Beca Presidente de la República, como así mismo, resultados de Becas Privadas.
    6.- Número de beneficiarios
    a) La cantidad de beneficiarios y monto de la beca será aprobada por el Honorable Concejo Municipal. Las becas pueden ser becas completas o parciales en 1/2 becas desde marzo a diciembre, según amerite cada caso.
    b) El monto a cancelar mensualmente será de $96.000 pesos.
    c) La mantención del beneficio estará regulada por lo indicado en el punto N° 7.
    d) Los postulantes en lista de espera serán beneficiarios de presentarse alguno de los casos siguientes:
    d.1 Renuncia del beneficiario seleccionado
    d.2 Ocurrencia de algunas de las faltas estipuladas en el punto N° 7.
    Si sucediera algo de lo expuesto en los puntos precedentes, la Beca será reasignada, previa verificación de los hechos, y la notificación al postulante que correspondiera según la lista de espera.
    El mismo procedimiento se realizará tantas veces como sea necesario.
    7.- Pérdida del beneficio
    Serán causales de pérdida del beneficio las siguientes:
    a) Nota Final inferior a 4.0 en alguna asignatura de la carrera.
    Nota Final inferior a 4.5 en el promedio semestral y/o anual.
    b) Estar recibiendo el beneficio sin asistir a clases; esta situación es calificada como grave, por lo tanto el alumno pierde todo derecho a una nueva postulación; asimismo, deberá restituir a la Ilustre Municipalidad de Ollagüe todo el dinero recibido desde el momento que dejó de estudiar.
    c) Recibir otra Beca por parte del Estado (Beca Presidente de la República, Beca Indígena u otra). En este caso, el alumno deberá restituir a la Ilustre Municipalidad de Ollagüe de todo dinero que haya recibido por concepto de Beca Municipal de Estudios.
    d) Asistencia inferior al 85% (Clases presenciales).
    e) Cambio de la situación socioeconómica del beneficiario.
    La pérdida del beneficio será automática e inhabilitante para una nueva postulación.
    8.- Duración del beneficio
    a) La Beca se renovará semestralmente, si el alumno cumple con los requisitos en el reglamento.
    b) El beneficiario se obligará a no incurrir en las faltas definidas en el N° 7.
    Para todos los efectos, como Secretario de la Comisión y Coordinador de todo el proceso se desempeñará la Asistente Social del Municipio.
    9.- Mantención del beneficio
    A) El beneficiario de la Beca cuyo régimen de estudios es anual deberá presentar a más tardar el día 29 de marzo del año siguiente el calendario de actividades curricular, Certificado de Notas y Certificado de alumno regular del Instituto o Universidad.
    B) El beneficiario de la Beca cuyo régimen de estudios es semestral deberá presentar a más tardar el día 5 de agosto del año en curso el calendario de actividades curricular, Certificado de Notas y Certificado de alumno regular del Instituto o Universidad.
    C) Asistencia 85% semestral.
    Para todos los efectos, se desempeñará como Coordinador de todo el proceso el Director de Desarrollo Comunitario de la Ilustre Municipalidad de Ollagüe.-
    Víctor H. Ceballos Corssi, Alcalde (S).- Jorge M. Berríos Aguirre, Secretario Municipal y Alcaldía.