APRUEBA ORDENANZA DE BECAS ENSEÑANZA MEDIA 2019
    Ollagüe, 13 de marzo de 2019.- Con esta fecha la Alcaldía ha decretado lo que sigue:
    Núm. 343 exento.
    Vistos:
    La Ordenanza Municipal de Becas de Enseñanza Media 2019 de la Ilustre Municipalidad de Ollagüe; el Acuerdo N° 22/2019 tomado en Sesión Ordinaria N° 6 de Concejo Municipal de Ollagüe de fecha 27.02.19, que aprueba por unanimidad la Ordenanza de Becas Enseñanza Media 2019; en uso de las atribuciones que me confiere el DFL N° 1-19.704, que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la Ley N° 18.695, "Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus Modificaciones", publicado en el Diario Oficial del 26 de julio de 2006.
    Considerando:
    La Ilustre Municipalidad de Ollagüe en su esfuerzo por apoyar la inserción y mantención en el sistema escolar de los niños/as y jóvenes ha decidido crear el Programa Beca Municipal de Enseñanza Media, para lo cual se ha diseñado la presente Ordenanza Municipal, con el objetivo de regular los procedimientos de selección y asignación del beneficio en mención.
    Decreto:

    Apruébese, a contar de esta fecha, la siguiente Ordenanza Municipal de Becas Enseñanza Media de la Ilustre Municipalidad de Ollagüe, según texto siguiente:
    1.- BENEFICIARIOS
    A) Podrán  postular  egresados  de  8vo.  Básico  y/o  educación  media  de  la  Escuela  de  Ollagüe, o
    B) Alumnos de enseñanza media que hayan realizado su enseñanza básica en Ollagüe o parte de ella (4 años a lo menos), en Ollagüe o que participan en alguna organización de la comuna, o
    C) Jóvenes cuyos familiares viven en Ollagüe o que participan en alguna organización comunitaria de la comuna, o
    D) Alumnos egresados de enseñanza básica que sean ollagüinos o descendientes de padres o familiares ollagüinos (reconocidos por la comunidad quechua), o presentar algún documento del Registro Civil o Conadi que acredite su ascendencia quechua u ollagüina.
    E) Debiendo acreditar todos los postulantes Nacionalidad Chilena o Permanencia definitiva en el caso de extranjeros.
    2.- REQUISITOS
    A) Buen rendimiento en los últimos años de enseñanza básica, alumnos que postulen por primera vez promedio 5,0 en 8vo. Básico y que no tengan nota promedio final inferior a 4.0 en alguna asignatura, este requisito será excluyente.
    B) Situación socioeconómica deficiente del alumno y de su grupo familiar, de acuerdo a cartola de Registro Social que manifieste un 70% o en aquellos casos que el ingreso económico sea más alto y superior a 700.000 y su situación social y económica le dificulte poder enfrentar en adecuada forma los gastos de estudio del alumno, esto se acreditará con un informe social o presentando el Registro Social de Hogares vigente.
    C) Para egresados de enseñanza básica, no tener más de 16 años al 31 de diciembre del año que egresa o postula.
    D) No ser beneficiario de otros aportes y/o becas otorgadas por el Estado (Beca Presidente de la República, Indígena, etc.) o Becas Privadas.
    3.- PRESELECCIÓN Y SELECCIÓN
    A) Se realizará la preselección con todos los postulantes que cumplan los requisitos del punto Nro. 2.
    B) La selección la realizará el departamento de desarrollo comunitario de la Ilustre Municipalidad de Ollagüe.
    C) La Beca Municipal de enseñanza media es un beneficio que tendrá dos enfoques: rendimiento académico y vulnerabilidad socioeconómica.
    D) La encuesta Casen y registro social de hogares son la principal fuente de datos utilizada para la medición de la pobreza y la desigualdad de la población, considerando aspectos tales como: la composición de hogares y familias, educación, salud, vivienda, trabajo e ingresos, determinando así la vulnerabilidad como la condición social de riesgo que inhabilita o invalida a un individuo o su grupo familiar, en la satisfacción de su bienestar.
    E) Para ello se dispone de un instrumento de selección de beneficiarios, denominado pauta de evaluación socioeconómica, la cual permite evaluar la situación del estudiante, lo que determinará posteriormente en la identificación y selección de los becados.
    3.1 SISTEMA DE PUNTAJES BECA MUNICIPAL DE ESTUDIOS
    I.- ANTECEDENTES SOCIOECONÓMICOS Y SOCIOCULTURALES
    a) PUNTAJE VARIABLES SITUACIÓN SOCIOECONÓMICA Y SOCIOCULTURAL
    Los puntajes están previamente ponderados en los porcentajes señalados en los cuadros, por lo tanto sólo se debe proceder a la suma de los puntajes presentados por los postulantes.
    II.- DISTRIBUCIÓN PUNTAJE SOCIOECONÓMICO Y FAMILIAR POR PUNTAJE POR TIPO DE VARIABLE 65%
    1) Ingreso por persona (líquido)
    Completar el cuadro con los antecedentes. Incluido el postulante. Obtener el ingreso per cápita sumando el total de ingresos y dividirlo por el total de personas, asignar el puntaje según el cuadro siguiente:
    El ingreso familiar debe sumar el total de haberes y se le restará sólo los descuentos legales (previsión y salud). Los beneficios sociales deben sumarse al total del ingreso familiar.
    Al ingreso líquido se le deben sumar los anticipos de sueldos en caso de existir.
    2) VIVIENDA
    El puntaje máximo total de este indicador es 110 puntos resultado de la suma de calidad de tenencia, tipo de vivienda y presencia o no de hacinamiento.
    2.1 TENENCIA DE LA VIVIENDA
    2.2 TIPO DE VIVIENDA
    2.3 HACINAMIENTO
    3) SITUACIÓN LABORAL JEFE DE HOGAR

    4) PROCEDENCIA GEOGRÁFICA
    5) PARTICIPACIÓN
    Se verificará la participación de estos a través de registro de socios como mínimo un año, (certificado de institución).
    6) SITUACIONES SOCIOFAMILIARES
    En caso de superar el puntaje máximo de 170 puntos deberá seleccionar las opciones para adecuarse a la cifra señalada.
    III.- PUNTAJE RENDIMIENTO ACADÉMICO PONDERADO
    IV.- PUNTAJE FINAL
    - El puntaje socioeconómico se suma y se multiplica por un 65%.
    - El puntaje académico ya viene ponderado y equivale a un 35%.
    - Ambos puntajes se suman y da el puntaje final.
    4.- DOCUMENTACIÓN
    Cada postulante deberá presentar la documentación que se señala según corresponda:
    A) Fotocopia Carné de Identidad.
    B) Certificado de Nacimiento.
    C) Concentración de Notas para los postulantes egresados de 8vo. Básico.
    D) Liquidación de sueldo del alumno y/o de su grupo familiar.
    E) Documento del Registro social de hogares y de no tener aplicado dicho se realiza informe social.
    F) Certificado de Notas último año, para alumnos de 1ro. a 4to. Medio.
    G) Declaración jurada simple, que no se encuentren afectos a conflicto de interés y no tener línea consanguínea ascendiente o descendiente hasta 2° grado con autoridades comunales y funcionarios municipales.
    H) Cuenta Rut o cuenta de ahorro a nombre del beneficiario.
    I) Ficha de Postulación.
    J) Certificado de organización a la cual pertenece, emitida por el representante legal.
    5.- SELECCIÓN Y NOTIFICACIÓN
    A) Plazo para entregar documentación original, copia simple o legalizados, a partir del día 4 de enero, hasta las 15:00 Hrs. del día 29 de marzo, en dependencias de oficina de partes de la Municipalidad de Ollagüe, Avda. Los Héroes s/n o en un sobre cerrado en la Oficina de Chile Express ubicada en calle Félix Hoyos en la  ciudad de Calama. No se recibirá documentación por correo electrónico.  Alumno(a) que no cumpla esto será excluido del proceso.
    B) Dideco en el mes de abril revisará los documentos recibidos, realizará Visitas Domiciliarias cuando corresponda elaboración de una Ficha Social, Confección de Listado de Selección y Exclusión.
    C) El Departamento de desarrollo comunitario deberá resolver a más tardar el día 6 de mayo, y enviará copia del acta al Concejo Municipal y a cada uno de los postulantes, indicando el lugar de selección ocupado.
    D) El Departamento de desarrollo comunitario confeccionará una lista de espera que estará todo el año calendario, conocido el listado de la Beca Indígena y Beca Presidente de la República.
    E) La Beca será cancelada una vez que Junaeb emita los listados de Beca Indígena y Beca Presidente de la República, como asimismo resultados de Becas Privadas.
    6.- NÚMERO DE BENEFICIARIOS
    A) La cantidad de beneficiarios y monto de la beca será aprobada por el Honorable Concejo Municipal anualmente y se cancelarán desde marzo a diciembre.
    B) El monto a cancelar mensualmente será de $30.000.
    C) La mantención del beneficio estará regulado por lo indicado en el punto Nro. 7.
    D) Los postulantes en lista de espera, serán beneficiarios de presentarse alguno de los casos siguientes:
    D.1 Renuncia del beneficiario seleccionado.
    D.2 Ocurrencia de algunas de las faltas estipuladas en el punto Nro. 7.
    Si sucediera algo de lo expuesto en los puntos precedentes, la Beca será reasignada, previa verificación de los hechos y la notificación al postulante que correspondiera según la lista de espera.
    El mismo procedimiento se realizará tantas veces como sea necesario.
    7.- PÉRDIDA DEL BENEFICIO
    A) Estar recibiendo el beneficio, sin asistir a clases, esta situación es calificada como grave por lo tanto el alumno pierde todo derecho a una nueva postulación, asimismo deberá restituir a la Ilustre Municipalidad de Ollagüe todo el dinero recibido desde el momento que dejó de estudiar. Con un plazo de 30 días, de lo contrario el municipio iniciará acciones legales.
    B) Recibir otra Beca por parte del Estado (Beca Presidente de la República, Beca Indígena, u otra Beca Privada). En este caso el alumno deberá restituir a la Ilustre Municipalidad de Ollagüe de todo dinero que haya recibido por concepto de Beca Municipal de Estudios.
    C) Nota inferior a 4.0 en alguna asignatura del periodo escolar. Nota inferior a 5.0 promedio semestral y/o anual.
    D) Porcentaje de asistencia inferior al 80% salvo problemas de salud debidamente certificados.
    E) Cambio de la situación socioeconómica del beneficiario, problemas conductuales notificados por la dirección del Establecimiento Educacional y/o Internado Andino.
    La pérdida del beneficio será automática e inhabilitante para una nueva postulación.
    8.- DURACIÓN DEL BENEFICIO
    A) La Beca se otorgará para cada año lectivo (marzo - diciembre).
    B) El beneficiario se obligará a no incurrir en las faltas definidas en el Nro. 7.
    C) El beneficiario que cumpla los requisitos podrá gozar del beneficio durante todo el periodo de enseñanza media, para lo cual a más tardar el día 30 de marzo del año siguiente, debe presentar informe de notas, además de certificado de matrícula, para renovar el beneficio.
    Para todos los efectos, se desempeñará como Coordinador de todo el proceso el Director de Desarrollo Comunitario de la Ilustre Municipalidad de Ollagüe.-


    Víctor H. Ceballos Corssi, Alcalde (S).- Jorge M. Berríos Aguirre, Secretario Municipal y Alcaldía.