DEJA SIN EFECTO REGLAMENTO N° 3 Y APRUEBA REGLAMENTO QUE MODIFICA LA PLANTA DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE MOSTAZAL
Núm. 4.- Mostazal, 8 de febrero de 2019.
Vistos:
1. Lo dispuesto en la ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado;
2. La facultad otorgada en el artículo 49 bis, de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y en concordancia con lo dispuesto en el artículo 7° de la ley N° 18.883 Estatuto Administrativo de los Funcionarios Municipales.
3. Lo señalado en la ley N° 20.922, que modifica disposiciones aplicables a los funcionarios municipales y entrega nuevas competencias a la Subdere;
4. El Reglamento N° 1.675, de fecha 15.11.2016, dictado por el Ministerio del Interior, que regula el procedimiento para establecer la categoría en que se ubicarán las municipalidades del país para efectos de determinar el rango de grados que corresponde asignar al cargo de alcalde dentro de la planta municipal;
5. Lo dispuesto en la ley N° 20.742, que perfecciona el rol fiscalizador del Concejo Municipal; fortalece la transparencia y probidad en las municipalidades; crea cargos y modifica normas sobre personal y finanzas municipales.
Considerando:
1. Que, el DFL 275-19.321, de 30 de septiembre de 1994, adecua, modifica y establece la Planta de personal de la Municipalidad de Mostazal, el que se encuentra vigente hasta la fecha.
2. Que, el decreto alcaldicio N° 167, de 7 de noviembre de 1994, encasilla el personal de la Municipalidad de Mostazal en conformidad al DFL citado precedentemente.
3. Que, a través de decreto alcaldicio N° 317, de fecha 4 de julio de 2001, se crea el cargo de Administrador Municipal, en el escalafón Directivo de la Planta de la Municipalidad de Mostazal, en conformidad al artículo 1 N° 16 de la ley 19.602, que Modifica la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, en Materia de Gestión Municipal.
4. Que, mediante decreto alcaldicio N° 976, de fecha 22 de marzo de 2012, se crea el cargo de Secretario Abogado del Juzgado de Policía Local, en el escalafón de Profesionales de la Planta de la Municipalidad de Mostazal, conforme a lo señalado en la ley N° 20.554, que Crea Juzgados de Policía Local en las comunas que Indica.
5. Que, mediante decreto alcaldicio N° 1.261, de fecha 20 de junio de 2013, se modifica el decreto alcaldicio N° 976, de 2012, correspondiente al grado del cargo de Secretario Abogado del Juzgado de Policía Local.
6. Que, a través del decreto alcaldicio N° 3.075, de fecha 20 de agosto de 2014, se crea el cargo de Director de Control Municipal, en el escalafón Directivo de la Planta de la Municipalidad de Mostazal, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 1 de la ley 20.742, que Perfecciona el Rol Fiscalizador del Concejo; Fortalece la Transparencia y Probidad en las Municipalidades; Crea Cargos y Modifica Normas Sobre Personal y Finanzas Municipales.
7. Que, mediante decreto alcaldicio N° 4.405, de fecha 24 de noviembre de 2014, se modifica el grado del Director de Administración y Finanzas, desde el grado 9° al grado 8°, según lo dispuesto en el artículo 16 de la ley 20.742, que Perfecciona el Rol Fiscalizador del Concejo; Fortalece la Transparencia y Probidad en las Municipalidades; Crea Cargos y Modifica Formas Sobre Personal y Finanzas Municipales.
8. Que, a través del decreto alcaldicio Nº 170 de fecha 16 de enero de 2015, se crea el cargo de Secretario Comunal de Planificación, en el escalafón de Directivos de la Planta de la Municipalidad de Mostazal, conforme a lo señalado en la aludida Ley Nº 20.742.
9. Que, mediante el decreto alcaldicio N° 3.980, de fecha 25 de agosto de 2016, se encasilla a los funcionarios de los escalafones Técnicos, Administrativos y Auxiliares de la Municipalidad de Mostazal, en conformidad al artículo 1° transitorio de la ley 20.922, que modifica ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y Establece Normas Sobre Plantas de Personal de las Municipalidades.
10. Que, por decreto alcaldicio N° 5.777, de fecha 23 de diciembre de 2016, se dispone el encasillamiento de la planta Municipal Técnicos, Administrativos y Auxiliares desde grado 15° al 20° establecidos en la citada ley N° 20.922.
11. Que, por decreto alcaldicio N° 2.630, de fecha 28 de junio de 2017, se modifica el decreto N° 5.777, de 201, que dispone el encasillamiento de la planta municipal, escalafones Técnicos, Administrativos y Auxiliares desde el grado 15° al 20° establecido en la citada ley N° 20.922.
12. Que, mediante decreto N° 872, SIAPER, de fecha 25 de julio 2017, se promueve vía ascenso al funcionario Jorge Escobar Martínez al cargo técnico grado 12°.
13. Que, a través del decreto N° 873, SIAPER de fecha 25 de julio 2017, se promueve el ascenso de la funcionaria Susana González Castañeda, al cargo administrativo grado 12°.
14. Que, por decreto N° 874 SIAPER de fecha 25 de julio 2017, promueve el ascenso de la funcionaria Margarita Cuevas Saavedra, al cargo administrativo grado 13°.
15. Que, a través del decreto N° 875 SIAPER, de fecha 25 de julio 2017, se promueve el ascenso de la funcionaria Valeria Jerez González, al cargo administrativo grado 14°.
16. Que, por decreto N° 876, SIAPER de fecha 25 de julio 2017, se promueve el ascenso del funcionario Juan Carlos Soto Soto, al cargo auxiliar grado 14°.
17. Que, mediante el decreto N° 877, SIAPER, de fecha 25 de julio 2017, se promueve el ascenso del funcionario Buddy Hormazábal Castro, al cargo auxiliar grado 15°.
18. Que, por decreto N° 878, SIAPER, de fecha 25 de julio 2017, se promueve el ascenso del funcionario Fredy Galaz González, al cargo auxiliar grado 16°.
19. Que, mediante el decreto N° 879, SIAPER de fecha 25 de julio 2017, se promueve el ascenso del funcionario César Maulén Góngora, al cargo auxiliar grado 17°.
20. Que, a través del decreto alcaldicio N° 1.921 de fecha 04 de mayo de 2017, se crea el cargo de Director de Seguridad Pública en el escalafón Directivo de la Planta Municipal de Mostazal, conforme a lo dispuesto en el artículo 1, número 4, de la ley N° 20.695, que Permite la Creación de Consejos y Planes Comunales de Seguridad Pública.
21. Que, a través del decreto alcaldicio N° 933, de fecha 23 de marzo 2018, se aprueba la Política de Recursos Humanos de la Municipalidad de Mostazal.
22. Que, mediante el decreto alcaldicio N° 1.562, de fecha 5 de junio 2018, se modifica el grado del Director de Desarrollo Comunitario, desde el grado 9° al grado 8°, según lo dispuesto en el artículo 16 de la aludida ley N° 20.742.
23. Que, por decreto alcaldicio N° 740, de fecha 2 de marzo 2018, se aprueba Escalafón de Mérito y Antigüedad de la Planta de Personal de la Municipalidad de Mostazal, vigente para el año 2018.
24. El Certificado de Disponibilidad Presupuestaria para la determinación de la Nueva Planta Municipal, de fecha abril 2018, suscrito por el Director de Administración y Finanzas y la Directora de Control de esta Corporación.
25. El decreto alcaldicio N° 1.154, de fecha 17 de abril 2018, que constituye el Comité Bipartito para el proceso elaboración Planta Municipal.
26. El pronunciamiento por escrito efectuado por el Comité Bipartito ante el Concejo Municipal de Mostazal.
27. El informe fundado que justifica la necesidad de la creación de las nuevas unidades emitido por la Administración Municipal, la Dirección de Administración y Finanzas y la Secretaria Comunal de Planificación.
28. El Acuerdo N° 128, del Honorable Concejo Municipal, adoptado en forma unánime, en la Sesión Ordinaria de Concejo N° 74, de fecha 17 de mayo de 2018, que aprueba la propuesta del reglamento de planta en su integridad conforme lo dispuesto en el artículo 49 bis de la ley 20.922.
29. El decreto alcaldicio N° 1757, de fecha 26 de junio de 2018, que promueve el ascenso del Sr. Max Farías Gómez, grado 16° E.M.R. administrativo de la Planta Municipal.
30. El decreto alcaldicio N° 1.824, de fecha 10 de julio 2018, que promueve el ascenso de la Srta. María Verónica Marchant Cantillana al grado 17° E.M.R. Administrativo.
31. El Certificado del Tribunal Electoral Regional de Rancagua de fecha 10 de julio de 2018, que da cuenta de no haberse verificado ingreso de demanda en contra el Alcalde de la Comuna de Mostazal de acuerdo a lo establecido en el artículo 49 bis de la aludida ley N° 18.695.
32. El Certificado del Tribunal Electoral Regional de Rancagua de fecha 10 de julio de 2018, que da cuenta de no haberse verificado ingreso de demanda en contra de algún Concejal de la comuna de Mostazal.
33. El Reglamento N° 1 de fecha 13 de julio de 2018, de la Municipalidad de Mostazal, que "Crea, modifica y fija la Planta de Personal de la Municipalidad de Mostazal", conforme a las normativas señaladas para estos efectos en la citada ley N° 20.922.
34. Las instrucciones en relación con el ejercicio de la facultad para fijar o modificar las Plantas de Personal de las Municipalidades, impartidas por la Contraloría General de la República, a través de su oficio N° 17.773, con la fecha 13 de julio de 2018.
35. El decreto alcaldicio N° 2.615, de fecha 10 de agosto de 2018, que aprueba modificaciones a la constitución del Comité Bipartito para el proceso elaboración Planta Municipal, por renuncia de una de las representantes de los trabajadores, Sra. Margarita Cuevas Saavedra, por la funcionaria, grado 13 del Escalafón Administrativo, Sra. Purísima Pino Morales.
36. La necesidad de dejar sin efecto el Reglamento Municipal N° 1, de fecha 13 de julio de 2018, debido a que la Contraloría Regional de O'Higgins, con fecha 14 de noviembre 2018, representa el Reglamento N° 1, por lo que se debe efectuar las observaciones correspondientes.
37. El Certificado de Disponibilidad Presupuestaria actualizado para la determinación de la Nueva Planta Municipal, de fecha 20 de noviembre de 2018, suscrito por el Director de Administración y Finanzas (S) y la Directora de Control de esta Corporación. Incluye metodología de proyección financiera de ingresos y gastos para los 8 años próximos.
38. El Certificado de límite de gastos en personal vigente, de fecha 20 de noviembre 2018, del Director de Administración y Finanzas (S).
39. El Certificado de acreditación cumplimiento de mantención posición del Juez de Policía Local, del Administrador Municipal y de las Unidades Mínimas, de fecha 20 de noviembre 2018, en conformidad a las leyes N° 15.231, Sobre Organización y Atribuciones de los Juzgados de Policía Local; N° 19.602, Modifica la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, en materia de gestión municipal y la aludida ley N° 18.695.
40. El Certificado de acreditación cumplimiento de porcentajes cargos creados citada ley N° 20.922, de fecha 20 de noviembre de 2018.
41. El Certificado suscrito por la Alcaldesa (S), el Director de Administración y Finanzas (S) y el encargado de personal que fundamenta la modificación de grado efectuado a los cargos de Director de Obras, al Director de Seguridad Pública y al Secretario Abogado del Juzgado de Policía Local, respectivamente, en el sentido de equiparar su nivel remuneratorio al de otras plazas jerárquicamente equivalentes.
42. Informe fundado de la modificación de grados del Director de Obras Municipales, Director de Seguridad Pública y Secretario Abogado del Juzgado de Policía Local, firmado por Alcaldesa (S), Director de Administración y Finanzas y encargado de personal.
43. El informe efectuado por el Comité Bipartito, de fecha 16 de noviembre de 2018, que contiene su opinión sobre la actual propuesta de la fijación de la nueva Planta Municipal de la Municipalidad de Mostazal.
44. Que resulta necesario establecer que los grados de ingreso a cada estamento se fijaron de la siguiente manera: escalafón Directivos grado 6º, escalafón profesionales grado 12º, escalafón jefaturas grado 11º, escalafón técnicos grado 16º, escalafón administrativo grado 16º y escalafón auxiliares grado 16º.
45. Que, resulta necesario que en el escalafón Directivo no exista diferencia sustancial en el grado remunerativo de los directivos, atendiendo a que todos realizan funciones similares y en condiciones equivalentes.
46. Que, la ley N° 18.695, Orgánica de Municipalidades, dispone en su artículo 39, que en cuanto a la remuneración deberá aplicarse al principio de que, a funciones análogas, que imparten responsabilidades semejantes y se ejercen en condiciones similares, se le deben asignar iguales retribuciones y beneficios económicos.
47. Que, en virtud de lo anterior, las direcciones de Obras Municipales y de Seguridad Pública realizan funciones similares y tienen responsabilidades semejantes a las unidades mínimas (Secretaría Municipal, Secretaría Comunal de Planificación, Dirección de Desarrollo Comunitario, Dirección de Control, entre otras) establecidas en la ley.
48. Que la Dirección de Obras Municipales, Seguridad Pública y Secretario Abogado del Juzgado de Policía Local son reparticiones necesarias, importantes, relevantes y obligatorias para las municipalidades, atendiendo lo dispuesto en la Ley General de Urbanismo y Construcciones, ley N° 18.695 y ley N° 20.554.
49. Que con fecha 7 de diciembre de 2018, se aprueba el Reglamento N° 2, Reglamento Interno de la Municipalidad de Mostazal, que regula el orden y su funcionamiento interno.
50. El certificado N° 41, del Secretario Municipal que certifica que en sesión N° 98, de fecha 06 de diciembre de 2018, a través del Acuerdo N° 298, el Concejo Municipal aprobó en forma unánime la propuesta de la Planta de Personal de la Municipalidad de Mostazal y el Reglamento que la contiene.
51. Que, con fecha 11 de diciembre de 2018, se ingresó, a la Contraloría Regional, el Reglamento N° 3, que Deja sin efecto el Reglamento N° 1 y Fija la Planta de Personal de la Municipalidad de Mostazal, y con fecha 27 de diciembre de esa anualidad, la Entidad de Control representa el aludido Reglamento N° 3.
52. Que, en razón de lo anterior, y sin perjuicio de haber subsanado las observaciones del caso, con fecha 7 de febrero de 2019, nuevamente la Entidad Fiscalizadora representa el Reglamento N° 3, se procede a dejar éste sin efecto.
53. Que, dentro de las observaciones se indica presentar el Escalafón de Mérito año 2012 y 2015 a través del decreto alcaldicio N° 249, de fecha 22 de enero 2015, se aprueba Escalafón de Mérito y Antigüedad de la Planta de Personal de la Municipalidad de Mostazal, vigente para el año 2012 y decreto alcaldicio N° 4.631 de fecha 10 de noviembre 2015 se aprueba Escalafón de Mérito y Antigüedad de la Planta de Personal de la Municipalidad de Mostazal, vigente para el año 2015 donde se representa que los funcionarios cumplen los requisitos para aumento de grado de acuerdo al 2° Transitorio de la ley 20.922.
54. Que, en relación a las observaciones se subsana a través del decreto alcaldicio N° 170 de fecha 23 de enero 2019, se rectifica el decreto N° 875 de fecha 25 de julio 2017 que elimina el punto 3 en su parte resolutiva, dice "Declárese, suprimido el cargo administrativo, grado 15° de la Planta Municipal".
55. Que, en relación a las observaciones se subsana por decreto alcaldicio N° 171 de fecha 23 de enero 2019, rectifica el decreto N° 874 de fecha 25 de julio 2017, que elimina el punto 3 en su parte resolutiva, dice "Declárese, suprimido el cargo administrativo, grado 14° de la Planta Municipal".
56. Que, en relación a las observaciones se subsana a través del decreto alcaldicio N° 172 de fecha 23 de enero 2019, rectifica el decreto N° 872 de fecha 25 de julio 2017, que elimina el punto 3 en su parte resolutiva, dice "Declárese, suprimido el cargo técnico, grado 15° de la Planta Municipal.
57. Que, en relación a las observaciones se subsana a través del decreto alcaldicio N° 334 de fecha 1 de febrero 2019, rectifica el decreto N° 432 de fecha 7 de febrero 2018, que elimina el punto 3 en su parte resolutiva.
58. El certificado de Disponibilidad Presupuestaria actualizado para la determinación de la Nueva Planta Municipal, de febrero 2019, suscrito por el Director de Administración y Finanzas y la Directora de Control de esta Corporación. Incluye metodología de proyección financiera de ingresos y gastos para los 8 años próximos.
59. El certificado de límite de gastos en personal vigente, de febrero 2019, suscrito por el Director de Administración y Finanzas y la Directora de Control de este Municipio.
60. El certificado de acreditación cumplimiento de porcentajes cargos creados citada ley N° 20.922, de febrero de 2019.
61. El certificado N° 4, que comunica el Acuerdo N° 19 tomado en la Sesión Ordinaria N° 105, de fecha 1 de febrero de 2019, por el Honorable Concejo Municipal, respecto al Reglamento que Modifica la Planta del Personal de la Municipalidad de Mostazal, de acuerdo a las representaciones formuladas por la Contraloría Regional del Libertador B. O'Higgins.
Resuelve:
1.- Que se aprueba el presente Reglamento de la Planta de Personal de la I. Municipalidad de Mostazal, cuyas consideraciones y texto es el siguiente:
REGLAMENTO DE PLANTA MUNICIPALIDAD DE MOSTAZAL
Artículo 1.- El presente Reglamento tiene como objetivo modificar la Planta de personal de la Municipalidad de Mostazal, estableciendo el número de cargos para cada escalafón y fijando sus grados, de acuerdo con las facultades previstas en el artículo 49 bis de la ley N° 18.695.
Artículo 2.- De conformidad con la facultad otorgada en el artículo 49 bis, de la ley N° 18.695 y en concordancia con lo dispuesto en el artículo 7° de la ley N° 18.883.
A.- Créanse los cargos que se señalan:
Planta Cargo Grado N° Cargos
Directivos Director de Tránsito
y Transporte Público 6° 1
Director de Medio Ambiente,
Aseo y Ornato 6° 1
Profesionales Profesional 8° 1
Profesional 9° 1
Profesional 10° 1
Profesional 11° 1
Jefaturas Jefatura 9° 2
Jefatura 10° 2
Técnicos Técnico 9° 3
Técnico 11° 2
Técnico 13° 1
Técnico 14° 3
Técnico 15° 4
Técnico 16° 4
Administrativos Administrativo 11° 6
Auxiliares Auxiliar 13° 3
TOTAL 36
B.- Suprímanse Rectificación 1834
D.O. 12.03.2019el/los cargos que se indican:
D.O. 12.03.2019el/los cargos que se indican:
Planta Cargo Grado Nº Cargos
Técnicos Técnico 17° 1
Administrativos Administrativo 18º 1
Auxiliares Auxiliar 18º 4
TOTAL 6 "
C.- Modifícanse los grados de los cargos que se indican:Rectificación 1834
D.O. 12.03.2019
D.O. 12.03.2019
Planta Cargo Grado Grado Nº Cargos
Actual Modificado
Alcaldes Alcalde 6° 4° 1
Directivos Juez de Policía
Local 8° 6° 1
Administrador
Municipal 8° 6° 1
Secretario
Municipal 8° 6° 1
Secretario Comunal
de Planificación 8° 6° 1
Director de
Desarrollo
Comunitario 8° 6° 1
Director de
Administración
y Finanzas 8° 6° 1
Director de
Control 8° 6° 1
Director de Obras
Municipales 8° 6° 1
Director de
Seguridad
Pública 8° 6° 1
Profesionales Profesional
Secretario
Abogado 10º 7º 1 "
Juzgado de Policía
Local
Artículo 3.- Establézcase la planta de personal de la Municipalidad de Mostazal como sigue:
Planta Cargo Grado N° Cargos
Alcaldes Alcalde 4° 1
Directivos Juez de Policía
Local 6° 1
Administrador
Municipal 6° 1
Secretario
Municipal 6° 1
Secretario Comunal
de Planificación 6° 1
Director de
Desarrollo Comunitario 6° 1
Director de
Administración y
Finanzas 6° 1
Director de Control 6° 1
Director de Obras
Municipales 6° 1
Director de Seguridad
Pública 6° 1
Director de Tránsito y
Transporte Público 6° 1
Director de Medio
Ambiente, Aseo y
Ornato 6° 1
Profesionales Profesional Secretario
Abogado Juzgado de 7° 1
Policía Local
Profesional 8° 1
Profesional 9° 1
Profesional 10° 2
Profesional 11° 2
Profesional 12° 1
Jefaturas Jefatura 9° 2
Jefatura 10° 2
Jefatura 11° 2
Técnicos Técnico 9° 3
Técnico 11° 4
Técnico 12° 1
Técnico 13° 1
Técnico 14° 3
Técnico 15° 5
Técnico 16° 5
Administrativos Administrativo 11º 7
Administrativo 12º 1
Administrativo 13º 5
Administrativo 14° 3
Administrativo 15° 1
Administrativo 16° 3
Auxiliares Auxiliar 13° 5
Auxiliar 14° 4
Auxiliar 15° 1
Auxiliar 16° 8
TOTAL CARGOS 86
Artículo 4.- Establézcanse los siguientes requisitos específicos para el desempeño de los cargos que se mencionan:
Planta Cargo Grado Requisitos
Directivos Director de
Obras
Municipales 6° Establecido en el
Art. 8° numeral 1,
letra a) de la
Ley 18.883.
Director de
Tránsito y 6° Título de
Transporte Ingeniero en
Público Tránsito, Geógrafo,
Ingeniero Civil
Industrial, Ingeniero
Civil.
Director de
Medio 6° Título de Ingeniero de Medio Ambiente,
Ambiente, de Medio Ambiente,
Aseo y Ingeniero Agrónomo,
Ornato Ingeniero Forestal,
Ingeniero Civil
Industrial, Ingeniero
Civil Bioquímico, Ingeniero
en Recursos Naturales,
Arquitecto, Ingeniero
Paisajista, Constructor
Civil o Ingeniero en
Construcción.
Profesionales Secretario
Abogado 7° Requiere título de Abogado,
Juzgado de habilitado para el
Policía Juzgado de Policía
Local Local ejercicio de la
profesión y experiencia
en labores propias del
Juzgado de Policía
Local.
Profesional 10° Un grado 10° requiere
título profesional
de Arquitecto,
Constructor Civil o
Ingeniero Constructor.
Sin perjuicio de los requisitos específicos para el ingreso y promoción en los cargos de planta antes señalados, el personal de la municipalidad deberá cumplir con los siguientes requisitos establecidos para cada planta en el artículo 8° de la ley N° 18.883, Estatuto Administrativo de los Funcionarios Municipales:
1) Plantas de Directivos: Título profesional de una carrera de, a lo menos, ocho semestres de duración, otorgado por una institución de educación superior del Estado o reconocida por éste.
2) Plantas de Profesionales: Título profesional de una carrera de, a lo menos, ocho semestres de duración, otorgado por una institución de educación superior del Estado o reconocida por éste.
3) Plantas de Jefaturas: título profesional universitario o título profesional de una carrera de, a lo menos, ocho semestres de duración, otorgado por una institución de educación superior del Estado o reconocida por éste, o título técnico que cumpla los requisitos fijados para la planta de técnicos.
4) Plantas de Técnicos: título técnico de nivel superior otorgado por una institución de educación superior del Estado o reconocida por éste, en el área que la municipalidad lo requiera; o, en su caso, título técnico de nivel medio, en el área que la municipalidad lo requiera, otorgado por una institución de educación del Estado o reconocida por éste; o haber aprobado, a lo menos, cuatro semestres de una carrera profesional impartida por una institución del Estado o reconocida por éste, en el área que la municipalidad lo requiera.
1.- Remítase a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo para la toma de conocimiento del presente Reglamento.
2.- Remítase a la Contraloría General de la República para la toma de razón.
3.- Publíquese el presente Reglamento una vez tramitado totalmente la toma de razón por la Contraloría General de la República, de conformidad a lo prescrito en los artículos N° 49 bis y N° 49 quáter de la ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, en el Diario Oficial, sin perjuicio de su publicación en la página web de la Municipalidad de Mostazal.
Tómese razón por la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial, notifíquese y archívese.- Lorena Zavala González, Alcaldesa (S).- Alonso Arribillaga García, Secretario Municipal.