La presente ley tiene como principal propósito excluir del procedimiento de calificación de elecciones que realizan los Tribunales Electorales Regionales las que son llevadas a cabo por juntas de vecinos y organizaciones comunitarias. Esta simplificación permite que la elección de las autoridades de estas organizaciones sea eficaz y válida desde que se celebra, pero, para salvaguardar la integridad del proceso, la ley establece que la comisión electoral deberá depositar en la secretaría municipal, dentro del quinto día hábil contado desde la celebración de la elección, los siguientes documentos: a) Acta de la elección. b) Registro de socios actualizado. c) Registro de socios que sufragaron en la elección. d) Acta de establecimiento de la comisión electoral de acuerdo a lo señalado en los estatutos. e) Certificado de antecedentes de los socios electos emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación que permita dar cuenta de lo señalado en el artículo 20 de esta ley. No obstante lo anterior, queda a salvo el derecho de cualquier vecino afiliado para reclamar ante el citado tribunal, dentro de un plazo de quince días contado desde la fecha del último escrutinio de la elección respectiva. A este respecto, la ley establece un procedimiento de notificación de la reclamación y sus efectos. Asimismo, establece que el fallo del Tribunal sobre la reclamación debe ser fundado, indicando además el estado en que queda el proceso eleccionario. También establece la forma de notificación del mismo y los recursos que proceden en su contra (de reposición y de apelación). Por ello, esta ley modifica la ley N° 18.593, sobre Tribunales Electorales Regionales y la Ley N° 19.418, sobre Juntas de Vecinos y demás organizaciones comunitarias, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 58, de 1997, del Ministerio del Interior. De acuerdo a lo establecido en su artículo transitorio, la entrada en vigencia de la ley se contempla para seis meses después de su publicación, vale decir, para el 28 de agosto de 2019.