PROMULGA EL CONVENIO SOBRE EL TRABAJO MARÍTIMO, 2006, DE LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO Y SUS ENMIENDAS DE 2014 Y 2016
    Núm. 11.- Santiago, 15 de enero de 2019.
    Vistos:
    Los artículos 32, Nº 15 y 54, N° 1), incisos primero y cuarto, de la Constitución Política de la República y la ley 18.158.
    Considerando:
    Que con fecha 23 de febrero de 2006, en la 94º Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, se adoptó el Convenio sobre el Trabajo Marítimo, 2006.
    Que dicho Convenio fue aprobado por el Congreso Nacional, según consta en el oficio Nº 13.584, de 25 de octubre de 2017, de la Cámara de Diputados.
    Que con fecha 22 de febrero de 2018, se depositó, ante el Director General de la Oficina Internacional del Trabajo, el Instrumento de Ratificación al indicado Convenio, y, en consecuencia, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo VIII, párrafo 4, del mismo, éste entrará en vigor internacional para la República de Chile el 22 de febrero de 2019.
    Que, igualmente, con fecha 22 de febrero de 2018, la República de Chile aceptó las Enmiendas de 2014 y 2016 al referido Convenio, por medio de las cuales se modificó el Código de ese instrumento internacional para aplicar el Reglamento del Convenio, ambas aprobadas por las Conferencias de la Organización Internacional del Trabajo, en Ginebra, el 11 de junio de 2014 y el 9 de junio de 2016, respectivamente, las cuales entrarán en vigor internacional para la República de Chile en igual fecha que el señalado Convenio.
    Decreto:
    Artículo único: Promúlgase el Convenio sobre el Trabajo Marítimo, 2006, adoptado el 23 de febrero de 2006, en la 94º Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, y sus Enmiendas de 2014 y 2016, aprobadas el 11 de junio de 2014 y el 9 de junio de 2016, respectivamente, por las Conferencias de la Organización Internacional del Trabajo; cúmplanse y publíquense en la forma establecida en la ley Nº 18.158.
    Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República de Chile.- Roberto Ampuero Espinoza, Ministro de Relaciones Exteriores.- Nicolás Monckeberg Díaz, Ministro del Trabajo y Previsión Social.
    Lo que transcribo a Us., para su conocimiento.- Hernán Núñez Montenegro, Director General Administrativo (S).