MODIFICA ORDENANZA LOCAL DEL PLAN REGULADOR COMUNAL

    Núm. 1.067.- San Pedro de la Paz, 17 de enero de 2019.

    Vistos:

    Ordinario N° 478 de fecha 4 de mayo de 2017 que informa a vecinos las principales características de la 1a  Modificación al Plan Regulador Comunal de San Pedro de la Paz; certificado del Secretario Municipal que da cuenta de la primera audiencia pública realizada con fecha jueves 18 de mayo de 2017; certificado del Secretario Municipal que da cuenta de la realización de la exposición al público entre el 26 de junio de 2017 y el 4 de agosto de 2017; certificado del Secretario Municipal que da cuenta de la segunda audiencia pública realizada con fecha lunes 7 de agosto de 2017; certificado del Secretario Municipal que señala que las observaciones de los interesados fueron presentadas al Concejo Municipal en sesión del 6 de septiembre de 2017; Acuerdo N°431-49-2018 de fecha 3 de abril de 2018 que aprueba respuestas y alcances a consultas de la comunidad; Acuerdo N°433-49-2018 de fecha 3 de abril de 2018 que aprueba la 1° Modificación al Plan Regulador Comunal de San Pedro de la Paz; Ordinario 3360 de fecha 28 de diciembre de 2018 de Secretaria Regional de Vivienda y Urbanismo que informa favorablemente la modificación antes indicada; lo dispuesto en los artículos 43, 44 y 45 del DFL 458 (V. y U.) 1976, Ley General de Urbanismo y Construcciones; los artículos 2.1.11, 2.1.12 y 2.1.13 del DS N°47 (V. y U.) 1992, que contiene la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones; lo previsto en el artículo N°5 letra k, 6 y 12 de la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades;

    Decreto:


    1) Agrégase el plano PRCSP 2 que introduce modificaciones específicas al plano PRCSP 1.
    2) Modifícase la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de San Pedro de la Paz en los siguientes términos:

    a) Modifícase el artículo 4° como sigue:

    - Reemplázase en el cuadro la fila correspondiente a calle Los Notros por la siguiente:

   
    - Reemplázase en el cuadro la fila correspondiente a calle O'Carrol por la siguiente:

   

    - Reemplázase en el cuadro la fila correspondiente a calle Nueva Pacífico por las siguientes:

   

    - Reemplázase en el cuadro la fila correspondiente a calle Vicente Huidobro por las siguientes:

   
    - Agrégase en el cuadro la fila correspondiente a la calle Andalién, de acuerdo a lo siguiente:

   

    - Agrégase en el cuadro la fila correspondiente a la calle Edgardo Garrido Merino, de acuerdo a lo siguiente:

   

    - Reemplázanse en el cuadro las filas correspondientes a calle Ambrosio O'Higgins por las siguientes:

   

    b) Modifícase el artículo 5º como sigue:

    - Agrégase al final del cuadro de estándares de estacionamientos, la siguiente frase: "Para los efectos de calcular el estándar de estacionamientos según cantidad de personas, se aplicará el concepto de carga de ocupación definido en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones." - Reemplázanse en el cuadro las filas correspondientes a "Vivienda" y "Unifamiliar y colectiva", por las siguientes:
    - Reemplázase en el cuadro, en la fila correspondiente a "paraderos Ferroviarios", el término "paraderos Ferroviarios" por el término "Estaciones Ferroviarias".

   

    - Reemplázase en el cuadro en la fila correspondiente a "paraderos Ferroviarios", el guarismo "3" por el guarismo "25". - Reemplázanse en el cuadro las filas correspondientes a "Industrias y bodegas, Talleres de más de 50 m2 construidos", y "Talleres Mecánicos", por las siguientes:

   

    - Modifícase en el cuadro, la frase "Cafeterías, pub, restoranes y similares" por la frase "restaurantes, fuentes de soda, bares y similares". - Modifícase en el cuadro, la fila "Cafeterías, pub, restoranes y similares", anteponiendo la frase "mínimo 2 y" a la frase "1 cada 6 personas, para locales con una carga de ocupación superior a 40 personas." - Modifícase en el cuadro, la fila "Esparcimiento y Turismo: Hoteles y similares", por la palabra "Esparcimiento". - Elimínase en el cuadro, en la fila "Esparcimiento y Turismo: Hoteles y similares", el estándar "2 cada 5 camas". - Elimínase del cuadro la fila "Hogares de acogida". - Reemplázase en el cuadro la fila correspondiente a servicios, la frase "2 cada 50 m² construidos" por la frase "2 cada 50 m2 construidos descontadas las superficies destinadas a estacionamiento y espacios comunes".

    c) Reemplázase el inciso primero del artículo 8° por los siguientes:

    - Se permiten cuerpos salientes en 3 metros de altura y 1,8 de ancho sobre la línea oficial de conformidad a lo establecido en el artículo 2.7.1 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. - Se permiten cuerpos salientes en 2,5 metros de altura sobre el antejardín, de conformidad a lo establecido en el artículo 2.7.11 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

    d) Modifícase en el artículo 12° el Cuadro correspondiente a la zona ZM - 1, como sigue:

    - Reemplázase en el campo "Usos de Suelo", fila "bodegaje y talleres" la frase "Permitido solo talleres Inofensivos y molestos con *1" por la frase "Permitido solo talleres Inofensivos."
    - Modifícase el campo "Condiciones de Subdivisión y Edificación" por el siguiente:

   

    e) Modifícase en el artículo 12º el cuadro correspondiente a la zona ZM - 2, como sigue:

    - Reemplácese en el campo "condiciones de subdivisión y edificación", fila "sistema de agrupamiento"; la palabra "Aislado" por la frase "Aislado, pareado y continuo".
    - Reemplácese en el campo "condiciones de subdivisión y edificación", fila "Altura máxima de continuidad"; la frase "no se permite" por el guarismo 10,5 m.
    - Reemplázase en el campo "condiciones de subdivisión y edificación", fila "porcentaje máximo de continuidad", la frase "porcentaje máximo de continuidad" por la frase "profundidad de la edificación continua". Así mismo, reemplácese en dicha fila la frase "No se permite" por el guarismo "50%".

    f) Modifícase en el artículo 12º el cuadro correspondiente a la zona ZM - 3, como sigue:

    - Reemplázase en el campo "condiciones de subdivisión y edificación", fila "Altura máxima de continuidad", la frase "No se permite" por el guarismo 10,5 m.
    - Reemplázase en el campo "condiciones de subdivisión y edificación", fila "porcentaje máximo de continuidad", la frase "porcentaje máximo de continuidad" por la frase "profundidad de la edificación continua". Así mismo, reemplácese en dicha fila la frase "No se permite" por el guarismo "50%".
    - Reemplácese en el campo "condiciones de subdivisión y edificación", fila "sistema de agrupamiento"; la palabra "Aislado" por la frase "Aislado, pareado y continuo".

    g) Modifícase en el artículo 12° el cuadro correspondiente a la zona ZM - 4, como sigue:

    - Reemplázase en el campo "Usos de Suelo", fila "bodegaje y talleres" la frase "Permitido solo talleres Inofensivos y molestos con *1" por la frase "Prohibido".

    h) Modifícase en el artículo 12° el cuadro correspondiente a la zona ZH - 1, como sigue:

    - Reemplázase en el campo "Usos de Suelo", fila "comercio" la frase "Permitido, para estaciones de servicios automotor y discotecas con *2" por la frase "Permitido excepto discotecas".

    i) Modifícase en el artículo 12° el cuadro correspondiente a la zona ZH - 5, como sigue:

    - Reemplázase en el campo "Usos de Suelo", fila "bodegaje y talleres", la frase "Permitido inofensivo y molesto" por la frase "Permitido Inofensivos."

    j) Modifícase en el artículo 12° el cuadro correspondiente a la zona ZH - 7, como sigue:

    - Reemplázase en el campo "condiciones de subdivisión y edificación", fila "Altura máxima de edificación", el guarismo "12.5 m" por el guarismo "7.5 m".
    - Reemplázase en el campo "condiciones de subdivisión y edificación", fila "sistema de agrupamiento", las frases "Aislado para vivienda en altura/Aislado y pareado para vivienda en extensión y otros usos." por las palabras "Aislado, pareado, continuo".
    - Reemplázase en el campo "condiciones de subdivisión y edificación", fila "altura máxima de continuidad", la frase "No se permite" por el guarismo "3,5 m".
    - Reemplázase en el campo "condiciones de subdivisión y edificación", fila "porcentaje máximo de continuidad", la frase "porcentaje máximo de continuidad" por la frase "profundidad de la edificación continua". Así mismo, reemplácese la frase "No se permite" por el guarismo "50%".
    - Reemplázase en el campo "condiciones de subdivisión y edificación", fila "antejardín mínimo"; el guarismo "3" por el guarismo "2".

    k) Modifícase en el artículo 12º el cuadro correspondiente a la zona ZH - 10, como sigue:

    - Reemplázase en el campo "condiciones de subdivisión y edificación", fila "adosamiento", la frase "no se permite" por la frase "se permite".

    l) Modifícase en el artículo 12°, el cuadro correspondiente a la zona ZE - 1, como sigue:

    - Reemplázase en el campo "uso de suelo", fila "residencial", la frase "Prohibido, excepto vivienda complementaria a la actividad" por la frase "Prohibido, excepto hospedaje".

    m) Modifícase en el artículo 12º, el cuadro correspondiente a las zonas ZE - 2, como sigue:

    - Reemplázase en el campo "condiciones de subdivisión y edificación", fila "condiciones especiales", la frase "No se contempla" por la frase "Se deberán considerar estudios de riesgo de conformidad a lo establecido en artículo 7 de esta Ordenanza."
    - Reemplázase en el campo "Usos de Suelo", fila "deporte" la frase "Permitido excepto estadios, centros y clubes deportivos, gimnasios, saunas y baños turcos." por la frase "Permitido excepto estadios."

    n) Modifícase en el artículo 12º, el cuadro correspondiente a la zona ZE - 3, como sigue:

    - Reemplázase en el campo "condiciones de subdivisión y edificación", fila "condiciones especiales", la frase "No se contempla" por la frase "Se deberán considerar estudios de riesgo de conformidad a lo establecido en artículo 7 de esta Ordenanza."

    3) Publíquese en el Diario Oficial de la República.



    Anótese, comuníquese y en su oportunidad, archívese.- Audito Retamal Lazo, Alcalde.-Renzo Riffo Lillo, Secretario Municipal.