RECTIFICA DECRETO ALCALDICIO N° 120, DE 2019

    Concón, 25 de enero de 2019.- Esta Alcaldía decretó hoy lo que sigue:
    Núm. 198.

    Vistos:

    1.- El decreto alcaldicio N° 120, de fecha 18 de enero de 2019, que ordena restablecer definitivamente en todos sus términos los efectos del Permiso de Edificación N° 7, de fecha 10 de enero de 2011, del Director de Obras de esta I. Municipalidad de Concón, por haberse perfeccionado la Evaluación Ambiental del Proyecto Hotel Punta Piqueros a través del correspondiente Estudio de Impacto Ambiental.

    Considerando:

    1.- Que, se constató la existencia de errores en el decreto alcaldicio antes citado, específicamente en su visto N° 7, relativo a la fecha de la resolución N° 322, del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Valparaíso, correspondiendo a fecha 2 de septiembre del año 2014, y no del año 2015, como se individualizaba. Así como también, en la parte resolutiva N° 2, en forma errónea se indica que se levanta la paralización temporal ordenada por el decreto alcaldicio N° 2.297, de fecha 27 de mayo de 2013, debiendo ordenarse el levantamiento de la paralización dispuesta por el decreto alcaldicio N° 2.822, de fecha 5 de diciembre de 2016.

    Decreto:

    1.- Rectífiquese el decreto alcaldicio N° 120, de fecha 18 de enero de 2019, en el siguiente sentido:

    Visto N° 7:

    Donde dice: "Sentencia del Segundo Tribunal Ambiental de Santiago, Causa Rol N° 86-2015, que retrotrajo la Calificación Ambiental favorable obtenida, y resolvió dejar sin efecto la resolución N° 322, de fecha 2 de septiembre 2015".
    Debe decir: "Sentencia del Segundo Tribunal Ambiental de Santiago, Causa Rol N° 86-2015, que retrotrajo la Calificación Ambiental favorable obtenida, y resolvió dejar sin efecto la resolución N° 322 de fecha 2 de septiembre 2014".

    Decreto N° 2:

    Donde dice: "Levantar la paralización temporal de las obras de construcción y edificación del Proyecto Hotel Punta Piqueros decretada en el número 2.- del decreto alcaldicio N° 2.297 de fecha 27 de mayo de 2013".
    Debe decir: "Levantar la paralización temporal de las obras de construcción y edificación del Proyecto Hotel Punta Piqueros decretada en el número 2.- del decreto alcaldicio N° 2.822 de fecha 5 de diciembre de 2016".

    2.- Notifíquese, por medio de Secretaría Municipal, el contenido del presente decreto alcaldicio al Representante Legal de la Inmobiliaria Punta Piqueros S.A.
    3.- Publíquese el presente decreto alcaldicio a través de una inserción en el Diario Oficial, atendido lo dispuesto en el artículo 48 de la ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, a costa del titular del permiso de edificación.



    Anótese, comuníquese y archívese.- Óscar Sumonte González, Alcalde.- Secretaria Municipal.