Artículo 6º: Intercálese después del artículo 54 un nuevo artículo 55, y reenumérense los artículos posteriores a este, en forma consecutiva en la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de Huechuraba, incorpórese la nueva zona ZH10 Residencial (altura media), con las siguientes normas urbanísticas:

    Artículo 55: Zona ZH10 Residencial (altura media)
   
    a. Condiciones de uso de suelo:

    a.1 Usos permitidos: Residencial; Equipamiento de la clase: Científico, Comercio, Culto y Cultura, Deporte, Educación, Esparcimiento, Salud, Servicios, Social, y Área verde.
    a.2 Usos prohibidos: Discotecas, Quintas de recreo, Hosterías, Moteles, Hospederías residenciales, Locales destinados exclusivamente a la venta de bebidas alcohólicas, Juegos electrónicos, estaciones o Centros automotriz, venta de combustible, lavados de autos, terminales de locomoción colectiva, planta de revisión técnica, bodegas de todo tipo, industrias y talleres molestos e inofensivos, y todos los no mencionados como permitidos.

    b. Condiciones de subdivisión y edificación:

    b.1 Superficie de subdivisión predial mínima: 400 m²
    b.2 Coeficiente de constructibilidad: 1,8
    b.3 Coeficiente de ocupación de suelo: 0,6
    b.4 Sistema de Agrupamiento: aislado
    b.5 Altura máxima de edificación: 16 metros (6 pisos)
    b.6 Antejardín: 5 metros.
    b.7 Estacionamientos: Aquellos señalados en el artículo 31 de la presente ordenanza.
    b.8 Densidad bruta máxima: 550 Hab/ha.