REGLAMENTO QUE MODIFICA LA PLANTA DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE HIJUELAS

    Núm. 1.- Hijuelas, 4 de diciembre de 2018.

    Vistos:

    1. La Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades;
    2. El DFL Nº 28-19.280 de 1994 del Ministerio del Interior, que modifica la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y Establece Normas sobre plantas de personal de las Municipalidades;
    3. Lo previsto en la ley 19.321 de fecha 06-08-1994, del Ministerio del Interior, que otorga al Presidente de la República un nuevo plazo de 60 días a contar de la fecha de su publicación, para hacer uso de las facultades establecidas en el artículo 2 de la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades;
    4. Decreto alcaldicio Nº 1.344 de fecha 10-10-1994, que Encasilla al Personal de la Municipalidad de Hijuelas en conformidad a lo señalado en el DFL Nº 28-19.280 de 1994;
    5. Decreto alcaldicio Nº 1/3436 de fecha 06-12-2016, mediante el cual asume funciones como Alcaldesa Titular de la Municipalidad de Hijuelas, doña Verónica Rossat Arriagada, en virtud de las facultades que le confiere la Ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones posteriores;
    6. Lo señalado en la ley 19.602 de fecha 25-03-1999, del Ministerio del Interior, que modifica la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades en materias de Gestión Municipal;
    7. Lo indicado en la Ley 20.033 de fecha 01-07-2005, que modifica la ley 17.235 sobre Impuesto territorial, el decreto ley Nº 3063, sobre Rentas Municipales, la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y faculta a las municipalidades para otorgar condonaciones que indica;
    8. Lo previsto en la Ley 19.777 de fecha 05-12-2001, del Ministerio del Interior y/o Ley Nº 20.554 de fecha 23-01-2012 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, ambas que crean Juzgados de Policía Local en las comunas que señala;
    9. Decreto alcaldicio Nº 323 de fecha 30-03-1999, mediante el cual se crea el cargo de Administrador Municipal, Escalafón Directivo, Grado 7;
    10. Decreto alcaldicio Nº 2001 de fecha 12-12-2001, mediante el cual se crea el cargo de Juez de Policía Local de Hijuelas, Directivo, Grado 7º;
    11. Decreto alcaldicio Nº 1/1769 de fecha 13-06-2016, que crea el cargo Secretario Abogado del Juzgado de Policía Local en la Planta Municipal, Profesional, Grado 9º;
    12. Lo señalado en la Ley 20.742 de fecha 01-04-2014 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que perfecciona el rol fiscalizador del Concejo, fortalece la transparencia y probidad en las municipalidades, crea cargos y modifica normas sobre personal y finanzas municipales;
    13. Decreto exento Nº 1.734 de fecha 25-04-2014 que crea la Unidad de Administración y Finanzas, en la Planta Directivo Grado 8º;
    14. Decreto exento Nº 4.516 de fecha 13-11-2014 que asigna Grado 8º a quien ocupe el cargo de Director de la Unidad de Desarrollo Comunitario;
    15. Decreto exento Nº 4.517 de fecha 13-11-2014 que asigna Grado 8º a quien ocupe el cargo de Director de la Secretaría Comunal de Planificación;
    16. Decreto exento Nº 5.167 de fecha 30-12-2014 que crea la Unidad de Secretaría Municipal y asigna Grado 8º en Escalafón Directivo;
    17. Reglamento Nº 1.740 de fecha 04-06-2012 Aprueba Reglamento de Funcionamiento Interno de la Municipalidad de Hijuelas;
    18. Decreto alcaldicio Nº 1/3725 de fecha 29-12-2016 que Aprueba Reglamento sobre Concursos Públicos de la Municipalidad de Hijuelas;
    19. Lo previsto en la Ley 20.922 de fecha 25-05-2016 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que Modifica disposiciones aplicables a los funcionarios municipales y entrega nuevas competencias a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo;
    20. Decreto alcaldicio Nº 1/1770 de fecha 13-06-2016 que reconoce derecho a percibir la Asignación Profesional al personal de planta de la municipalidad de Hijuelas, de acuerdo al artículo 1 de la ley Nº 20.922;
    21. Decreto alcaldicio Nº 1/1771 de fecha 13-06-2016 que reconoce el derecho a percibir Asignación Directivo-Jefatura al personal de planta de la Municipalidad de Hijuelas, de acuerdo al artículo undécimo transitorio de la ley Nº 20.922;
    22. Decreto alcaldicio Nº 1/1772 de fecha 13-06-2016 que aumenta grado a funcionarios según lo establecido en el artículo primero transitorio de la ley Nº 20.922;
    23. Decreto alcaldicio Nº 1/090 de fecha 04-01-2017 que aumenta grado a funcionarios según lo establecido en el artículo segundo transitorio de la ley Nº 20.922;
    24. Lo indicado en la Ley 20.965 de fecha 04-11-2016 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que Permite la creación de consejos y planes comunales de seguridad pública; 25. Decreto alcaldicio Nº 1/439 de fecha 06-02-2017 que crea el cargo de Director de Seguridad Pública, en Planta Directivo Grado 10º;
    26. Lo dispuesto en el decreto Nº 1.675 de 2016, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que aprueba el reglamento que regula el procedimiento para establecer la categoría en que se ubicarán las municipalidades del país para efectos de determinar el rango de grados que corresponde asignar al cargo de alcalde dentro de la planta municipal respectiva y la resolución exenta Nº 5.185, de fecha 14 de mayo de 2018, de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, que deja constancia de las categorías en que se ubican las municipalidades del país y del rango de grados de remuneraciones que corresponde asignar a los respectivos alcaldes en la correspondiente planta de personal, en cumplimiento del artículo 5º del decreto Nº 1.675, de 2016, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública;
    27. Los decretos alcaldicios Nº 629 de fecha 02-03-2017 y Nº 3232 de fecha 29-10-2018 que adecua la planta municipal de la Municipalidad de Hijuelas;
    28. Dictamen Nº 17.773 de fecha 13 de julio de 2018, de la Contraloría General de la República que impartió instrucciones en relación con el ejercicio de la facultad para fijar o modificar las plantas de personal de las municipalidades;
    29. Decreto alcaldicio Nº 2/3038 de fecha 09-10-2018 que conforma el Comité Bipartito que será consultado para la fijación y/o modificación de la Planta de Personal de la Municipalidad de Hijuelas;
    30. El Certificado suscrito con fecha 13-11-2018, por el Director de Administración y Finanzas y Director de Control, que da cuenta del límite de gasto en personal vigente a la fecha del presente Reglamento y de la disponibilidad presupuestaria del Municipio de Hijuelas, al tenor de lo establecido por el artículo 49 bis, numerales 1 y 2 de la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, introducidos por la ley 20.922;
    31. El certificado Nº 328 de fecha 03-12-2018, emitido por el Secretario Municipal de Hijuelas que da cuenta que en Sesión de Concejo Municipal Acta Nº 1480 de fecha 16-11-2018 fue presentada la propuesta de Planta de Personal por el Comité Bipartito Municipal, al tenor de lo previsto en el artículo 49 bis Nº 5 de la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades;
    32. El certificado Nº 329 de fecha 03-12-2018, emitido por el Secretario Municipal de Hijuelas que da cuenta que en la Sesión de Concejo Municipal Acta Nº 246 de fecha 20-11-2018 el Honorable Concejo Municipal adoptó los siguientes acuerdos: 1) Por Unanimidad de sus miembros Aprobó la Propuesta de Planta de Personal presentada por la Alcaldesa doña Verónica Rossat Arriagada, y 2) Por unanimidad de sus miembros aprobó Reglamento Municipal que contiene Planta de Personal.

    Considerando:

    1. Que, las facultades otorgadas por la ley Nº 20.922, indican el límite de gastos en personal vigente;
    2. Que, la Municipalidad de Hijuelas ha realizado el cálculo de la disponibilidad presupuestaria y su proyección, tomando en cuenta los ingresos propios y el gasto en personal de los tres años precedentes al proceso de fijación y/o modificación de las plantas;
    3. Que según consta en Certificado suscrito por los Directores de Finanzas y Control con fecha 21-11-2018, la Municipalidad de Hijuelas, conforme a lo establecido en el artículo 49 bis de la ley Nº 20.922, crea un total de doce (12) cargos, de los cuales 9 corresponden al 75% de profesionales o técnicos y 3 corresponden al 25% de administrativos.
    4. Que según consta de Certificado suscrito por los Directores de Finanzas y de Control, la Municipalidad cuenta con disponibilidad presupuestaria para poder hacer uso de la facultad que confiere el artículo 49 bis de la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades;
    5. Que el Director de la Unidad de Administración y Finanzas ha emitido el Certificado del límite de gastos en personal de fecha 13-11-2018;
    6. Que se cuenta con el Escalafón de Mérito actualizado según lo señala el decreto alcaldicio Nº 1/1265 de fecha 19 de abril de 2018, ello, según lo disponen los artículos 49 y 50 de la ley 18.883;
    7. Que, se han realizado reuniones y consultas al Comité Bipartito integrado por representantes de los funcionarios municipales y por representantes del alcalde;
    8. Que, para los efectos de la carrera funcionaria, cada municipalidad sólo podrá tener las siguientes plantas de personal: de Directivos, de Profesionales, de Jefaturas, de Técnicos, de Administrativos y de Auxiliares y dichas plantas municipales tendrán las siguientes posiciones relativas:

    Alcalde        del grado 1 al 6
    Directivos      del grado 3 al 10
    Profesionales  del grado 5 al 12
    Jefaturas      del grado 7 al 12
    Técnicos        del grado 9 al 17
    Administrativos del grado 11 al 18
    Auxiliares      del grado 13 al 20.

    Resuelvo:


    Artículo 1: Créanse los cargos que se señalan:

   

    Artículo 2: En razón de la creación del respectivo cargo directivo, suprímanse los siguientes cargos: a) Jefe de Rentas, Jefatura grado 12º; b) Jefe de Departamento Administración y Finanzas grado 9º; c) Jefatura Secretario Municipal grado 8º.


    Artículo 3:  En atención a lo previsto en el artículo 48 de la Ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades que establece que: ''En el sistema legal de remuneración de las municipalidades se procurará aplicar el principio de que a funciones análogas, que importen responsabilidades semejantes y se ejerzan en condiciones similares, se les asignen iguales retribuciones y demás beneficios económicos", y dando cumplimiento al Instructivo Nº 17.773 de 13 de julio de 2018, de Contraloría General de la República que impartió instrucciones en relación con el ejercicio de la facultad para fijar o modificar las plantas de personal de las municipalidades, modifíquense los Grados y Cargos que se describen a continuación:

   

    Artículo 4: Establézcase la Planta de Personal de la Ilustre Municipalidad de Hijuelas.

   

    Artículo 5: Fíjense los siguientes requisitos específicos para los siguientes cargos:

   

    Artículo 6:  El presente Reglamento Municipal entrará en vigencia el 1 de enero del año siguiente al de su publicación en el Diario Oficial.


    Artículo 7:  La aplicación del encasillamiento de la Ilustre Municipalidad de Hijuelas deberá ejercerse dentro de los ciento ochenta días siguientes a la entrada en vigencia del reglamento municipal que modifique o fije la planta respectiva.


    Anótese, tómese razón por parte de la Contraloría General de la República, comuníquese y publíquese en su oportunidad.- Verónica Rossat Arriagada, Alcaldesa.- Carlos Campos Vicencio, Secretario Municipal.


    CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
    CONTRALORÍA REGIONAL DE VALPARAÍSO
    Unidad Jurídica

    Cursa con alcances el reglamento Nº 1, de 2018, de la Municipalidad de Hijuelas

    Nº 13.755.- Valparaíso, 21 de diciembre de 2018.

    Esta Contraloría Regional ha dado curso al documento del epígrafe, que aprueba el reglamento de planta de personal regido por la ley Nº 18.883, de la Municipalidad de Hijuelas, por cuanto se ajusta a derecho.
    Sin perjuicio de lo anterior, deben hacerse presente las siguientes circunstancias:

    1.- El cargo directivo genérico grado 8, previsto en la planta establecida en el decreto con fuerza de ley Nº 28-19.280, de 1994, del entonces Ministerio del Interior, ha sido modificado, pasando a denominarse "Director de Control".
    2.- Los cargos profesionales genéricos grados 10 y 11, contemplados en el apuntado decreto con fuerza de ley, han sido modificados, pasando a denominarse "Profesional Arquitecto o Constructor Civil" y "Profesional Asistente Social", respectivamente.
    3.- El requisito específico establecido en el artículo 5º del reglamento en estudio, para los cargos profesionales grado 10 que se crean, se entiende referido a dos de dichas plazas.

    Todo lo anterior, de acuerdo a lo expresado en el certificado Nº 353, de fecha 21 de diciembre de 2018, suscrito por la alcaldesa de esa entidad edilicia y por el secretario municipal subrogante de esa misma corporación.
    Con los alcances que anteceden, se ha dado curso al instrumento del epígrafe.

    Saluda atentamente a Ud., Contralor Regional Subrogante, Contraloría Regional de Valparaíso, Contraloría General de la República.

    A la señora
    Alcaldesa de la Municipalidad de Hijuelas
    Hijuelas.