FIJA PLANTA DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLARRICA
    Núm. 21.- Villarrica, 20 de diciembre de 2018.
    Vistos y teniendo presente:
    1. La Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
    2. La Ley N° 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales.
    3. El decreto con fuerza de ley N° 292-19.321, publicado en el Diario Oficial de fecha 27 de septiembre de 1994, que adecua, modifica y establece planta de personal de la Municipalidad de Villarrica.
    4. El Reglamento N° 1.675, de fecha 15 de noviembre de 2016, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que regula el procedimiento para establecer la categoría en que se ubicarán las municipalidades del país, para efectos de determinar el rango de grados que corresponde asignar al cargo de Alcalde, dentro de la Planta Municipal respectiva.
    5. La resolución N° 5.185, de fecha 14 de mayo de 2018, de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, que establece las categorías en que han sido clasificados los municipios del país, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo transitorio del decreto N° 1.675 de 2016.
    6. El Reglamento N° 14, de fecha 20 de septiembre de 2012, que aprueba el "Texto Refundido, Coordinado, Sistematizado y Actualizado del Reglamento de Estructura, Funciones y Coordinación de la Municipalidad de Villarrica".
    7. El decreto alcaldicio N° 255, de fecha 22 de agosto de 2016, que modifica los grados al personal a contrata que indica.
    8. El decreto alcaldicio N° 256, de fecha 22 de agosto de 2016, que encasilla al personal municipal de planta en los grados que indica.
    9. El Reglamento N° 17, de fecha 23 de noviembre de 2017, que aprueba el Reglamento de concursos públicos para la Municipalidad de Villarrica.
    10. El decreto alcaldicio N° 7, de fecha 9 de enero de 2018, que encasilla al personal municipal de planta en los grados que indica.
    11. El decreto alcaldicio N° 8, de fecha 9 de enero de 2018, que modifica los grados al personal a contrata que indica.
    12. El decreto alcaldicio N° 12, de fecha 9 de enero de 2018, que constituye el Comité Bipartito Municipal para el proceso de las nuevas plantas de personal.
    13. El decreto alcaldicio N° 149, de fecha 28 de mayo de 2018, que aprueba el escalafón de mérito del personal municipal para el año 2018.
    14. El decreto alcaldicio N° 155, de fecha 31 de mayo de 2018, que aprueba la Política de Recursos Humanos de la I. Municipalidad de Villarrica.
    15. El certificado de la Dirección de Administración y Finanzas y de la Dirección de Control Municipal que certifica el límite de gasto de personal para la aplicación del presente Reglamento.
    16. El certificado N° 266, de fecha 20 de noviembre de 2018, del Sr. Secretario Municipal donde se indica la aprobación del presente reglamento por parte del Concejo Municipal, obtenida en sesión ordinaria N° 68, de fecha 9 de octubre de 2018.
    17. El certificado N° 293, de fecha 20 de diciembre de 2018, donde se indica la adecuación del reglamento de la Planta Municipal, en las partes específicas que se señalan en la respectiva acta de sesión extraordinaria N° 18, de la misma fecha.
    18. El certificado del Sr. Secretario del Tribunal Electoral de la Región de la Araucanía donde consta que no existieron presentaciones por parte de algún Concejal Municipal en contra de la aprobación del presente reglamento.
    Dicto lo siguiente:
    REGLAMENTO QUE FIJA LA NUEVA PLANTA DE PERSONAL PARA LA MUNICIPALIDAD DE VILLARRICA
    1.- Fíjese la planta de personal de la ilustre Municipalidad de Villarrica, como se indica a continuación:

    2.- Fíjense los siguientes requisitos específicos para el desempeño de los cargos que se detallan a continuación:


    3.- El presente Reglamento municipal entrará en vigencia desde el 1 de enero de 2019.
    4.- La aplicación de los encasillamientos del personal municipal deberá ejercerse dentro de los ciento ochenta días siguientes a la entrada en vigencia del presente reglamento. En caso de que procediere la realización de concursos públicos, estos deberán efectuarse en el plazo de un año contado desde la citada fecha.
    5.- A contar de la fecha de vigencia del presente reglamento queda sin efecto la planta del personal de la I. Municipalidad de Villarrica aprobado por el DFL 292-19324, de 1994.



NOTA
      La Rectificación publicada el 04.01.2019, modifica el numeral 1 de la presente norma respecto al numero de cargos y grados de la planta de profesionales y jefaturas de la Municipalidad de Villarica de la manera que indica.
    Anótese, tómese razón por parte de la Contraloría General de la República, comuníquese y publíquese.- Gianina Rojas Zanelli, Alcaldesa (S).- Néstor Burgos Riquelme, Secretario Municipal.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DE LA ARAUCANÍA
Unidad Jurídica
    Cursa con alcance el reglamento N° 21, de 2018, de la Municipalidad de Villarrica
    Nº 7.443.- Temuco, 20 de diciembre de 2018.
   
    Esta Entidad de Control ha dado curso al instrumento del rubro, a través del cual se fija la nueva planta de personal de la Municipalidad de Villarrica, por cuanto se ajusta a derecho, sin perjuicio de señalar que en el ejercicio de implementar las adecuaciones necesarias para adaptar la organización interna de dicha entidad edilicia al establecimiento y funcionamiento de los nuevos cargos creados en virtud del reglamento de que se trata -en especial los nominados en las plantas de directivos, profesionales y jefaturas-, ese municipio deberá dar estricto cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 31 de la ley N° 18.695, en especial lo indicado en sus incisos segundo, tercero y cuarto, incorporados por el artículo 4°, N° 4, de la ley N° 20.922.
    Además, el cargo directivo grado 6, "Director de Unidad de Desarrollo Local", debe entenderse nominado de dicha forma, y no como se designa en el punto 2° del reglamento en estudio.
    La misma situación se da respecto del Director de Medio Ambiente, Aseo y Ornato, denominación que es atingente a dicho cargo, según el punto 1° del reglamento de que se trata, y no como se explicitó en el citado punto 2° del mismo.
    Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo de la especie.
    Saluda atentamente a Ud., Rafael Díaz-Valdés Tagle, Contralor Regional de la Araucanía, Contraloría General de la República.
    Al señor
    Alcalde
    Municipalidad de Villarrica
    Villarrica.