FIJA LA PLANTA DEL PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE PROVIDENCIA
    Núm. 196.- Providencia, 18 de diciembre de 2018.

    Vistos:
    Decreto con fuerza de ley N° 49 publicado el 4 de septiembre de 1981, fijándose la planta municipal; el decreto con fuerza de ley N° 6-19280 de 1994, del entonces Ministerio del Interior, que adecua, modifica y establece la planta de personal de la Municipalidad de Providencia en actual vigencia; la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades; el decreto con fuerza de ley N° 19.602 de 2000, del Ministerio del Interior; la ley N° 20.033, que modifica la ley N° 17.235, sobre impuesto territorial; el decreto ley N° 3.063, sobre rentas municipales; la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y faculta a las municipalidades para otorgar condonaciones que indica; la ley N° 20.742, que perfecciona el rol fiscalizador del Concejo, fortalece la transparencia y probidad en las municipalidades, crea cargos y modifica normas sobre personal y finanzas municipal; la ley N° 20.922, que modifica disposiciones aplicables a los funcionarios municipales y entrega nuevas competencias a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo; la ley N° 20.965, que permite la creación de consejos y planes comunales de seguridad pública; y el decreto N° 1.675, de 2016, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que aprueba el reglamento que regula el procedimiento para establecer la categoría en que se ubicarán las municipalidades del país, para efectos de determinar el rango de grados que corresponde asignar el cargo de alcalde dentro la planta municipal respectiva; y las facultades del artículo 49 bis, 49 ter, 49 quáter, 49 quinquies, artículo 63 letra i), de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y
    Considerando:
    1.- La necesidad de fijar las plantas del personal de la municipalidad estableciendo el número de cargos para cada planta y fijar sus grados, en conformidad a la ley N° 20.922, que modifica la ley N° 18.695 respecto a las disposiciones aplicables a los funcionarios municipales y entrega nuevas competencias a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo.
    2.- La facultad establecida en la letra a) del artículo 49 ter de la ley N° 18.695, en virtud de la cual es posible variar los grados de ingreso a las distintas plantas. Que, conforme a lo anterior, los funcionarios que tenían los grados que no existieren en la nueva planta, se deberán encasillar en el último grado que se consulte en la nueva planta; situación que acontece en el caso de las plantas de auxiliares, técnicos y administrativos, respecto de las cuales, el grado de ingreso quedó establecido en 14°.
    En virtud de lo señalado en el presente considerando, se suprime un total de 9 cargos en el estamento Técnico, de los cuales 4 pasan a grado 14°, y 5 se eliminan; en el estamento Administrativo se suprime un total de 30 cargos, de los cuales 29 pasan a grado 14°, y 1 se elimina; y en el estamento de Auxiliares se suprime un total de 86 cargos, de los cuales 36 pasan a grado 14°, y 50 se eliminan; lo que se debe tener presente para efectos del artículo 1°, letra a) del presente Reglamento.
    3.- Lo establecido en el inciso segundo de la letra g) del artículo 21 de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, que establece el cargo de asesor urbanista; cargo cuyas funciones, de acuerdo a la planta establecida en el presente reglamento, serán realizadas por el Jefe de Departamento de Asesoría Urbana.
    4.- Lo previsto en el número 4 del inciso tercero del artículo 49 bis de la ley N° 18.695, en orden a que en caso que se incremente el número total de cargos en la planta de personal, a lo menos un 75% (setenta y cinco por ciento) de los nuevos cargos que se creen, deberán requerir título profesional o técnico. Porcentaje que en esta propuesta se cumple respecto de los nuevos cargos que se incrementan.
    5.- El decreto AR. N° 101 de 27 de mayo de 1994, que encasilla a partir del 1° de enero de 1994, al personal de la Municipalidad de Providencia, en actual servicio a la fecha del DFL señalado en los vistos, en plantas, cargos y grados.
    6.- La ley N° 19.602, con fecha de publicación de 25 de marzo de 1999, que modifica la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, en materias de gestión municipal, otorgando la facultad de crear por el solo ministerio de la ley, un Administrador Municipal.
    7.- El decreto alcaldicio AR. N° 87 de 27 de febrero de 2009, que nombra a contar del 1° de marzo de 2009, un Administrador Municipal en grado 3°, en la planta de Directivos.
    8.- La ley N° 19.777 con fecha de publicación de 5 de diciembre de 2001, que crea el Tercer Juzgado de Policía Local para ejercer en esta comuna.
    9.- El decreto alcaldicio AR. N° 89 de 29 de mayo de 2002, que nombra a contar del 1° de junio de 2002, al Juez del Tercer Juzgado de Policía Local en grado 3°, en la planta de Directivos.
    10.- El decreto alcaldicio AR. N° 13 de 4 de febrero de 2003, que nombra a contar del 4 de febrero de 2003, al Secretario del Tercer Juzgado de Policía Local en grado 5°, en la planta de Profesionales.
    11.- El decreto alcaldicio AR. N° 494 de 11 de julio de 2016, que adecúa la planta y escalafones del personal de la Municipalidad de Providencia, en las plantas Técnica, Administrativa y Auxiliares, entre los grados 10° y 20°, a contar del 1° de enero de 2016, de conformidad a lo establecido en los artículos 1° y 4° transitorio de la ley N° 20.922.
    12.- El decreto alcaldicio AR. N° 562 de 10 de agosto de 2016, que modifica el punto N° 1.1 del decreto alcaldicio AR. N° 494 de 11 de julio de 2016, en el sentido de reemplazar los cuadros de la Planta Técnica y de Administrativos del punto N° 1.1.1.
    13.- El decreto alcaldicio AR. N° 1.141 de 30 de noviembre de 2016, que modifica el decreto alcaldicio AR. N° 494 de 11 de julio de 2016.
    14.- El decreto alcaldicio AR. N° 22 de 23 de enero de 2017, que adecúa la planta y escalafones del personal de la Municipalidad de Providencia, en las plantas Técnica, Administrativa y Auxiliares, entre los grados 15° y 20°, a contar del 1° de enero de 2017, de conformidad a lo establecido en los artículos 2° y 4° transitorio de la ley N° 20.922.
    15.- El decreto alcaldicio Ex. CGR N° 9.275 de 2 de octubre de 2017, que modifica el punto N° 1.1.1 del decreto alcaldicio AR. N° 22 de 23 de enero de 2017, en el sentido de sustituir el cuadro de la Planta de Administrativos.
    16.- El decreto alcaldicio Ex. CGR N° 14.393 de 29 de diciembre de 2017, que modifica el punto N° 1.1.1 del decreto alcaldicio AR. N° 22, de 23 de enero de 2017, en el sentido de sustituir el cuadro de la Planta de Administrativos.
    17.- El decreto alcaldicio Ex. CGR N° 9.872 de 20 de octubre de 2017, que modifica el punto N° 1.1.1 del decreto alcaldicio AR. N° 22 de 23 de enero de 2017, en el sentido de sustituir el cuadro de la Planta de Auxiliares.
    18.- El memorándum N° 29.132 de 14 de noviembre de 2018, que aclara el contenido del decreto alcaldicio Ex. CGR N° 9.872 de 20 de octubre de 2017.
    19.- La resolución exenta N° 9.380 de 26 de julio de 2017, de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, que establece las categorías en que han sido clasificados los municipios del país de acuerdo a lo dispuesto en el artículo transitorio del decreto N° 1.675 de 2016, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
    20.- El Certificado de Disponibilidad Presupuestaria, conforme al artículo 2°, inciso final de la ley N° 18.883, donde certifica el límite de gasto vigente, y de acuerdo a lo establecido en el artículo 49 bis, numerales 1 y 2 de la ley N° 18.695, la disponibilidad presupuestaria.
    21.- El escalafón de mérito del personal actualizado, conforme lo dispuesto en los artículos 49 y 50 de la ley N° 18.883.
    22.- El oficio N° 1.096 del 1 de febrero de 2018, mediante el cual la Secretario Abogado Municipal remite a la Contraloría General de la República el escalafón de mérito vigente para el año 2018, y la circular N° 1 de 22 de enero de 2018, que pone a disposición de los funcionarios de dicho escalafón entre el periodo del 22 de enero hasta el 5 de febrero, ambas fechas del año 2018.
    23.- El certificado de fecha 14 de noviembre de 2018, mediante el cual se aclara que en el escalafón de mérito vigente para el año 2018 tanto el grado 11 y 33 del estamento Profesional, en las páginas 15 y 16, respectivamente, corresponden a las horas de los Médicos Psicotécnicos.
    24.- El decreto alcaldicio ex. N° 425 de 26 de marzo de 2018, a través del cual se constituyó el Comité Bipartito, para los efectos del artículo 49 bis, numeral cinco de la ley N° 18.695.
    25.- Los decretos alcaldicios ex. N° 574 de 24 de abril, ex. N° 837 de 12 de junio; ex. N° 1.058 de 13 de julio; y ex. N° 1.250 de 29 de agosto, todos de 2018, los que modifican el decreto alcaldicio ex. N° 425 de 26 de marzo de 2018.
    26.- Las Actas del Comité Bipartito N° 19 de 30 de agosto y N° 20 de 14 de noviembre, ambas de 2018.
    27.- El Reglamento N° 169 de 2 de febrero de 2018, que modifica el Reglamento Interno de la Municipalidad de Providencia; y Reglamento N° 185 de 5 de septiembre de 2018, mediante el cual se fija el texto del Reglamento Interno de la Municipalidad de Providencia.
    28.- El Acta de Sesión Ordinaria del Concejo Municipal N° 48, realizada el 1 de febrero de 2018, en el cual mediante Acuerdo N° 365, se aprueba por unanimidad la modificación al Reglamento Interno de la Municipalidad de Providencia, conforme a la cual se crea la Dirección de Personas, y por tanto, justifica la creación del cargo Director de Personas.
    29.- El Acta de Sesión Ordinaria del Concejo Municipal N° 71, realizada el 4 de septiembre de 2018, en el cual mediante Acuerdo N° 543, se aprueba por unanimidad crear las siguientes unidades: Dirección de Atención al Contribuyente, Dirección de Fiscalización, Dirección de Infraestructura, Dirección de Tecnología y Gestión Digital y Dirección de Desarrollo Local, y por tanto, justifica la creación de los cargos de Director de Atención al Contribuyente, Director de Infraestructura, Director de Tecnología y Gestión Digital y Director de Desarrollo Local. Asimismo, se justifica la nominación de un cargo Directivo Grado 3°, a Director de Fiscalización.
    30.- El Acuerdo N° 546 adoptado en Sesión Ordinaria N° 71 de 4 de septiembre de 2018, del Concejo Municipal, que aprueba el Reglamento que Modifica la Planta de la Municipalidad de Providencia.
    31.- Respecto del cargo de Director de Comunicaciones y Director de Barrios y Patrimonio, se justifica su creación, toda vez que, el Reglamento Interno Municipal vigente, establece tales Direcciones, debido a que tanto las comunicaciones, como los barrios y patrimonio, son un eje fundamental en la comuna de Providencia.
    32.- Respecto del cargo de Jefe de Departamento de Presupuesto y Planificación, se justifica su creación, debido a la complejidad de la materia que conlleva el cargo.
    33.- Respecto a la creación de cargos en el estamento de Directivos y Jefaturas, se justifica la creación, debido a las unidades establecidas en el Reglamento Interno vigente.
    34.- Respecto a la creación de cargos en el estamento de Profesionales y Técnicos, se justifica su creación, debido a la necesidad de personal calificado en las unidades establecidas en el Reglamento Interno vigente.
    35.- Respecto a la creación de cargos en el estamento de Administrativos y Auxiliares, se justifica su creación, debido a la necesidad de personal de apoyo en las unidades establecidas en el Reglamento Interno vigente.
    36.- El memorándum N° 29.345 de 16 de noviembre de 2018, de la Administradora Municipal.
    37.- El Acuerdo N° 660 adoptado en Sesión Ordinaria N° 83 de 18 de diciembre de 2018, del Concejo Municipal.
    Reglamento:
    1.- Apruébese el Reglamento que Fija la Planta de Personal de la Municipalidad de Providencia, de conformidad con la propuesta aprobada por el Concejo Municipal a través del Acuerdo N° 660 adoptado en Sesión Ordinaria N° 83 de 18 de diciembre de 2018, texto que comenzará a regir el día 1 de enero del año siguiente a su publicación en el Diario Oficial, y que a continuación se transcribe:
    REGLAMENTO QUE FIJA LA PLANTA DEL PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE PROVIDENCIA

    Artículo 1: De conformidad a lo establecido en el artículo 49° bis de la ley N° 18.695, fíjese la planta del personal de la Municipalidad de Providencia en el siguiente sentido:
    A.- Créanse los cargos que se señalan:
    B.- Suprímanse los cargos que se indican:
    C. - Modifíquense las siguientes nominaciones de cargo:

    Artículo 2: Conforme a la modificación establecida en el artículo precedente, fíjese la planta de personal de la Municipalidad de Providencia:
    Planta Adscrita de Técnicos grado 11:
    Déjese constancia que no se modifica el cargo adscrito grado 11 de la Planta de Técnicos, establecido en el decreto AR. N° 101 de 27 de mayo de 1994.

    Artículo 3: Fíjanse los siguientes requisitos específicos para el desempeño de los cargos que se mencionan:
    2.- Remítase a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo para toma de conocimiento del presente Reglamento.
    3.- Remítase a la Contraloría General de la República para toma de razón.
    4.- Apruébese el presente Reglamento, una vez tramitada totalmente la toma de razón por la Contraloría General de la República, que contiene el Reglamento de Planta de Personal de la Municipalidad de Providencia, de conformidad a lo prescrito en los artículos N° 49 bis y N° 49 quáter, de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, sin perjuicio de su publicación en la página web de la Municipalidad de Providencia.

    Tómese razón y publíquese.- Evelyn Matthei Fornet, Alcaldesa.- María Raquel de la Maza Quijada, Secretario Abogado Municipal.