REGLAMENTO PARA LA FIJACIÓN DE LA NUEVA PLANTA DE FUNCIONARIOS DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE QUEILEN

    Núm. 1.- Queilen, 18 de octubre de 2018.

    Vistos:

    La Ley 18.695/88 Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones; la ley N° 18.883, Estatuto Administrativo de los Funcionarios Municipales; la ley N° 19.130; la ley N° 19.280; la ley N° 19.236; la ley N° 19.280; la ley N° 19.602; la ley N° 20.033; la ley N° 20.554; la ley N° 15.231; la ley N° 20.742; el decreto ley 3.063; la ley N° 20.922; la ley N° 15.076; el Reglamento N° 1.675 del 15/11/16 del Ministerio del Interior que regula la categorización de los Municipios y rangos de grados de los Alcaldes; la resolución exenta N° 9.380 del 26/07/17 del Ministerio del Interior que establece categorías en que han sido clasificados los Municipios y la resolución exenta N° 5.185 del 14/05/18 que deja constancia de las categorías en que se ubican las Municipalidades del país y del rango de grado de remuneraciones que corresponde asignar a los respectivos Alcaldes en la correspondiente planta de personal, y

    Teniendo presente:

    1) El DFL N° 255-19.321 del 08/08/1994 que aprueba la planta de personal regido por la ley 18.883 de la Municipalidad de Queilen.
    2) El decreto afecto N° 17 del 6/12/1994 que encasilla al personal de planta y contrata de la Municipalidad de Queilen, en servicio al 1/1/1994.
    3) El decreto afecto N° 1764 del 12/06/2012, que modifica la planta de personal del Municipio, en virtud de lo indicado en los artículos 9° y 10° de la ley N° 20.554, creándose el cargo de Juez de Policía Local de Queilen y de Secretario Abogado de Juzgado de Policía Local de Queilen.
    4) El decreto afecto N° 16 del 23/10/2014, que modifica la planta de personal de la Municipalidad de Queilen, en virtud de lo dispuesto en la ley N° 20.742, adecuando los grados de los cargos de Director de Administración y Finanzas, Secretario Municipal y Director de Desarrollo Comunitario.
    5) El decreto exento N° 1420 del 16/06/2014, que modifica la planta de personal del Municipio, en virtud del artículo 1 de la ley N° 20.742, creándose en la Planta de Directivos los cargos de Secretaría Comunal de Planificación y Director de Control.
    6) El decreto alcaldicio N° 1769 del 15/07/2016, que encasilla a personal de planta, en conformidad a la ley 20.922.
    7) El decreto Alcaldicio N° 1946 del 1/08/2016, que encasilla a personal de planta y contrata, en conformidad a la ley 20.922.
    8) El decreto alcaldicio N° 132 del 03/01/2017, que en virtud de los señalado en el artículo segundo transitorio de la ley N° 20.922, encasilla a los funcionarios, que en dicho acto se señala. 9) El oficio N° 1480 del 21/11/2018, enviado a la Contraloría Regional de Los Lagos, mediante el cual se envió el Escalafón de mérito del personal de la Municipalidad de Queilen.
    10) El decreto alcaldicio N° 2601 del 29/12/2017, que aprueba la Política de Recursos Humanos para el año 2018.
    11) El oficio N° 17.773 del 13/07/2018 de la Contraloría General de la República, mediante el cual imparte instrucciones para el ejercicio de la facultad de fijar o modificar las plantas de personal de las Municipalidades.
    12) El decreto alcaldicio N° 658 del 8/03/2018, que designa integrantes del Comité Bipartito, para consulta de propuesta de planta de personal.
    13) El Informe del Comité Bipartito de fecha 5/06/2018. En la cual consta la consulta formulada a dicho cuerpo y la propuesta de planta presentada al Alcalde, en concordancia a lo establecido en el artículo 49 bis, número 5 de la ley N° 18.695.
    14) Los Certificados suscritos con fecha 17 octubre de 2018, por el Director de Administración y Finanzas y por el Director de Control, que dan cuenta del límite de gasto de personal vigente a la fecha del presente reglamento y de la disponibilidad presupuestaria de la Municipalidad de Queilen, en los términos establecidos en el artículo 49 bis de la ley N° 18.695 y el artículo 5°, N° 1, letra b) de la ley 20.922.
    15) El Certificado suscrito con fecha 17 de octubre de 2018, por el Director de Administración y Finanzas y por el Director de Control, que da cuenta parte importante de los cargos en que se incrementa la planta de personal, requieren título profesional o técnico, lo cual representa al menos el 75%, que exige la ley N° 18.695 en su artículo 49 bis, punto número 4.
    16) El Certificado de Acuerdos del 18 de octubre de 2018, de la Secretaría Municipal, que acredita que en sesión del 17 de octubre de 2018, el Concejo Municipal aprobó la propuesta de Planta de personal de la Municipalidad de Queilen y el reglamento.

    Reglamento
    Artículo 1:  La situación actual de la planta de personal de la Municipalidad de Queilen contempla los siguientes cargos y grados:

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    Artículo 2: En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° de la ley N° 18.883/89 Estatuto Administrativo para los Funcionarios Municipales, en lo que respecta al grado que debe ser asignado al Alcalde, en base a la categoría en que se encuentren según el total de sus ingresos anuales percibidos o el número de habitantes de la comuna, se utiliza el Reglamento que Regula el Procedimiento para Establecer la Categoría en que se Ubicarán las Municipalidades del País, N° 1.675 de fecha 15 de noviembre de 2016, que conforme a su artículo 4°, determinó por  ingresos o habitantes la categoría N° 1, que define la posición relativa entre el grado 4 y 6 para el Alcalde de la Municipalidad de Queilen.
    Artículo 3: Por lo anterior se resuelve proceder a aumentar el grado del Alcalde, pasando a ser el siguiente: 5°.-
    Artículo 4: En base a la nueva ubicación en la Planta Municipal del Alcalde, conforme a lo dispuesto en la ley N° 20.742 que perfecciona el rol fiscalizador del Concejo Municipal y entrega nuevas responsabilidades a las municipalidades, además de los Dictámenes de Contraloría General de la República N° 81.956 de 2014, 84.772 de 2014, 9.268 de 2015 y 51.847 de 2015, se modifica los grados de los siguientes cargos del Estamento Directivo de la Planta Municipal:

    . PLANTA DIRECTIVA

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    Artículo 5: En cumplimiento al artículo 49 Bis de Ley 18.695 Constitucional Orgánica de Municipalidades, modifíquese la planta de personal de la Municipalidad de Queilen en el siguiente sentido:

    a) Suprímanse los siguientes cargos por encontrarse vacantes:

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    b) Créense los siguientes cargos, aplicando la disposición de que el 75% de los nuevos cargos requieren Título Profesional o Técnico:

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    c) Modifícanse los grados de los cargos que se señalan:

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    Lo anterior, se fundamenta en la necesidad de ajustar o equiparar su nivel remuneratorio al de otras plazas jerárquicamente equivalentes.
    Artículo 6: En síntesis, a contar del año siguiente de la publicación en el Diario Oficial de este Reglamento, esta es la nueva Planta de Funcionarios de la Municipalidad de Queilen:

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    Artículo 7:  En base al inciso final del artículo 8 de la ley N° 18.883/89 Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, se asignan requisitos a los cargos que a continuación se detallan:

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    Artículo 8:  Entiéndase incorporado al presente Reglamento, el acuerdo del Comité Bipartito que consta en informe de fecha 5 de junio de 2018.
    Artículo 9:  Remítase copia del presente Reglamento a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior, en cumplimiento de lo establecido 49 bis, número 8 de la ley N° 18.695.
    Artículo 10:  Remítase el presente Reglamento a la Contraloría General de la República para toma de razón.
    El presente Reglamento entrará en vigencia con posterioridad a la Toma de Razón de la Contraloría General de la República y publicado en el Diario Oficial.
    La vigencia se hará efectiva el año siguiente a su publicación en el Diario Oficial.
    Artículo 11: El Municipio tendrá un plazo de 180 días para encasillar al personal de planta y contrata, desde la fecha de entrada en vigencia del presente Reglamento.
    Artículo 12: A contar de la fecha de entrada en vigencia del presente Reglamento, deróguese el DFL N° 255-19.321 del 08/08/1994 que aprueba la planta de personal regido por la ley 18.883 de la Municipalidad de Queilen.

    Anótese, comuníquese, tómese razón y publíquese.- Marcos Vargas Oyarzún, Alcalde.- Óscar Chang Delgado, Secretario Municipal.