FIJA "LA NUEVA PLANTA DEL PERSONAL MUNICIPAL, Y FIJA LOS GRADOS, REGIDO POR LA LEY Nº 18.695, DE LA MUNICIPALIDAD DE ALTO DEL CARMEN"
    Núm. 6.- Alto del Carmen, 13 de diciembre de 2018.
    Vistos:
    La Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades; la Ley Nº 19.130; la Ley Nº 19.280; la ley Nº 19.602; la ley 20.742; la ley Nº 20.417, la ley Nº 20.922; decreto que aprueba Reglamento Nº 1.675 del 15.11.2016, Ministerio del Interior, Aprueba el Reglamento que regula el procedimiento para establecer la categoría en que se ubicarán las municipalidades del país, para efectos de determinar el rango de grado que corresponde asignar al cargo de Alcalde dentro de la planta municipal respectiva; y resolución exenta Nº 5.185, del 14.05.2018, Ministerio del Interior, establece las categorías en que han sido clasificados los municipios; la Ley Nº 18.883, Estatuto Administrativo de funcionarios Municipales; la ley 20.554; la ley 15.231; DL Nº 3.063; la ley Nº 20.033; Instructivo Nº 17.773 de fecha 13 de julio de 2018, el cual "Imparte instrucciones en relación con el ejercicio de la facultad para fijar o modificar las plantas de personal de las municipalidades" de la Contraloría General de la República; decreto alcaldicio Nº 1.768, de fecha 6 de diciembre de 2016, que nombra Alcaldesa de la comuna de Alto del Carmen a doña Carmen Bou Bou; decreto alcaldicio 1.982 de fecha 13 de diciembre de 2016, que nombra Alcalde subrogante a don Jorge Villar Ibacache, y las atribuciones que me confiere la Ley 18.695 de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y sus modificaciones posteriores.
    Considerandos:
    1.- El DFL Nº 344 del 13 de noviembre de 1981, que fija la planta de personal para la I. Municipalidad de Alto del Carmen.
    2.- El DFL Nº 116-19.321, de 8 de agosto 1994, que adecúa la planta y escalafones del personal de la I. Municipalidad de Alto del Carmen, según lo dispuesto en el artículo 7º de la ley Nº 18.883.
    3.- Decreto alcaldicio Nº 326, del 1 de agosto del 2000, que crea cargo de confianza, por aplicación de la ley Nº 19.602.
    4.- Decreto alcaldicio Nº 520, de fecha 4 de abril del 2017, que crea el cargo de Juez de Policía Local de Alto del Carmen, por la creación de nuevos Juzgados de Policía Local, según ley Nº 20.554 P.D.O. 23.01.2012.
    5.- Decreto alcaldicio Nº 727, de fecha 16 de mayo del 2017, que crea el cargo de Secretario Abogado en el Juzgado de Policía Local de Alto del Carmen, por aplicación de la ley Nº 20.554 P.D.O. 23.01.2012.
    6.- Decreto alcaldicio Nº 570, de fecha 10 de abril del 2014, que crea los cargos de Secretario Comunal de Planificación, Director de Administrador y Finanzas, Director de Control, señalados en la Ley Nº 20.742 del 01.04.2014; y decreto con fuerza de ley Nº 116-19.321 de fecha 8 de agosto de 1994, que crea el cargo de Secretaría Municipal y Director de Desarrollo Comunitario.
    7.- Decreto alcaldicio Nº 570, de fecha 10 de abril del 2014, que modifica grados a los directivos del artículo 16 de la ley Nº 18.695.
    8.- Decreto alcaldicio Nº 1.458, de 14 de septiembre del 2016, que crea cargos, al aplicar esta facultad ordenada por el artículo 1º de las normas transitorias de la ley Nº 20.922, para el año 2016.
    9.- Decreto alcaldicio Nº 1.458, de 14 de septiembre de 2016, que fija grados al personal de planta para el año 2016, al aplicar esta facultad ordenada por la ley Nº 20.922 del 2016.
    10.- Decreto alcaldicio Nº 1.017, de fecha 23 de abril del 2018, que crea cargos, al aplicar esta facultad ordenada por el artículo 2º de las normas transitorias de ley Nº 20.922, para el año 2017.
    11.- Decreto alcaldicio Nº 1.017, de fecha 23 de abril del 2018, que fija grados al personal de planta para el año 2017, al aplicar esta facultad ordenada por la ley Nº 20.922 del 2017.
    12.- Decreto alcaldicio Nº 626, de fecha 23 de abril del 2014, que aprueba el Reglamento de organización interna y funcionamiento de la I. Municipalidad de Alto del Carmen.
    13.- Decreto alcaldicio Nº 1.980, de fecha 17 de noviembre del 2017, que aprueba el escalafón del personal de planta regido por la ley Nº 18.883, vigente para el año 2018.
    14.- Decreto alcaldicio Nº 1.980, de fecha 17 de noviembre del 2017, que aprueba el escalafón del personal a contrata regido por la ley Nº 18.883, vigente para el año 2018.
    15.- Certificado de la Sra. Alcaldesa y del Director de Administración y Finanzas, donde indican el personal a contrata que cumpliría los requisitos para encasillarse en calidad de planta.
    16.- Certificado de la Sra. Alcaldesa y del Director de Administración y Finanzas, donde indican el personal de planta que cumplirían requisitos para cambiar de planta.
    17.- Decreto alcaldicio Nº 1.040 de fecha 12 de julio del 2017, que aprueba la constitución y composición del Comité Bipartito; Decreto alcaldicio Nº 711, de fecha 19 de abril del 2018; Decreto alcaldicio Nº 1.658, de fecha 3 de octubre del 2018, que modifican la composición del Comité Bipartito.
    18.- Certificado, emitido por el Director de Administración y Finanzas y Director de Control que da cuenta de la disponibilidad presupuestaria y límite de gasto en personal.
    19.- Certificado, emitido por la Comisión Bipartita, que indica la creación de cargos, con un 80% profesionales y técnicos y un 20% sin formación profesional o técnico.
    20.- Certificado de la Asociación de Funcionarios Municipales de Alto del Carmen, aprobando la propuesta de la Comisión Bipartita.
    21.- Certificado en que se establece el acuerdo del Comité Bipartito.
    22.- Memorándum que remite antecedentes de la nueva planta Municipal a la señora Alcaldesa, firmado por el Director de Secretaría Comunal de Planificación, Director de Administración y Finanzas y Administrador Municipal.
    23.- Acta de sesión ordinaria Nº 28, de fecha 04 de octubre del año en curso, del Honorable Concejo Municipal y Certificado Nº 132 emitido por el Secretario Municipal donde consta el acuerdo del Concejo Municipal que aprueba el Reglamento con la presentación de la nueva planta.
    24.- Decreto alcaldicio Nº 780 del 30 de abril del 2018, que aprueba la "Política de Recursos Humanos" vigente y certificado del Secretario Municipal en que aprueba el mismo cuerpo normativo por el Honorable Concejo Municipal.
    25.- Recepción del oficio, que adjunta copia del Reglamento en que consta la Nueva Planta Municipal, a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo.
    Reglamento:
    Artículo primero: Establézcase y asígnese el grado del Alcalde, de acuerdo al artículo 49 bis de la ley Nº 18.695 "Orgánica Constitucional de Municipalidades", que fue modificada por el artículo Nº4 de la ley Nº 20.922 y el decreto que aprueba Reglamento Nº 1.675 del 15.11.2016, Ministerio del Interior, Aprueba el Reglamento que Regula el procedimiento para establecer la categoría en que se ubicarán las municipalidades del país, para efectos de determinar el rango de grado que corresponde asignar al cargo de Alcalde dentro de la planta municipal respectiva; y resolución exenta Nº 5.185, del 14.05.2018, Ministerio del Interior, establece las categorías en que han sido clasificados los municipios.
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    Artículo segundo: Modifíquense los grados de los cargos que a continuación se señalan; de acuerdo al artículo Nº1 de la ley Nº 20.742, que modifica la ley Nº 18.695 "Orgánica Constitucional de Municipalidades" en su artículo Nº16, ley Nº 19.602 en su artículo Nº 7 "por el solo ministerio de la Ley", ley Nº 20.554, ley Nº 15.231 inciso 5º artículo 5º e Instructivo Nº 17.773 de fecha 13 de julio de 2018 el cual "Imparte instrucciones en relación con el ejercicio de la facultad para fijar o modificar las plantas de personal de las municipalidades" de la Contraloría General de la República, en su Título IV "Aspectos a considerar al fijar o modificar la planta de personal", punto Nº 10 Modificación de los grados de cargos que se encuentran provistos, párrafo tercero; y se modifica el grado de Director de Obras Municipales, a efecto de ajustar o equiparar su nivel remuneratorio al de otras plazas jerárquicamente equivalentes.
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    Artículo tercero: Créanse los cargos que a continuación se señalan, de acuerdo a la ley 20.922 en su artículo Nº 4 numerales 4 y 5; la ley Nº 20.417 artículo sexto letra a), Instructivo Nº 17.773 de fecha 13 de julio de 2018, el cual "Imparte instrucciones en relación con el ejercicio de la facultad para fijar o modificar las plantas de personal de las municipalidades" de la Contraloría General de la República, en su Título IV "Aspectos a considerar al fijar o modificar la planta de personal", punto Nº 9; y considerando, además, la necesidad de crear un cargo con responsabilidad administrativa en el Área Jurídica; las necesidades a satisfacer por las demandas de la comunidad local para obtener licencias de conducir, lo que conlleva adicionalmente a la captación de mayores ingresos propios; y la existencia de direcciones unipersonales hace necesario contar con Profesionales, Jefaturas, Técnicos, Administrativos y Auxiliares para atender a los usuarios con eficiencia y eficacia en una comuna con alta dispersión geográfica; teniéndose presente que la actual planta municipal ya no está acorde a la realidad actual de la comuna.
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    Artículo cuarto: Fíjese la planta de personal de la Ilustre Municipalidad de Alto del Carmen, regido por la ley Nº 18.695, ley Nº 18.883 y sus modificaciones posteriores, según la situación actual y la nueva planta:
    Situación Actual
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    Nueva Planta
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    Artículo quinto: Fíjense los siguientes requisitos específicos para el desempeño de los cargos que se mencionan:
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    Artículo sexto: El presente Reglamento entrará en vigencia con posterioridad a la Toma de Razón de la Contraloría General de la República y publicado en el Diario Oficial. La vigencia se hará efectiva el 01.01.2019.

    Artículo séptimo: La facultad establecida en el artículo Nº 49 ter deberá ejercerse dentro de los 180 días siguientes a la entrada en vigencia del reglamento municipal que fija la planta respectiva; en el caso que procediere la realización de concursos públicos, estos deberán efectuarse en el plazo de un año contado desde la citada fecha.
    Anótese, comuníquese, tómese razón por la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Jorge Villar Ibacache, Alcalde (S).- Luis Morales González, Secretario Municipal (S).