MODIFICA LA PLANTA DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE ÑUÑOA

    Núm. 1.- Ñuñoa, 6 de diciembre de 2018.

    Vistos:

    1. El DFL Nº 115-19.321 publicado el 03.09.1994 del Ministerio de Interior, que adecua, modifica y establece la Planta del Personal de la Municipalidad de Ñuñoa, en actual vigencia.
    2. La Ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades.
    3. La Ley Nº 20.033 (01.07.2005), del Ministerio del Interior, que modifica la Ley Nº 17.235 (24.12.1969), sobre Impuesto Territorial.
    4. El decreto ley Nº 3.063 (29.12.1979), que establece normas sobre Rentas Municipales.
    5. La ley Nº 20.742 (01.04.2014), del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, que perfecciona el rol fiscalizador del Concejo; fortalece la transparencia y probidad en las Municipalidades; crea cargos y modifica normas sobre personal y finanzas municipales.
    6. Ley Nº 20.922 (25.05.2016), del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que modifica disposiciones aplicables a los funcionarios municipales y entrega nuevas competencias a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo.
    7. La ley Nº 20.965 (04.11.2016), del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que permite la creación de Consejos y Planes Comunales de Seguridad Pública.
    8. El decreto Nº 1.675 (07.02.2017), del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que aprueba el reglamento que regula el procedimiento para establecer la categoría en que se ubicarán las municipalidades del país, para efectos de determinar el rango de grados que corresponde asignar al cargo del Alcalde dentro de la Planta Municipal respectiva.
    9. Las facultades otorgadas en el artículo 49 bis, 49 ter, 49 quáter, 49 quinquies, artículo 63, letra i) de la Ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, y

    Teniendo presente:

    a) La necesidad de modificar la Planta de Personal de la Municipalidad de Ñuñoa, estableciendo el número de cargos para cada planta y fijar sus grados, en conformidad a la ley Nº 20.922 (25.05.2016), que modifica disposiciones aplicables a los funcionarios municipales y entrega nuevas competencias a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo.
    b) Decreto alcaldicio Nº 998 (06.09.1994), que encasilla al personal municipal en diversos cargos, según se indica.
    c) Resolución exenta Nº 9.380 (26.07.2017), de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo (Subdere), que establece las categorías en que han sido clasificados los municipios del país, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo transitorio del decreto Nº 1.675 de 2016, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
    d) Decreto CGR Nº 342 (17.08.2017), que crea el cargo de Director de Seguridad Pública, Directivo grado 4 E.M., de exclusiva confianza.
    e) Decreto alcaldicio Nº 1.107 (29.07.2016), que encasilla a contar del 1º de enero de 2016, al personal titular de las Plantas Técnicos, Administrativos y Auxiliares, conforme a los artículos 1º, 4º, 5º, 6º y 8º b) transitorio, de la ley Nº 20.922.
    f) Decreto alcaldicio Nº 1.847 (07.12.2016), que amplía decreto Nº 1.107 (29.07.2016), en atención a lo señalado en dictamen de Contraloría General de la República Nº 84.551 (23.11.2016), referido al pronunciamiento acerca del alcance de la expresión "en la respectiva planta" y por el cual se encasilló a contar del 1º de enero de 2016 al personal titular de las plantas técnicos y administrativos, que en él se indican.
    g) Decreto CGR Nº 514 (16.12.2016), que encasilla a contar del 1º de enero de 2017 al personal titular de la Planta Administrativos, de acuerdo a lo señalado en artículo 2º transitorio de la ley Nº 20.922.
    h) Decreto CGR Nº 255 (04.07.2018), que crea un cargo en la Planta Técnicos grado 11º E.M., conforme a las facultades otorgadas en el artículo 4º transitorio de la ley Nº 20.922.
    i) El decreto alcaldicio Nº 1.713 del 16.11.2016, que conforma el Comité Bipartito, establecido en el Art. 49 bis, Nº 5, de la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
    j) Informe fundado referido a la creación de las nuevas Direcciones Municipales.
    k) La necesidad de crear un cargo nominado de Director de Informática, atendida la especificidad del desarrollo en esta área y el uso indispensable de tecnologías de la información como herramientas, tanto en el trabajo como en el mejoramiento de la gestión, y que asimismo contribuya en la calidad de los servicios tendientes a lograr mayor eficiencia, racionalización de los procesos, comunicación y eliminación de burocracia en los servicios prestados a la comunidad.
    l) La necesidad de modificar el actual cargo nominado Directivo grado 3, "Director de Tránsito", quedando como Directivo grado 3, "Directivo", con el objeto de otorgar mayor flexibilidad y autonomía a las gestiones edilicias.
    m) El certificado de disponibilidad presupuestaria, conforme al artículo 2º inciso final de la Ley Nº 18.883, que certifica el límite de gasto vigente, en atención a lo dispuesto en el artículo 49 bis, numerales 1 y 2 de la ley Nº 20.922.
    n) El acuerdo del Concejo Municipal en sesión ordinaria Nº 35 del 04.12.2018, que aprobó por unanimidad modificar la propuesta de planta municipal, ajustándola a las observaciones planteadas por Contraloría General de la República, según consta en certificado emitido por el Secretario Municipal, de fecha 05.12.2018. Como, asimismo, que la referida sesión contó con la asistencia de los Presidentes de las Asociaciones de Funcionarios, quienes manifestaron su conformidad con la Planta Municipal y el acuerdo del órgano colegiado.
    o) Dictamen Nº 5.403 (14.05.2018) CGR, sobre incremento grado Art. 2º transitorio ley 20.922.
    p) Instructivo CGR Nº 17.773 (13.07.2018) que imparte instrucciones en relación con ejercicio de la facultad para fijar o modificar las plantas de personal de las municipalidades.
    q) Informe sobre proyección de ingresos y gastos para la disponibilidad presupuestaria en la modificación de la nueva planta.


    Artículo 1º: Modifícase la planta de personal de la Municipalidad de Ñuñoa de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 49 bis de la Ley 20.922, que modifica la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, en el siguiente sentido:

    a) Créanse los cargos que se señalan:


                            Total Cargos 149 

    b) Suprímanse los cargos que se indican:


                                          Total Cargos 157



    Artículo 2º: Establézcase la Planta de Personal de la I. Municipalidad de Ñuñoa:



    Artículo 3º: Fíjense los siguientes requisitos específicos para el desempeño de los cargos que se mencionan:


    1. Remítase el presente Reglamento a la Contraloría General de la República, para toma de razón, y a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, para conocimiento.

    2. Una vez tramitada totalmente la toma de razón por la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial el presente Reglamento, en conformidad a lo prescrito en los artículos 49 bis y 49 quáter de la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.


    Regístrese y publíquese en el Repositorio Digital. Cúmplase y hecho, archívese.- Andrés Zarhi Troy, Alcalde.- Miguel Ángel Ponce de León González, Secretario Municipal.