Artículo 31.- A contar del 1 de enero de 2019, modifícase el artículo 44 de la ley N° 20.883 del siguiente modo:
1) Introdúcense las siguientes modificaciones al inciso primero:
a) Reemplázase la frase "el año 2018" por la siguiente: "el año 2019".
b) Reemplázase el monto "$757.998" por el siguiente: "$784.528".
2) Reemplázase en su inciso segundo los montos "$126.936" y "$63.468" por los siguientes:
"$131.378" y "$65.689", respectivamente.