REGLAMENTO QUE FIJA PLANTA DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE PUERTO MONTT
Núm. 5.- Puerto Montt, 11 de septiembre de 2018.
Vistos:
La Ley Nº 18.695/88 Orgánica Constitucional del Municipalidades, y sus modificaciones; la ley Nº 18.883, Estatuto Administrativo de los Funcionarios Municipales; la ley Nº 19.130; la ley Nº 19.236; la ley Nº 19.280; la ley Nº 19.602; la ley Nº 20.033; la ley Nº 20.554; la ley Nº 15.231; la ley Nº 20.742; el decreto ley 3.063; la ley Nº 20.922; la ley Nº 15.076; el Reglamento Nº 1.675 del 15/11/16 del Ministerio del Interior que regula la categorización de los Municipios y rangos de grados de los Alcaldes; la resolución exenta Nº 9.380 del 26/07/17 del Ministerio del Interior que establece las categorías en que han sido clasificados los Municipios y la resolución exenta Nº 5.185 del 14/05/18 que deja constancia de las categorías en que se ubican las municipalidades del país y del rango de grado de remuneraciones que corresponde asignar a los respectivos Alcaldes en la correspondiente planta de personal, y
Teniendo presente:
1) El DFL Nº 75-19.280 del 15/06/1994, que aprueba la planta de personal regido por la ley 18.883 de la Municipalidad de Puerto Montt.
2) El decreto afecto Nº 385 del 25/07/1994, que encasilla al personal de planta y contrata de la Municipalidad de Puerto Montt, en servicio al 01/01/1994.
3) El decreto afecto Nº 2.040 del 19/03/2012, que modifica la planta de personal del municipio, en virtud de lo indicado en los artículos 9º y 10º de la ley Nº 20.554, creándose el cargo de Juez del 3° Juzgado de Policía Local de Puerto Montt y 3 cargos nominados de Secretario Abogado para cada uno de los Juzgados de Policía Local de Puerto Montt.
4) El decreto afecto Nº 2.041 del 19/03/2012, que encasilla a dos profesionales en servicio al 23/01/2012 como Secretarios Abogados del 1er. y 2do. Juzgado de Policía Local de Puerto Montt, respectivamente.
5) El decreto exento Nº 9.372 del 11/11/2014, que modifica la planta de personal de la Municipalidad de Puerto Montt, en virtud de lo dispuesto en la ley Nº 20.742, adecuando los grados de los cargos de Administrador Municipal, Jueces de Policía Local, Secretario Municipal, Secretario Comunal de Planificación y Director de Desarrollo Comunitario.
6) El decreto exento Nº 9.849 del 26/11/2014, que modifica la planta de personal del municipio, en virtud del artículo 1º de la ley Nº 20.742, creándose en la Planta de Directivos los cargos de Director de Administración y Finanzas y de Director de Control.
7) El decreto alcaldicio Nº 5.070 del 31/05/2016, que modifica en virtud de lo señalado en el artículo tercero transitorio de la ley Nº 20.922, los decretos de nombramiento del personal a contrata indicados en dicho acto administrativo, a contar del 01/06/2016, que se encontraban asimilados a las plantas de Técnicos, Administrativos y Auxiliares.
8) El decreto alcaldicio Nº 5.711 del 28/06/2016, que en virtud de lo señalado en el artículo primero transitorio de la ley Nº 20.922, encasilla a contar del 01/01/2016, en el grado inmediatamente superior, a los funcionarios de las plantas técnicos, administrativos y auxiliares, que en dicho acto se señala.
9) El decreto alcaldicio Nº 8.518 del 26/12/2016, que en virtud de lo señalado en el artículo segundo transitorio de la ley Nº 20.922, encasilla a contar del 01/01/17, en el grado inmediatamente superior a los funcionarios de las plantas técnica, administrativa y auxiliar, que en dicho acto se señala.
10) El decreto municipal Nº 18.957 del 28/12/2016, que en virtud de lo señalado en el artículo tercero transitorio de la ley Nº 20.922, modifica a contar del 01/01/2017, los decretos de nombramiento del personal a contrata indicados en dicho acto administrativo, que se encuentran asimilados a las plantas de técnicos, administrativos y auxiliares.
11) El decreto municipal Nº 4.209 del 20/03/2017, que en virtud de lo señalado en el artículo cuarto transitorio de la ley Nº 20.922, crea a contar del 01/01/2017, un cargo Administrativo grado 17º dentro de la planta de personal de la Municipalidad de Puerto Montt.
12) El oficio Nº 185 del 02/01/2018, de la Contraloría Regional de Los Lagos, mediante el cual acusa recibo del Escalafón de mérito del personal de la Municipalidad de Puerto Montt, correspondiente al año 2018.
13) El decreto municipal Nº 13.442 del 20/08/2018, que ratifica las calificaciones obtenidas por el personal a Contrata en el proceso calificatorio correspondiente al periodo comprendido entre el 01/09/2016 al 31/08/2017, vigentes para el año 2018.
14) El decreto municipal Nº 22.738 del 20/12/2017, que aprueba la Política de Recursos Humanos para el año 2018.
15) El oficio Nº 17.773 del 13/07/2018, de la Contraloría General de República, mediante el cual imparte instrucciones para el ejercicio de la facultad de fijar o modificar las plantas de personal de las municipalidades.
16) El decreto municipal Nº 11.600 del 17/07/2018, que designa integrantes del Comité Bipartito, para consulta de propuesta de planta de personal.
17) El Acta del Comité Bipartito de fecha 27/08/2018 en la cual consta la consulta formulada a dicho cuerpo y su aprobación por unanimidad a la propuesta de planta presentada por el Alcalde, en concordancia a lo establecido en el artículo 49 bis, número 5 de la ley Nº 18.695.
18) El Certificado suscrito con fecha 05/09/2018, por el Alcalde, la Directora de Administración y Finanzas y el Jefe de Personal, indicando el personal a contrata que cumple con los requisitos para ser encasillados en la planta municipal, por aplicación del artículo 49 ter, letra b), de la ley Nº 18.695.
19) El Certificado suscrito con fecha 05/09/2018, por el Alcalde, la Directora de Administración y Finanzas y el Jefe de Personal, indicando los funcionarios titulares que cumplen con los requisitos para ser traspasados a una planta distinta a la que estos pertenecen, cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 49 ter, letra a), inciso segundo, numeral i e ii, de la ley Nº 18.695.
20) El Certificado suscrito con fecha 10/09/2018, por la Directora de Administración y Finanzas y por la Directora de Control, que da cuenta del límite de gasto de personal vigente a la fecha del presente reglamento y de la disponibilidad presupuestaria de la Municipalidad de Puerto Montt, en los términos establecidos en el artículo 49 bis, números 1 y 2 de la ley 18.695.
21) El Certificado suscrito con fecha 07/09/2018, por el Alcalde, el Director de Administración y Finanzas (S) y por el Jefe de Personal, que da cuenta que de los 312 cargos en que se incrementa la planta de personal, 234 cargos requieren título profesional o técnico, lo cual representa el 75% que exige la ley Nº 18.695 en su artículo 49 bis, punto número 4.
22) El Certificado suscrito con fecha 07/09/2018, por el Alcalde, el Director de Administración y Finanzas (S) y el Jefe de Personal, que fundamenta la modificación de grado efectuada a los cargos de Asesor Jurídico, Director de Obras y Secretarios Abogado de los Juzgados de Policía Local, respectivamente, en el sentido de equiparar su nivel remuneratorio al de otras plazas jerárquicamente equivalentes.
23) El Certificado Nº 359 del 11/09/2018, de la Secretaria Municipal, que acredita que en sesión del 11/09/2018, el Concejo Municipal aprobó la propuesta de Planta de personal de la Municipalidad de Puerto Montt y el reglamento que la contiene.
Reglamento:
Artículo 1º: La situación actual de la planta de personal de la Municipalidad de Puerto Montt contempla los siguientes cargos y grados:
Planta Cargos Grado Nº Cargos
Alcalde 2º 1
Directivos Juez 2º Juzgado de Policía Local 4º 1
Local Juez 3º Juzgado de Policía Local 4° 1
Local Juez 1º Juzgado de Policía Local 4º 1
Administrador Municipal 4º 1
Secretario Municipal 4º 1
Secretario Comunal de Planificación 4º 1
Director de Desarrollo Comunitario 4º 1
Asesor Jurídico 7º 1
Director de Administración y Finanzas 4º 1
Director de Control 4º 1
Director de Obras 5º 1
Directivos 5º 3
Directivos 6º 3
Directivo 7º 1
Directivos 8º 4
Profesionales Profesionales 6º 2
Profesionales 7º 3
Profesionales 8º 7
Profesionales 9º 11
Profesionales 10º 9
Secretarios Abogado Juzgados de
Policía Local 10º 3
Profesionales 11º 3
Profesionales Ley 15.076 22 hrs./sem.
Jefaturas Jefaturas 8º 3
Jefaturas 9º 4
Jefaturas 10º 2
Jefaturas 11º 4
Jefaturas 12º 2
Técnicos Técnicos 9º 5
Técnicos 10º 6
Técnicos 11º 8
Técnicos 12º 10
Técnicos 13º 5
Técnicos 14º 2
Técnicos 15º 1
Técnicos 16º 3
Técnicos 17º 4
Administrativos Administrativos 11º 8
Administrativos 12º 5
Administrativos 13º 18
Administrativos 14º 10
Administrativos 15º 2
Administrativos 16º 9
Administrativos 17º 1
Administrativos 18º 4
Auxiliares Auxiliares 13º 21
Auxiliares 14º 14
Auxiliares 15º 10
Auxiliares 16º 2
Auxiliares 17º 8
Auxiliares 18º 10
TOTAL CARGOS 242
Más 22 hrs. sem. Profesionales Ley 15.076
Artículo 2º: Modifícase la planta de personal de la Municipalidad de Puerto Montt en el siguiente sentido :
A.- Créanse los cargos que se señalan:
Planta Cargos Grado Nº Cargos
Directivos Directivos 5º 4
Directivos 6º 3
Directivos 7º 3
Directivo 8º 1
Directivo 9º 1
Profesionales Profesionales 5º 4
Profesionales 6º 4
Profesionales 7º 7
Profesionales 8º 3
Profesionales 9º 18
Profesionales 10º 19
Profesionales 11º 24
Profesionales 12º 27
Jefaturas Jefaturas 7º 8
Jefatura 9º 1
Jefaturas 12º 2
Técnicos Técnicos 9º 14
Técnicos 10º 5
Técnicos 11º 6
Técnico 12º 1
Técnicos 13º 15
Técnicos 14º 20
Técnicos 15º 13
Técnicos 16º 16
Técnicos 17º 15
Administrativos Administrativos 11º 5
Administrativos 12º 18
Administrativos 13º 10
Administrativos 14º 6
Administrativos 15º 2
Administrativos 16º 20
Administrativos 17º 2
Administrativos 18º 4
Auxiliares Auxiliares 13º 7
Auxiliares 16º 3
Auxiliar 18º 1
B.- Modifícanse los grados de los cargos que se señalan:
Planta Cargos Grado Grado Nº Cargos
Actual Modificado
Directivos Asesor Jurídico 7º 4º 1
Director Obras
Municipales 5º 4º 1
Profesionales Secretario Abogado
Juzgados de Policía
Local 10º 8º 3
Artículo 3º : Fíjese la planta de personal de la Municipalidad de Puerto Montt:
Planta Cargos Grado Nº Cargos
Alcalde 2º 1
Directivos Juez 2º Juzgado de Policía Local 4º 1
Juez 3º Juzgado de Policía Local 4º 1
Juez 1º Juzgado de Policía Local 4º 1
Administrador Municipal 4º 1
Secretario Municipal 4º 1
Secretario Comunal de Planificación 4º 1
Director de Desarrollo Comunitario 4º 1
Asesor Jurídico 4º 1
Director de Administración y Finanzas 4º 1
Director de Control 4º 1
Director de Obras 4º 1
Directivos 5º 7
Directivos 6º 6
Directivo 7º 4
Directivos 8º 5
Directivo 9º 1
Profesionales Profesionales 5º 4
Profesionales 6º 6
Profesionales 7º 10
Profesionales 8º 10
Secretarios Abogado Juzgados de
Policía Local 8º 3
Profesionales 9° 29
Profesionales 10º 28
Profesionales 11º 27
Profesionales 12º 27
Profesionales Ley 15.076 22 hrs/sem
Jefaturas Jefaturas 7º 8
Jefaturas 8º 3
Jefaturas 9º 5
Jefaturas 10º 2
Jefaturas 11º 4
Jefaturas 12º 4
Técnicos Técnicos 9º 19
Técnicos 10º 11
Técnicos 11º 14
Técnicos 12º 11
Técnicos 13º 20
Técnicos 14º 22
Técnicos 15º 14
Técnicos 16º 19
Técnicos 17º 19
Administrativos Administrativos 11º 13
Administrativos 12º 23
Administrativos 13º 28
Administrativos 14º 16
Administrativos 15º 4
Administrativos 16º 29
Administrativos 17º 3
Administrativos 18º 8
Auxiliares Auxiliares 13º 28
Auxiliares 14º 14
Auxiliares 15º 10
Auxiliares 16º 5
Auxiliares 17º 8
Auxiliares 18º 11
TOTAL CARGOS 554
Más 22 hrs. sem. Profesionales Ley 15.076
Artículo 4º: Fíjense los siguientes requisitos específicos para el desempeño del cargo.
Planta Cargo Grado Requisitos
Directivo Director de 4º Requerirá alternativamente el
Administración título de Administrador Público,
y Finanzas Ingeniero Comercial, Ingeniero
en Administración, Ingeniero Civil
Industrial y/o Contador Auditor.
Artículo 5º: Entiéndanse incorporados al presente Reglamento los acuerdos del Comité Bipartito que constan en Acta de fecha 27/08/2018, para el proceso de encasillamiento.
Artículo 6º: Remítase copia del presente Reglamento a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 49 bis, número 8 de la ley Nº 18.695.
Artículo 7º: Remítase el presente Reglamento a la Contraloría General de la República para Toma de Razón.
El presente Reglamento entrará en vigencia con posterioridad a la Toma de Razón de la Contraloría General de la República y publicado en el Diario Oficial.
La vigencia se hará efectiva el año siguiente a su publicación en el Diario Oficial.
Artículo 8º: El municipio tendrá un plazo de 180 días para encasillar al personal de planta y contrata, desde la fecha de entrada en vigencia del presente Reglamento.
Artículo 9º: A contar de la fecha de entrada en vigencia del presente Reglamento, deróguese el DFL Nº 75 de 1994 de la planta de personal regido por la Ley Nº 18.883 de la Municipalidad de Puerto Montt.
Anótese, comuníquese, tómese razón por la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Gervoy Paredes Rojas, Alcalde de Puerto Montt.- Deyse Gallardo Vera, Secretaria Minicipal.