INICIA PROCESO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DE ACTUALIZACIÓN AL PLAN REGULADOR COMUNAL DE CURACAUTÍN

    Núm. 2.157 exento.- Curacautín, 6 de noviembre de 2018.

    Vistos:

    1. Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado N° 18.575, de 13 de diciembre de 2000.
    2. Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades N° 18.695, de 26 de julio de 2006.
    3. Ley de Bases Generales del Medio Ambiente N° 19.300, de 9 de marzo de 1994, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, y sus modificaciones.
    4. Decreto N° 32, de 17 de agosto de 2015, que aprueba Reglamento para la Evaluación Ambiental Estratégica, del Ministerio del Medio Ambiente.
    5. DFL N° 458, de 18 de diciembre de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones.
    6. Decreto N° 47, de 16 de abril de 1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que fija el nuevo texto de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

    Considerando:

    1. La necesidad de dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 2 I Bis) de la ley 19.300, Ley Sobre Bases Generales del Medio Ambiente ; la Evaluación Ambiental Estratégica es el procedimiento realizado por el ministerio sectorial respectivo, para la incorporación de las consideraciones ambientales del desarrollo sustentable, al proceso de formulación de las políticas y planes de carácter normativo general.
    2. Que según lo indicado en el Art. 7 bis, se someterán a Evaluación Ambiental Estratégica las políticas y planes de carácter normativo general, así como sus modificaciones sustanciales. Siendo instrumentos que deben someterse a este procedimiento.los planes reguladores comunales
    3. Que, según lo establecido en el Art 14° del decreto N° 32 de 17 de agosto de 2005, reglamento de Evaluación Ambiental Estratégica, el proceso de Evaluación Ambiental Estratégica de la Actualización del Plan Regulador Comunal (PRC) de Curacautín se iniciará mediante acto administrativo dictado por el órgano responsable, siendo para estos efectos el presente decreto alcaldicio dicho acto administrativo.
    4. Que el contenido del acto administrativo de inicio del proceso de Evaluación Ambiental Estratégica que se establece en el Art. 14° del respectivo reglamento, se presenta un anexo que forma parte íntegra del presente decreto.

    Decreto:

    1. Iníciase el proceso de Evaluación Ambiental Estratégica asociado a la Actualización del Plan Regulador Comunal (PRC) de Curacautín, en base a lo establecido en el decreto N° 32 de 17 de agosto de 201, del Ministerio del Medio Ambiente que aprueba el reglamento para la Evaluación Ambiental Estratégica.
    2. Publíquese en el Diario Oficial, en el sitio electrónico institucional y en un diario o periódico de circulación masiva el presente decreto alcaldicio, según lo establecido en el artículo 16 del reglamento vigente para la Evaluación Ambiental Estratégica.
    Anótese, comuníquese y archívese.- Jorge Saquel Albarrán, Alcalde de la comuna.- Glenda E. Wörner Tapia, Secretaria Municipal.
    EXTRACTO DEL INICIO DEL PROCEDIMIENTO DE LA EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA RELATIVO AL PLAN REGULADOR COMUNAL DE CURACAUTÍN

    La presente publicación corresponde al Extracto del Inicio del procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica relativo al Plan Regulador Comunal de Curacautín, según decreto alcaldicio Nº 2.157/18, de 6 de noviembre de 2018, en concordancia con lo señalado en el artículo N° 16 del Reglamento para la Evaluación Ambiental Estratégica (decreto 32/2015, MMA).

A. ÓRGANO RESPONSABLE: Ilustre Municipalidad de Curacautín.
B. RESUMEN DE ANTECEDENTES : La Ilustre Municipalidad de Curacautín ha decidido actualizar su Plan Regulador Comunal, el cual data del año 1989. La ciudad de Curacautín ha sobrepasado su actual límite urbano, generando un crecimiento desarticulado, toda vez que se han traspasado límites históricos como la línea férrea y barreras naturales, como es el caso del sector nor-oriente del centro urbano mayor de la comuna. Se hace necesario reordenar la zonificación interna del área urbana de Curacautín, definiendo con claridad una zona de conservación histórica; un centro de mayor altura y densidad, terminal de buses y cementerio, entre otros aspectos de ordenamiento interno de esta localidad. Las localidades de Manzanar y Malalcahuello requieren reconocer su zona residencial, y áreas verdes, buscando integración entre la vida urbana y las antiguas instalaciones de ferrocarriles. En este contexto, es importante mencionar que la Municipalidad de Curacautín en un intento de actualización del instrumento de planificación territorial vigente, sometió al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental una propuesta que cuenta con Resolución de Calificación Ambiental Favorable (RE N° 91 de fecha 1 de junio de 2006). Dicha propuesta de planificación, actualmente, dista de la situación real de crecimiento urbano y de las prioridades ambientales definidas a nivel comunal.

El objeto o las temáticas a abordar que persigue la actualización del PRC son las siguientes:

. Busca conformar ciudades en pro de las necesidades de sus habitantes, en las que se logre equilibrio entre los intereses particulares y el bien común, cautelando la relación entre los centros urbanos y el medio circundante; resaltando los atributos intrínsecos del territorio y su patrimonio natural y cultural.
. Como objetivo de planificación se establece el promover el uso armónico del suelo urbano, potenciando el desarrollo de diferentes actividades en función de las reales opciones de ocupación del suelo y de las características ambientales del territorio, mejorando la integración y accesibilidad a los distintos sectores a través de una red vial jerarquizada, para potenciar un crecimiento urbano basado en el reconocimiento de la realidad local, permitiendo fortalecer la identidad e imagen urbana de Curacautín, Manzanar y Malalcahuello.
. El ámbito de aplicación territorial corresponde a la comuna de Curacautín, como territorio de sustento para el desarrollo de las áreas urbanas de Curacautín, Manzanar y Malalcahuello.
. Su ámbito temporal de vigencia es de 20 años, es decir, finaliza con un nuevo acto administrativo que reemplace a la presente propuesta, mediante una nueva actualización o reformulación del plan.

C. OBJETIVOS AMBIENTALES:

. Potenciar el resguardo de los elementos naturales (cursos hídricos, bosque nativo, flora, recursos geológicos), paisajísticos (Protección de las vistas significativas hacia hitos culturales-paisajísticos) y construidos (Patrimonial), mediante la definición de normas que permitan su protección y uso sustentable.
. Incorporar el Río Cautín como elemento ordenador del área urbana para fomentar su puesta en valor, a través de la definición de usos de suelo acordes con las condiciones de riesgo en las localidades de Malalcahuello y Curacautín.
. Mitigar el riego natural/antrópico en Curacautín y las localidades de Manzanar y Malacahuello mediante una ordenanza que zonifique y norme las áreas restringidas al desarrollo urbano.
. Propiciar el soporte al desarrollo sustentable de actividades turísticas en el marco de la ZOIT.

D. CRITERIOS DE DESARROLLO SUSTENTABLE QUE SE CONSIDERAN:

. Mejoramiento de la calidad urbana y ambiental de los centros poblados mediante un desarrollo urbano diverso y armónico, potenciando el contexto local y las singularidades de sus centros urbanos.
. Protección de elementos relevantes naturales, paisajísticos y patrimoniales para la puesta en valor de la imagen urbana.
. Visión de desarrollo basado en el crecimiento de la comuna, teniendo a la vista la dotación de recursos naturales (medio biótico (flora, fauna), relieve y geomorfología (fisiografía, geología, volcanes, recursos hídricos, áreas de valor paisajístico).
. Reconocimiento, resguardo y valoración de áreas de alta relevancia, para potenciar el desarrollo urbano armónico, acorde a los atributos existentes en el territorio.
. Reconocimiento y valoración de la impronta patrimonial histórica de los centros urbanos, como elemento de identidad local y apropiación de la ciudadanía.
. Integración de localidades al desarrollo de actividades turísticas, en el marco de la definición de ZOIT de Curacautín; logrando un reconocimiento como destino de Montaña, con foco en naturaleza y cultura, geoturismo y salud termal de la Araucanía sustentándose en una diversa oferta, con estándares de calidad que promuevan y desarrollen la puesta en valor de todos los recursos y atractivos turísticos.

Aplicación territorial: La totalidad del área urbana de la comuna de Curacautín, Manzanar y Malalcahuello.

E. LUGAR DE DISPOSICIÓN DE LOS ANTECEDENTES DE LA EAE:

Los antecedentes de la Evaluación Ambiental Estratégica relativa a la actualización del Plan Regulador Comunal de Curacautín, estarán disponibles en:

1.- Malalcahuello: 1.1 Biblioteca Municipal ubicada en la localidad de Malalcahuello, ubicada en Ruta Internacional Km. 86, camino a Lonquimay (frente a escuela municipal). Horario: lunes a viernes mañana de 09:00 a 13:00 horas y tarde de 14:30 a 17:30 horas. 2.2 En la Posta Rural de Malalcahuello, ubicada en calle O'Higgins N° 510. Horario. Mañana de lunes a viernes entre las 08:30 a 13:00 horas y tarde de 14:30 a 17:30 horas.
2.- Manzanar: En la Posta Rural de Manzanar ubicada en calle Los Notros Nº 220, horario: mañana de lunes a viernes entre la 08.30 y las 13.00 horas y tarde de las 14:30 a las 17:30 horas.
3.- Curacautín: en el Hall de las Direcciones de Obras y Secpla en el edificio municipal, segundo piso, calle O'Higgins Nº 796, Curacautín. Horario: Mañana de 08:30 a 13:00 y tarde de 14.30 a 17:30 horas.

Por otra parte, según lo señalado en el Art. N° 17 del Reglamento para la Evaluación Estratégica (DS. N° 32/15), dentro de un plazo de al menos 30 días a contar de la fecha de publicación en el Diario Oficial del extracto del decreto Alcaldicio N° 2.157/18, cualquier persona natural o jurídica podrá:

a) Aportar antecedentes cuya consideración estime relevante para la adecuada elaboración de la política, plan o instrumento de ordenamiento territorial en cuestión.
b) Formular observaciones al proceso de Evaluación Ambiental Estratégica desarrollado hasta ese momento.

Los aportes y observaciones deberán realizarse en forma escrita, dirigidos al alcalde e ingresados por la oficina de partes de la Municipalidad, ubicada en calle O'Higgins Nº 796, desde las 08:30 hasta las 16:00 horas, de lunes a viernes.

    JORGE SAQUEL ALBARRÁN
    Alcalde Comuna de Curacautín