MODIFICA ORDENANZA N°20 SOBRE ENTREGA DE BECAS MUNICIPALES PARA ESTUDIANTES DE EDUCACIÓN SUPERIOR DE ESCASOS RECURSOS

    Núm. 202/1308 exento.- Cerrillos, 7 de noviembre de 2018.
   
    Vistos:
   
    La Décimo Octava Sesión Extraordinaria del Concejo Municipal, de fecha 29 de octubre de 2018; el certificado N°116/2018 de la Secretaria Municipal; los decretos exentos N°202/2.110/2013, N°202/631/2014, N°202/815/2015 y N°202/1.222/2018; la Ley N°19.880 Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; y las facultades que me confiere la Ley N°18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades.

    Considerando:
   
    Que, por decreto exento N°202/2.110/2013, se aprobó el texto refundido de la Ordenanza Municipal N°20 "Sobre la entrega de Becas Municipales para Estudiantes de Educación Superior de Escasos Recursos de la comuna de Cerrillos", modificada por los decretos exentos N°202/631/2014 y N°202/815/2015.
    El acuerdo adoptado por el H. Concejo Comunal en su Décimo Octava Sesión Extraordinaria, de fecha 29 de octubre de 2018.
   
    Decreto:
   
    1.- Modifícase la Ordenanza Municipal N°20 "Sobre la entrega de Becas Municipales para Estudiantes de Educación Superior de Escasos Recursos de la comuna de Cerrillos", cuyo texto refundido fue aprobado mediante decreto exento N°202/2.110/2013 y modificada por los decretos exentos N°202/631/2014 y N°202/815/2015, en los siguientes términos:
   
    1.1. En cuanto a su nombre, quedando con el siguiente "Sobre la entrega de Becas Municipales para Estudiantes de Educación Superior de Escasos Recursos de la Comuna de Cerrillos y Beca para Puntajes Nacionales P.S.U.".
    1.2. Título I "Descripción del Beneficio", agregar la siguiente frase después del punto aparte que pasa a ser seguido "Excepcionalmente se agregará una beca del primer año para los estudiantes cerrillanos que obtuvieran puntaje nacional en la P.S.U. del año anterior al de postulación.".
    1.3. Título III "De las Formas de Postulación y Renovación", en el penúltimo párrafo reemplazar la palabra "nacionales" por "comunales", además en los factores a ponderar se agregan o reemplazan por los siguientes:
   
    - vulnerabilidad 40%, nota NEM 40%, informe social 20%.
   
    La nota para postular será desde un mínimo de 5,5 a la nota 7, siendo el 5,5 ponderado con un 20% y la nota 7 con un 40%.
   
    1.4. En el Título IV "De las Restricciones", agregar en el segundo numeral la siguiente frase antes del punto final "y la Beca de Gratuidad de Estudios Superiores.".

    2.- En lo no modificado por el presente decreto, se mantiene inalterable el documento original y su modificación posterior.
   
    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Óscar Sandoval Navarrete, Alcalde (S).- Cecilia Ulloa Chacón, Secretaria Municipal.