MODIFICA DECRETO Nº 791 EXENTO DE 1999 Y Nº 2.286 DE 2004 SOBRE ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE CONDICIONES GENERALES PARA DETERMINAR TARIFAS DE ASEO, COBRO DEL DERECHO Y EXENCIONES POR PARTE DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VALLENAR

    Núm. 1.330 exento.- Vallenar, 16 de abril de 2018.

    Vistos:

    1.- Decreto exento Nº 1.044, de fecha 2 de mayo de 2007, que fija texto de la Ordenanza Municipal Sobre Condiciones Generales para Determinar Tarifas de Aseo, Cobro del Derecho y Exenciones por parte de la ilustre Municipalidad de Vallenar.
    2.- Decreto exento Nº 791, de 1999, que modificó la Ordenanza Municipal Sobre Condiciones Generales para Determinar Tarifas de Aseo, Cobro del Derecho y Exenciones por parte de la ilustre Municipalidad de Vallenar.
    3.- Decreto exento Nº 2.286, de 2004, que modificó la Ordenanza Municipal Sobre Condiciones Generales para Determinar Tarifas de Aseo, Cobro del Derecho y Exenciones por parte de la ilustre Municipalidad de Vallenar.
    4.- Decreto Nº 1.888, de fecha 16 de abril de 2018, que fija la subrogancia del señor Alcalde.
    5.- Informe Nº 123, de fecha 2 de abril de 2018, emanado de la Dirección de Asesoría Jurídica.
    6.- El acuerdo del Honorable Consejo Comunal en su sesión ordinaria Nº 75, de fecha 4 de abril de 2018.
    7.- El menester de modificar la Ordenanza Sobre Condiciones Generales para Determinar Tarifas de Aseo, Cobro del Derecho y Exenciones por parte de la ilustre Municipalidad de Vallenar.

    Teniendo presente:

    Las atribuciones que me confiere la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.

    Decreto:

    1.- Modifíquese la Ordenanza Sobre Condiciones Generales para Determinar Tarifas de Aseo, Cobro del Derecho y Exenciones por parte de la ilustre Municipalidad de Vallenar, en el siguiente tenor:

    1.- Reemplácese en la letra B) del artículo Nº 17, donde dice "ficha CAS II" por "calificación Socioeconómica del hogar del Registro Social de Hogares".
    2.- Reemplácese en la letra D) del artículo N° 17, donde dice "ficha CAS II" por "calificación Socioeconómica del hogar del Registro Social de Hogares".
    3.- Reemplácese en la letra f) del artículo N° 18, donde dice "ficha CAS II" por "calificación Socioeconómica del hogar del Registro Social de Hogares".
    4.- Reemplácese en la letra g) del artículo Nº 18, donde dice "ficha CAS II" por "calificación Socioeconómica del hogar del Registro Social de Hogares".
    5.- Reemplácese en inciso primero del artículo N° 20, donde dice "ficha CAS II" por "calificación Socioeconómica del hogar del Registro Social de Hogares".

    2.- Comuníquese el presente decreto a las distintas direcciones y departamentos municipales, para su conocimiento y cumplimiento.
    3.- Remítase por la Secretaría Municipal a través de la Oficina de Partes Municipal, las copias requeridas al Diario Oficial para su publicación.

    Anótese, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Karina Zárate Rodríguez, Alcalde de la comuna (S).- Nancy Farfán Riveros, Secretaria Municipal.