FIJA VALORES PARA RENOVACIÓN DE PATENTES INDUSTRIALES, COMERCIALES, PROFESIONALES Y DE ALCOHOLES PARA EL PERÍODO QUE SE INDICA
    Núm. 2.056 exento.- Traiguén, 25 de junio de 2018.
    Vistos:
    Estos antecedentes;
    . La ley 20.280, de 04.07.08, que fija texto refundido coordinado y sistematizado del DL Nº 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales;
    . El DS Nº 484, de 1980, Reglamento de los artículos 23 y siguientes del DL 3.063/74, sobre Rentas Municipales;
    . Los dictámenes Nº 301, de 1991; Nº 51.153, de 1999, y Nº 12.500, de 2002, de la Contraloría General de la República;
    . El decreto Nº 3.558, de fecha 14.11.20175, que aprueba texto refundido de ordenanza sobre derechos Municipales por arriendos, permisos y servicios;
    . El decreto alcaldicio exento Nº 85, de fecha 18.01.2017, que asigna funciones y delega facultad de firmar documento "Por orden del Sr. Alcalde";
    . El DFL 1-2006 de Ministerio del Interior, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
    Considerando:
    1. La necesidad de fijar valores para el proceso de cobranza de Patentes Municipales para el segundo período, correspondiente al segundo semestre del año 2018.
    2. El Rol de patentes Industriales, Comerciales, Profesionales y de Alcoholes de la comuna de Traiguén;
    3. Que, el valor de la UTM del mes de mayo de 2018, fue de $47.396 y que es la base para el cálculo de las patentes mínima, máxima y de las patentes industriales, comerciales, profesionales y de alcoholes.
    4. Que, el valor de la UTM del mes de julio de 2018, es de $47.681.- y que es la base para el cálculo de patentes de alcoholes, propaganda y derechos en bienes nacionales de uso público.
    5. Que, a las Empresas de Inversiones, que tramiten sus Patentes en esta Municipalidad comuna se les aplicará una tasa diferenciada sobre el capital invertido en la comuna.
    Decreto:

    1. Fíjanse los siguientes valores de Derechos Municipales que regirán en el segundo semestre de patentes municipales, comprendido entre el 01.07.2018 al 31.12.2018.
    a) VALOR PATENTE MÍNIMA SEMESTRAL
    El valor corresponderá a 0,5 UTM semestral, lo cual establece un valor de patente mínima para el segundo semestre de 2018 de $23.698.- UTM de mayo de 2018 (Arts. 24 y 29 del DL 3.063/79).
    b) VALOR PATENTE MÁXIMA SEMESTRAL
    Será el 2,5 por mil semestral, sobre el capital propio de cada contribuyente.
    No obstante, el valor de la patente máxima no podrá ser superior a 8.000 UTM por semestre, equivalente a $379.168.000.
    Lo anterior sin perjuicio de la proporcionalidad, señalado en el artículo 25 del DL 3.063/79.
    c) VALOR PARA EMPRESA DE INVERSIONES
    De acuerdo al Plan Regulador, las empresas con domicilio comercial en el sector urbano, se les aplicará una tasa de 2,5 por mil semestral.
    De acuerdo al Plan Regulador, las empresas con domicilio comercial en el sector rural, se les aplicará una tasa de 1,25 por mil semestral.
    d) CÁLCULO VALOR PATENTES DE ALCOHOLES
    El valor de las patentes de alcoholes, dispuesto en el artículo 3 ley 19.925, del 19.01.2004, y sus modificaciones posteriores, para la emisión de los giros del mes de julio de 2018 serán los siguientes montos semestrales, haciendo presente que los giros posteriores al mes de julio de 2018, regirán los valores en UTM del mes en que se emita el giro:
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    e) NÚMERO DE PATENTES LIMITADAS DE ALCOHOLES
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    f) VALOR DERECHO DE ASEO
    Gírese para el segundo semestre del año 2018, por concepto de Aseo, el valor del Derecho Semestral de Aseo reajustado en la suma del IPC de los seis últimos meses (diciembre a mayo 2018) que corresponde a 1.5% de IPC.
    $11.693 X 1.5 % IPC = $11.868.-
    g) DERECHO VARIOS
    Gírase por concepto de Derecho Varios, los valores que se indican, tomándose como base la UTM del mes enero de 2018, que tiene un valor de $47.681.
    Se calculan los valores de acuerdo a los artículos 18 y 20 de la Ordenanza Local de Derechos Municipales.
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    2. La Dirección de Administración y Finanzas, a través de la unidad de Patentes Municipales, procederá a efectuar los registros y girar los boletines a los contribuyentes que han dado cumplimiento con los requerimientos legales.
    3. Los antecedentes que respaldan este documento, pasarán a formar parte integrante del presente decreto.
    4. Publíquese la presente resolución o un extracto de ella en el Diario Oficial, en portal de noticias de la página web Municipal www.mtraiguen.cl., y en el sistema de Transparencia Activa Municipal.

    Anótese, comuníquese, publíquese, notifíquese y archívese.- Mario Adriasola Caulier, Secretario Municipal.- Gustavo Tejo Torres, Administrador Municipal.