APRUEBA ESTRATEGIA NACIONAL DE BIODIVERSIDAD 2017 - 2030
    Núm. 14.- Santiago, 28 de febrero de 2018.
    Vistos:
    Lo dispuesto en los artículos 19 Nº 8 y 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República; los artículos 69, 70 letras a), d) e i) y 71 letra a) de la ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el Convenio sobre Diversidad Biológica, promulgado como Ley de la República mediante el DS Nº 1.963, de 1994, del Ministerio de Relaciones Exteriores; en la Ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los órganos de la Administración del Estado; en el Memo Nº 209/2017, propuesta de Estrategia Nacional de Biodiversidad 2017 - 2030, elaborado por la División de Recursos Naturales y Biodiversidad del Ministerio del Medio Ambiente; en el Acuerdo Nº 1/2018 del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, adoptado el 5 de enero de 2018; en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y
    Considerando:
    1. Que es deber del Estado tutelar la preservación de la naturaleza, así como velar por la protección y conservación de la diversidad biológica del país.
    2 Que, conforme lo dispone el artículo 70 letras a), d) e i) de la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente, es atribución del Ministerio del Medio Ambiente proponer las políticas ambientales, velar por el cumplimiento de las convenciones internacionales de que Chile sea parte en materia ambiental, así como proponer políticas y formular planes, programas y acciones que establezcan los criterios básicos y las medidas preventivas para favorecer la recuperación y conservación de los recursos hídricos, genéticos, la flora, la fauna, los hábitats, los paisajes, ecosistemas y espacios naturales, en especial los frágiles y degradados, contribuyendo al cumplimiento de los convenios internacionales de conservación de la biodiversidad.
    3. Que, nuestro país ratificó el Convenio sobre Diversidad Biológica en el año 1994, con lo cual adquirió el compromiso de elaborar una Estrategia Nacional de Biodiversidad. En este contexto, el otrora Consejo Directivo de la Comisión Nacional del Medio Ambiente aprobó, mediante Acuerdo Nº 242/2003, la Estrategia para la Conservación y Uso Sustentable de la Biodiversidad. Luego, mediante Acuerdo Nº 272/2005, el mismo organismo aprobó el Plan de Acción de la Estrategia para los años 2004 a 2015.
    4. Que, a fin de actualizar la referida Estrategia, en virtud del Plan Estratégico para la Diversidad Biológica 2011 - 2020 y sus metas de Aichi para la diversidad biológica, adoptado en la Décima reunión de la Conferencia de las Partes del Convenio sobre la Diversidad Biológica en Nagoya, Japón, celebrada entre el 18-29 de octubre de 2010, el Ministerio del Medio Ambiente ha elaborado una propuesta actualizada de Estrategia Nacional de Biodiversidad 2017 - 2030, cuyos ejes estratégicos son: (i) Promover el uso sustentable de la biodiversidad para el bienestar humano, reduciendo las amenazas sobre ecosistemas y especies; (ii) Desarrollar la conciencia, la participación, la información y el conocimiento sobre biodiversidad, como base del bienestar de la población; (iii) Desarrollar una institucionalidad robusta, buena gobernanza y distribución justa y equitativa de los beneficios de la biodiversidad; (iv) Insertar objetivos de biodiversidad en políticas, planes y programas de los sectores públicos y privados, y; (v) Proteger y restaurar la biodiversidad y sus servicios ecosistémicos.
    5. Que, en conformidad con lo establecido en el artículo 71 letra a) de la ley Nº 19.300, el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, mediante Acuerdo Nº 1, de 5 de enero de 2018, acordó unánimemente proponer a S.E. la Presidenta de la República, la Estrategia Nacional de Biodiversidad 2017 - 2030.
    Decreto:
    Artículo único. Apruébese la Estrategia Nacional de Biodiversidad 2017 - 2030, adjunta al presente decreto y que se entiende formar parte de él.
    Anótese, tómese razón y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Marcelo Mena Carrasco, Ministro del Medio Ambiente.
    Lo que transcribo a Ud. para los fines que estime pertinentes.- Rodrigo Benítez Ureta, Subsecretario del Medio Ambiente.
    Aviso S/N,
MEDIO AMBIENTE
D.O. 27.06.2018
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
    División Jurídica
    Cursa con alcance el decreto N° 14, de 2018, del Ministerio del Medio Ambiente
    N° 14.199.- Santiago, 7 de junio de 2018.
    Esta Contraloría General ha tomado razón del decreto del rubro, que aprueba la Estrategia Nacional de Biodiversidad 2017-2030, por cuanto se ajusta a derecho.
    No obstante, cabe hacer presente que el texto que se aprueba en la especie no forma parte integrante del acto administrativo en estudio -como se indica en su artículo único-, toda vez que no se incluye en el cuerpo de éste, acompañándose como un documento independiente del mismo, y que una copia de aquel -el que consta de 107 páginas- se mantendrá en este Organismo Contralor (aplica criterio contenido en los oficios Nos 44.463, de 2017, y 9.967, de 2018).
    Con el alcance que antecede se ha tomado razón del decreto de la suma.
    Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto, Contralor General de la República.
    A la señora
    Ministra del Medio Ambiente
    Presente.

    El Ministerio del Medio Ambiente informa que el texto de la Estrategia Nacional de Biodiversidad 2017-2030 está disponible en el siguiente enlace: http://portal.mma.gob.cl/wp- content/uploads/2018/03/Estrategia_Nac_Biodiv_2017_30.pdf