INCORPORA ARTÍCULO 28 BIS A LA ORDENANZA N° 6, DE 29 DE OCTUBRE DE 2015, ORDENANZA DE DERECHOS MUNICIPALES
    Peñalolén, 21 de diciembre de 2017.- Hoy se ha ordenado lo siguiente:
    Núm.14.
    Vistos:
    La Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se encuentra contenido en el DFL N° 1, de 2006, del Ministerio del Interior; el decreto ley N° 3.063, de 1979, de Rentas Municipales; la Ordenanza de Derechos Municipales, ordenanza N° 6, de 29 de octubre de 2015.
    Considerando:
    1. Que, la Ley de Rentas Municipales, en el artículo 42, faculta a las municipalidades para determinar mediante ordenanzas locales los derechos correspondientes a servicios, concesiones o permisos por los cuales están facultadas las municipalidades para cobrar derechos.
    2. Que, en sesión ordinaria N° 38/2017, celebrada el 21 de diciembre de 2017, el H. Concejo Municipal acuerda incorporar a la Ordenanza de Derechos Municipales, ordenanza N° 6, de 29 de octubre de 2015, el artículo 28 bis, relativo a servicios de arriendo para apoyo de actividades de capacitación y formación.
    Ordeno:
    Artículo 1°.- Incorpórase el nuevo artículo 28 bis a la Ordenanza de Derechos Municipales, ordenanza N° 6, de 29 de octubre de 2015, conforme al siguiente texto:
    Artículo 28° bis: Servicios de arriendo para apoyo de actividades de capacitación y formación:

                        SERVICIOS                                VALOR
    Arriendo de salas de capacitación de La Escuelita.  0,11 U.T.M. por hora.
    Arriendo auditorio y salas de talleres La Escuelita.  1 U.T.M. por hora.
    Arriendo explanadas La Escuelita.                    10 U.T.M. por día.






    Artículo 2°.- La presente ordenanza, de conformidad a lo establecido en el artículo 42 del decreto ley N° 3.063, de 1979, de Rentas Municipales, comenzará a regir el primer día del mes siguiente al de su publicación.

    Artículo 3°.- Publíquese la presente ordenanza en la página web de la Municipalidad de Peñalolén y en el Diario Oficial.


    Anótese, comuníquese y transcríbase el presente decreto a todas las Direcciones y Unidades Municipales, al Juzgado de Policía Local de Peñalolén, publíquese, cúmplase y, hecho, archívese.- Carolina Leitao Álvarez-Salamanca, Alcaldesa.- Luz Marina Román Duk, Secretaria Municipal.