EXTRACTO DE LA MEMORIA EXPLICATIVA ENMIENDA "REUBICACIÓN DEL EQUIPAMIENTO VECINAL UBICADO EN CARRETERA GENERAL SAN MARTÍN (ANTIGUA) CON AVENIDA INMACULADA CONCEPCIÓN"
    I.- Que la zona propuesta para la Enmienda al Plan Regulador de Colina se encuentra al sur del "Área Urbana Consolidada Colina Esmeralda", zona que de acuerdo a la Memoria del Plan Regulador Comunal Vigente tiene "un marcado rol de cabecera comunal, emplazado en el centro de la comuna, área a la cual convergen prácticamente todos los ejes viales estructurantes del territorio comunal.". Además, la citada Memoria señala que esta área urbana "Se caracteriza por concentrar los equipamientos y servicios de la comuna, además de un alto porcentaje de la población comunal". Que en particular la Enmienda al Plan Regulador Comunal de Colina modificará algunas condiciones urbanísticas al sur de "Colina Esmeralda", en particular esta Enmienda al Plan Regulador Comunal de Colina reubicará el equipamiento vecinal que existía en la intersección de Carretera General San Martín (antigua) con Inmaculada Concepción al sector del norte del Parque San Miguel. La nueva ubicación se emplaza en la Zona E3, Zona de Equipamiento Recreacional y Deportivo frente a Avenida Colina, en específico al sector nororiente del Complejo Deportivo Colina, para lo cual se debe permitir el uso de suelo de equipamiento vecinal. Además, de aumentar los coeficientes de ocupación de suelo y constructibilidad en un 30 %;
    Figura 2. Área de propuesta de Enmienda sobre Imagen del PRC de Colina.
    .
    II.- Que, en cumplimiento de lo anterior, el Asesor Urbanista de la Municipalidad ha elaborado una "Enmienda al Plan Regulador Comunal de Colina, Reubicación del equipamiento vecinal ubicado en Carretera General San Martín (antigua) con Avenida Inmaculada Concepción", en el cual se ha ajustado al procedimiento establecido en la Ley General de Urbanismo y Construcciones y a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones;
    III.- Que, en Sesión Extraordinaria del Consejo de Organizaciones de la Sociedad Civil de Colina, celebrada con fecha 22 de noviembre de 2017, se pronunció favorablemente sobre la Enmienda al Plan Regulador Comunal de Colina Zona E3 sector Complejo Deportivo Colina;
    IV.- Que, en la 30a Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de Colina, celebrada el 19 de octubre de 2017, mediante Acuerdo Nº 123 (período 2016-2020), el Concejo aprobó la Enmienda al Plan Regulador de Colina relativo a reubicar el equipamiento vecinal ubicado en Carretera General San Martín (antigua) con Avenida Inmaculada Concepción y el aumento de los coeficientes de ocupación de suelo y constructibilidad en un 30%, en conformidad al artículo 2.1.36 de la ordenanza General de Urbanismo y Construcción.
    Decreto:
    1.- Apruébese la siguiente Enmienda a la Ordenanza Local y Plano Regulador, que es del siguiente tenor:
    ORDENANZA LOCAL
    Enmiéndese la Ordenanza Local y el Plano Regulador Comunal de Colina, publicado en el Diario Oficial el 26 de marzo de 2010, en las materias que a continuación se indican:



 

    Artículo 1°
    Modifícanse algunas condiciones urbanísticas al sur de "Colina Esmeralda" para la Zona E3 Complejo Deportivo Colina, en específico el área demarcada permitiendo el equipamiento vecinal y el incremento del 30% en los coeficientes de constructibilidad y ocupación de suelo.
    Figura 3. Área de reubicación de equipamiento vecinal sobre Imagen del PRC de Colina.
    .



    Artículo 2°
    Publíquese en extracto el presente decreto junto con la respectiva Enmienda, por una sola vez en el Diario Oficial, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el inciso 14 del artículo 43 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y el inciso final del artículo 2.1.13 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
    Anótese, comuníquese y archívese.- Mario Olavarría Rodríguez, Alcalde.- Aníbal Calderón Arriagada, Secretario Municipal.