Artículo 55.- A contar del 1 de enero de 2018, modifícase la ley N° 20.924 en el sentido que a continuación se indica:
1) Introdúcense en el artículo 1 las siguientes modificaciones:
a) Reemplázase en su inciso primero las siguientes expresiones:
i. "los años 2016 y 2017" por "el año 2018".
ii. "1° de enero de 2016" por "1° de enero de 2017".
iii. "$700.000.- (setecientos mil pesos)", las dos veces que aparece por "$740.460".
iv. "$810.000.- (ochocientos diez mil pesos)" por "$856.818".
b) Intercálase en su inciso segundo, a continuación de la frase "corporaciones privadas sin fines de lucro creadas por éstas", la siguiente: "o en los servicios locales de educación pública".
2) Reemplázanse en el artículo 2 las siguientes expresiones:
a) "$200.000.- (doscientos mil pesos)" por "$211.560";
b) "subsiguiente a la fecha de publicación de esta ley en el Diario Oficial y en igual mes del año siguiente" por "de agosto de 2018".
3) Incorpórase en el artículo 3, al inicio de su inciso único la frase siguiente: "Durante el año 2018,".