Artículo 59.- Durante Ley N°19.884, art. 53, D.O. 05.08.2003el período de campaña electoral, los ministerios, las Ley 21073
Art. 3 N° 12
D.O. 22.02.2018
delegaciones presidenciales regionales, las delegaciones presidenciales provinciales, los órganos y servicios públicos que integran la Administración del Estado, las empresas públicas y las municipalidades, no podrán incurrir en otros gastos por concepto de publicidad y difusión que los necesarios para el cumplimiento de sus funciones y en aquéllos que tengan por objeto informar a los usuarios sobre la forma de acceder a las prestaciones que otorgan.